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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. #5940
    11/12/16 16:13

    Buenas tardes. Antes de nada agradecer al creador y a los colaboradores del blog por la información tan útil que prestan. En mi caso soy una lectora asidua, aunque más por entretenimiento que por intención de participar (definitivamente lidiar con los funcionarios de justicia no es lo mío). Pero han salido unas subastas que me han picado demasiado la curiosidad.

    Mi pregunta, si es posible, va dirigida a mfmelo. Se trata de varias subastas que han salido de bienes de una misma familia, bajo "título jurídico: herencia", en las que figura como cantidad reclamada para cada uno de los bienes 1 EURO.
    ¿Cómo es esto posible? No entiendo que alguien pueda perder una propiedad por 1€. ¿Puedo contactar con la familia propietaria para comprarle su propiedad por 1€?

    Muchas gracias.

  2. #5939
    11/12/16 16:09

    En las subastas de Bienes muebles que no están matriculados como puede ser mobiliario, herramientas o cosas así.
    No se les pueden quedar cargas a este tipo de bienes no? lo digo mas que nada por que no están inscritos en ningún registro, ni tienen ninguna forma de identificación.
    Muchas gracias. Salu2

  3. en respuesta a toniox
    -
    #5938
    11/12/16 15:54

    No, debes poner lo último la fecha. Es nota aclaración para tí, en el argumento en que te basas para afirmar lo que afirmas: no tengo otros datos y ustedes quieren que los aporte.

    Por supuesto si eres una persona física, has de cambiar también todo lo relacionado con sl.

    No tengo inconveniente en hacerte el escrito, mándame por correo privado los datos si quieres y te hago todo el escrito, si ves que no puedes.

    Saludos.

  4. en respuesta a toniox
    -
    #5937
    11/12/16 13:10

    Una duda mfmelo sonre esta Nota de acalaración al final que has puesto ¿tambien debo incluir al final?

    Nota aclarción: Según mis datos y conocimientos sobre la finca.......no tengo otros datos, puede ser que si o puede ser que no, yo aporto y firmo de lo que sé, si hay otra información el que la conozca la emita.

  5. en respuesta a mfmelo
    -
    #5936
    11/12/16 01:57

    Muchisimas gracias mfmelo, lo adaptaré a la finca rustica...repito muchisimas gracias, y tambien a Tristan.

  6. en respuesta a subastin
    -
    #5935
    11/12/16 00:19

    Los deudores "los pobres" poco pueden hacer solos, si no hay detrás una mano (muy negra) que les "ayude".

    Cuando alguien va a ayudarlos, lo que suelen hacer (el mundo es para los listos, sagaces, depredadores) es arruinarles la vida, pero ahora de forma definitiva, ya que antes sólo perdían la vivienda, pero el que les ayuda les exigirá, la vivienda presente y futura, el coche presente y futuro, la pensión o parte de ella, etc. pero eso sí, no de forma inmediata, será dentro de un año o dos cuando empiece a darse cuenta de lo que le hicieron.
    Los deudores, tienen si saben moverse bien (no todos) muchas posibilidades de quedar sin deudas, con un sobrante importante para comenzar en otro sitio aunque sea de inquilino, pero sin vivienda propia, esa en todos los casos la tendrá perdida, pero durante al menos un año, tuvo la oportunidad de solucionar su situación y haberla hecho mucho más favorable y todo lo pudo hacer: NEGOCIANDO, CON OTRO Y CON OTROS, con la única moneda que tenía y que ya no tiene: UNA PROPIEDAD.

    Un saludo.

  7. en respuesta a Pecks
    -
    #5934
    11/12/16 00:03

    Totalmente de acuerdo en lo que dices.

    En las presenciales si he comprado una moto 125 cc. valorada en 2.500 €, por que era o me la aprueban a mi o al desguace. Como esas tengo unas pocas, pero todo por lo mismo, o a mi o al deguace.

    Si he comprado, tramitado, arreglado y vendido muchos bienes al 5-10-20% de lo que luego he vendido, (bueno en electrónicas, aún no he vendido nada, ya que nada me han aprobado).

    Hay licitadores que creen que por no haber nadie en la subasta pueden dar 1.000 € en una tasación de 100.000 € y una deuda total de 15.000 €. Jamás se la aprobaran. Para estos licitadores les diría que leyeran más el blog de subastas y perdieran menos el tiempo.

    Ni en presenciales ni en electrónicas comprendí que la deuda fuera de 22.125 € y el licitador se quedara en 21.000 € o que el 70% estuviera en (ejemplo) 52.000 € y se quedara en 49.000 €, siendo el valor de 150.000 €, por que nadie le subió, es una pérdida de tiempo y de conocimiento.

    Y hasta ahí se puede leer y decir.
    Saludos.

  8. en respuesta a Pecks
    -
    #5933
    10/12/16 23:59

    Esos que pujan por 100€, pueden ser:
    - enviados por los ejecutados, para obligar al banco ir por el artº 670 y pagar al menos el 60% del valor de salida en subasta de la vivienda. Si no es vivienda habitual, el banco se la podría quedar por el 50% o por lo que se deba (artº 671). Cuanto mas pague el banco, menos deuda quedará por pagar al ejecutado o mas remanente le quedará.
    - enviados por los propios bancos ejecutantes, para así ir por el artº 670, mejorar la postura y adjudicarse la vivienda por el 50% o incluso menos.

