Mírate la fecha de salida de la notificación de aprobación del IMV y su fecha de efectos económicos.
Si la fecha de salida es posterior al día 10 del mes en curso cobrarás el primer pago a finales de ese mes, de lo contrario ya a finales del mes siguiente; la fecha de abono cambia según el banco, ya que aunque la Seguridad Social pague a mes vencido es muy habitual que los bancos "adelanten" el abono unos días, por lo que se ve ingresado en cuenta el día 23-24-25-26 etc.
El primer pago debe llevar el importe mensual más el retroactivo, que son los meses anteriores donde se te ha reconocido el IMV, pero no lo has percibido (lo puedes calcular por la fecha de efectos económicos de la notificación)