Buenos días.
- Letras a tal tipo (no TAE) sin contar el tiempo perdido antes de la emisión ni las comisiones por transferencias. Los incautos caen como moscas en el Tipo ofertado.
Los artículos de prensa y la publicidad tienen mucha culpa de los errores de la gente, pero hay que aclarar que
- en caso de interesar las reinversiones, y a veces sí interesan, no se pierden días, aunque .....
- ..... aunque la comisión del 0,15% es injusta porque, debido a los mínimos y a los máximos, 0,90€ y 200€, puede ser porcentualmente superior para los pobres y muy inferior para los muy ricos y ....
- por último, después de las recientes modificaciones, los residentes cerca de una sucursal del Banco de España tienen más ventajas de las que tenían a la hora de comprar deuda.
La pérdida de días es menor para los suscriptores presenciales, tienen otras normas, y pueden mantener 20 días aparcado el dinero en el BdE si van a hacer una compra en un activo del Tesoro, aunque no sean letras, de modo que se ahorran las comisiones por transferencia del 0,15% que yo sí tengo que pagar.
En Italia, no cobran comisiones a los pezqueñines inversores cuando compran deuda a más de dos años y reducen el 0,15% cuando se trata de emisiones a plazos inferiores a un año. Eso en España nadie lo comenta.
- Ya con los bonos además se añade que habitualmente el precio de compra es superior al nominal.
Yo he comprado por debajo del nominal hace poco. Otras veces el precio es muy inferior, según vaya el mercado. Para mi gusto, es absolutamente lamentable lo siguiente:
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la comisión del 0,15%, la cual, por el tope máximo de los 200€, puede quedarse en un 0.02% para el que mueve 1.000.000€, mientras que los 0,90€ suponen que para cualquier transferencia de menos de 600€ el valor porcentual de la comisión va subiendo a medida que los cupones o sobrantes bajan;
- la discriminación por lugar de residencia de los que vivimos lejos de una sucursal o de los que por enfermedad u horario laboral no pueden desplazarse al BdE, ya que
- pueden pagar con una pérdida de días mucho menor y de formas diversas.
- la discriminación que no nos permite a los que operamos vía web traspasar nuestro dinero de una amortización a una suscripción próxima de forma libre, sin pagar el 0,15% por transferencia del nominal,
- sólo nos dejan reinvertir vencimientos de letras en letras a 6/12 meses.
El Tesoro Público es antidemocrático, no tiene derecho a regirse por los criterios de la banca comercial a la hora de gestionar la deuda pública: somos pagadores de esa deuda, no sólo tenedores, y recupera parte de lo abonado por intereses a través de un IRPF no deflactado. No sólo eso, es profundamente discriminatorio hacia los inversores de provincias y los que tienen menor dinero invertido, hacia los menos pudientes. En otros países no se comportan así.
Saludos.