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Empleada de hogar declaracion de la renta a pagar

5 respuestas
Empleada de hogar declaracion de la renta a pagar
Empleada de hogar declaracion de la renta a pagar
#1

Empleada de hogar declaracion de la renta a pagar

Buenas noches a todos,

Tengo una amiga que es empleada de hogar no la han retenido nada y cobra al año 16.575,96, la sale a pagar 530 euros esto es posible? no es el limite 22.000?

Muchas gracias por vuestra contestacion 
#2

Re: Empleada de hogar declaracion de la renta a pagar

 El limite si son varios pagadores NO son 22.000 €. 

Que mire cuantos pagadores tiene y los limites que ponen este año. 
#3

Re: Empleada de hogar declaracion de la renta a pagar

que ganes 22000 euros no significa que no pagues irpf
15876 euros si hay dos o más pagadores y el total del segundo y siguientes supera los 1500 euros anuales 
Los rendimientos del trabajo inferiores a 15876 € están exentos, lo que suele coincidir con el Salario Mínimo Interprofesional 
tu amiga ha ganado 16.575,96 y no le han retenino nada, así que seguramente es lo que toca 
#4

Re: Empleada de hogar declaracion de la renta a pagar

El efecto paradójico de los "saltos de escalón":

Por haber ganado 699.96 € más de rentas del trabajo, le sale a pagar una cuota de 530 €.

ESO SIGNIFICA UN TIPO MARGINAL EFECTIVO DE MÁS DEL 75 %!!!!

En el IRPF hay varios de estos gaps de diseño, que son totalmente antiprogresividad, y convierten la tributación de ciertos intervalos de renta en claramente confiscatorios.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Empleada de hogar declaracion de la renta a pagar

Que le aparezca esa cantidad en el borrador no quiere decir que esté obligada a hacer la declaración de la renta. Todo depende de sus circunstancias personales.

Por ejemplo, si solo ha tenido un pagador en todo el año y no tiene alquiler o hipoteca que declarar u otras actividades económicas pues no está obligada a hacer la declaración y no tiene que pagar.

Se puede esperar al 6 de mayo a que te la revisen por teléfono, al 1 de junio a que se la miren gratuitamente en una oficina de Hacienda o buscar asesoramiento en una gestoría.
#6

Re: Empleada de hogar declaracion de la renta a pagar

Los empleadores particulares no está  obligados a practicar retenciones de IRPF en la nómina de las empleadas del hogar, según el Reglamento del IRPF (Real Decreto 1620/2011). El empleador particular no es sujeto obligado a retener, por lo que la retención no procede. La trabajadora debe regularizar su IRPF mediante la declaración de la renta, si es que está obligada a presentar declaración.


Están obligados a presentar la declaración de la renta 2025 (ejercicio 2025, campaña 2026) quienes superen los 22.000€ anuales con un solo pagador o 15.876€ con varios pagadores (si el segundo/restantes suman más de 1.500€). También deben declarar quienes obtengan rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales superiores a 1.600€, o autónomos de alta en cualquier momento del año.
Límites y situaciones obligatorias para el IRPF del ejercicio 2025:
  • Rendimientos del trabajo:
    • Un solo pagador: Más de 22.000 euros brutos anuales.
    • Varios pagadores: Más de 15.876 euros anuales si la suma del segundo y siguientes pagadores supera los 1.500 euros anuales.
    • Pensionistas: Las mismas reglas de pagadores aplican. Sin embargo, si la pensión es de varios pagadores y no se ha solicitado el modelo 146, el límite es de 15.876 euros.
  • Autónomos: Todas las personas físicas que hayan estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, están obligadas, independientemente de sus rendimientos.
  • Otros supuestos de obligatoriedad:
    • Rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales: Si superan los 1.600 euros anuales en conjunto (dividendos, intereses, venta de acciones, etc.).
    • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de Letras del Tesoro, subvenciones: Si superan los 1.000 euros anuales.
    • Pérdidas patrimoniales: Si se han obtenido rentas superiores a 1.000 euros sin retención.
    • Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos (salvo que provengan de los padres por decisión judicial).

¿Cuándo NO es obligatorio declarar?
Si no se superan los límites anteriores y los rendimientos no superan los 1.000 euros o son solo rentas exentas.