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Baja del ingreso mínimo vital

16 respuestas
Baja del ingreso mínimo vital
Baja del ingreso mínimo vital
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#1

Baja del ingreso mínimo vital

Buenas 🤗 en enero voy a empezar a trabajar y tengo dos dudas:
1. Cuando cobramos a finales de mes; ese cobro corresponde al mes que cobramos o al siguiente? Por ejemplo el cobro del 25 de septiembre corresponde a octubre?o a septiembre
2. Como se hace la baja? A través de la página web ? 
Gracias 😊
#2

Re: Baja del ingreso mínimo vital

Hola,si cobras el 25 de septiembre y tu banco adelanta el pago,estás cobrando el mes de septiembre.
Respecto a darte de baja,dado que este año ya queda muy poco para acabar yo esperaría a terminarlo antes de solicitar la baja.
Incluso no la solicitaría ni en enero,pues quizás se te aplicase el incentivo al empleo y el imv te bajase pero no te lo suprimirian.
Para eso hay que conocer muchos datos sobre ingresos previstos para 2025 por trabajo,por lo que mejor solicita cita en la seguridad social y planteales lo que cobrarías,tiempo de duración del contrato etc y ellos te aconsejarán lo mejor para ti.
#3

Re: Baja del ingreso mínimo vital

Muchas gracias por tu respuesta 🙂
Fíjate siempre había pensado que cuando se cobra a finales de septiembre el adelanto era del mes de octubre . Si voy a esperar para darle de baja Justo antes de empezar a trabajar; pero si que desde que empiece a trabajar le voy a dar de baja.
Sabes si desde la pagina es posible? Gracias por tu respuesta 🙂
#4

Re: Baja del ingreso mínimo vital

Si se puede pero es aconsejable acudir en persona,pero puedes hacerlo telemáticamente indicando que solicitas la baja por qué comienzas a trabajar y no quieres generar deuda.
Solo deberías entrar en la sede electrónica en variaciones de datos y adjuntar dichos escritos,pero yo de ti pediría cita y solicitaría el justificante .
Si te das de baja en noviembre por ejemplo,cobrarías diciembre y ya en enero dejarías de cobrar,es decir tu último cobro sería el 25 de diciembre.
#5

Re: Baja del ingreso mínimo vital

Hola alguien sabe porque no me deja ver el certificado integral de prestaciones, Gracias 
#6

Re: Baja del ingreso mínimo vital

Si sigues bien todos los pasos https://youtu.be/NpPCRHKlBWM ¿en qué punto te da el problema o que error te sale? porque puede ser también que estén de mantenimiento y mejor probarlo en unas horas, o usar otro navegador diferente en el ordenador, o si lo haces con el móvil igual debes probar a ponerlo horizontal (no es coña, la web de la Seguridad Social no está demasiado optimizada para ser usada desde el móvil, por eso mejor SIEMPRE esas cosas hacerlas desde el ordenador)
#7

Re: Baja del ingreso mínimo vital

Muchísimas Gracias 
#8

Re: Baja del ingreso mínimo vital

Hola,
Entonces lo peor que te puede pasar si no avisas es que a posteriori te pidan la pasta cobrada de más, no?? pero no te meten ninguna sanción ni nada por no haber avisado, ni intereses??



#9

Re: Baja del ingreso mínimo vital

No entiendo bien tu pregunta... no hace falta avisar que comienzas o terminas de trabajar cobrando el IMV, eso ya lo ven ellos más adelante, ajustándote el IMV tras la revisión de ingresos cruzando datos con Hacienda del IRPF.


#10

Re: Baja del ingreso mínimo vital

Me refiero a un trabajo que ya sabes de mano que te van a quitar el imv porque no te correspondería nada de imv por sobrepasar los límites.
#11

Re: Baja del ingreso mínimo vital

si debes avisarlo antes o esperar a que te lo vean en Hacienda
#12

Re: Baja del ingreso mínimo vital

No, nada de sanción ni intereses, si cobraste de más te reclamarán la cantidad que cobraste de mas
#13

Re: Baja del ingreso mínimo vital

El INSS cuando actualiza a final de año ven tus ingresos no hay que avisar, pero cuidado con generar deuda, ten eso claro que luego te pueden reclamar cantidades, lo mejor si crees que cobras de más guardar el dinero para cuando te lo reclamen o renunciar al IMV
#14

Re: Baja del ingreso mínimo vital

Muchas gracias.
#15

Re: Baja del ingreso mínimo vital

A ver, si tienes claro que tus ingresos superarán con creces la renta garantizada de tu unidad familiar, lo que puedes hacer es solicitar la baja del IMV para evitar generar muchos cobros indebidos; la otra opción es dejar que las cosas sigan su camino y si tienen que suspendértelo o extinguírtelo que lo hagan de oficio cuando determinen, aun a costa de que luego te pidan de golpe cinco, diez o veinte mil euros de cobros indebidos (lo que determinen que corresponda, digo)... eso ya depende de cada uno como se lo quiera organizar.

Personalmente, si fuera mi caso no anularía nada y dejaría que la cosa fluyera y siguiera su camino, ahorrando el dinero que abonen del IMV a pesar de estar trabajando en una cuenta remunerada para generar intereses durante los dos o tres años que no me reclamarían nada y, cuando me pidan devolverles los cobros indebidos se lo abonaba de golpe y en paz, quedándome los intereses generados (o incluso solicitaría pago aplazado de la deuda con la Seguridad Social para poder seguir generando intereses a mi favor más tiempo, jejeje)