    Por favor, que los expertos nos ilumninen con la picaresca existente al respecto.

    Saludos

  9. en respuesta a reydmus
    -
    #5932
    10/12/16 21:18

    ¡¡Eso de 100€ no lo aprueban pero ni de coña!!

    Una cosa es que nadie puje en una subasta y el iluminado de turno puje una cantidad ridícula pensando que ha encontrado el chollo del siglo. Y otra cosa es que luego el demandado o el ejecutante no mejoren postura. Y si no hacen posturas las dos partes, el LAJ no aprueba eso ni harto vino. Si ya con adjudicaciones provisionales y posturas "normales" ponen mil y una pegas, imagínate con esas cantidades.

    Yo tambien he visto en el BOE subastas donde nadie puja excepto un sólo licitador, y a veces ofrecen cantidades de 50, 100, 650,......sobre tasaciones de 150k y deudas de más de 100k. O casos parecidos. ¿Qué piensan realmente esos iluminados? Si esos bienes realmente valieran la pena ya habrían otros que hubieran pujado cantidades mucho mayores. Lo único que van a conseguir son frustraciones y el depósito retenido en el juzgado por meses o años.....Así van aprendiendo.

    Si nadie puja en esas subastas es porque no valen la pena. Lo único puede ser en casos de subastas con una o varias cargas anteriores, donde el valor de subasta será bajo o muy bajo y se pueden ofrecer cantidades pequeñas. Pero claro, las cargas hay que pagarlas y tenerlas en cuenta. Pero eso de los 100€ o cantidades similares lo he visto yo en subastas hipotecarias de tasaciones burbujistas (o como se diga) y deudas astronómicas.

  10. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5931
    10/12/16 20:24

    Yo he tenido el "privilegio" de llegar al final de una subasta. Eso es llegar a las 18:00h del dia siguiente y pujando toda la noche. Tambien he visto muchos casos que subiendo un centimo la gente se va a la cama y se olvida del tema.

    Un duda ¿En las subastas de la seguridad social, judiciales y hacienda cual es el precio mas ridiculo que habeis visto? En hacienda y seguridad social no se pueden ver las adjudicaciones y no se si hay gente que se adjudique pisos a 100€ pero en las judiciales si que los he visto, aunque claro luego falta saber si lo aprobaran.

  11. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5930
    09/12/16 19:22

    Lo que el periodista haga, bien hecho está, o vamos a saber nosotros también más que un profesional de la información.

    Pero lo original es lo original y si el periodista recorta mucho, dejará historias sueltas y sin cabos, pero vamos, estos se pueden volver a anudar en entrevistas futuras.

    Saludos y entre nosostros ese periodista te digo que es un fuera de serie y que deberías contratarlo para tu cursillo de subastero, pero que sólo intervenga en el especial: "SUPER-EXTRA-PLUS", el que me ofreciste a mi por 12.000 € y que no es conocido por el resto de alumnos.

  12. en respuesta a mfmelo
    -
    Top 100
    #5929
    09/12/16 18:10

    Gracias, mfmelo.
    Me dicen que un periodista famoso te ha hecho una entrevista y que el lunes se publica en unos de los mejores blogs del habla hispana. ¿Será verdad? Aunque por lo visto el cabrito del periodista ha sacado las tijeras de podar y ha convertido un artículo de casi 9.000 palabras en una birria de apenas 5.000.

  13. en respuesta a toniox
    -
    #5928
    09/12/16 16:22

    https://www.rankia.com/blog/subastas-judiciales/374718-consulta-autor-blog?page=214#comentario_3048568
    comentario: 4276
    02 de Diciembre de 2015 (23:59)

    Con permiso de Tristán, modelo de autenticación de firma en el registro pertinente. Es el que yo hago y presento.

    Manuel Yoooooo Yoooooooo , mayor de edad, con DNI xx.xxx.xxx-S en representación de la mercantil ………… MIEMPRESA SL. lo que acreditaré por separado, con CIF B-xxxxxxxxx y para este acto ambos con el mismo domicilio situado en xxxxxxxxxxxx capital, en su calle ……………., nº…….. por la presente tiene el honor de:--------------------------------------------------------------

    ==================================EXPONER===============================

    Que para que surta los efectos oportunos en el Registro de la Propiedad número ….xx…. de …..xxx……. capital, declaro, bajo pena de falsedad en documento público, que la finca adjudicada a favor de mi representada según, testimonio de Decreto, juicio, Procedimiento Familia Ejecución forzosa 0000/2012.1, seguido por el Juzgado de Primera Instancia número xxxx de xxxxxx y la cual tiene la siguiente descripción:

    “Urbana.- número veintinueve. Piso letra A en planta novena alta, de la casa en la manzana ciento sesenta y uno del Barrio de ………xxxx……….. de la capital de …..xxxxx….., señalado como bloque I, hoy calle La De La Vivienda número cuarenta. Mide la superficie de ciento dos metros, dieciocho decímetros cuadrados. Se distribuye en vestíbulo, estar-comedor, tres dormitorio9s, cuarto de baño, cocina con terraza lavadero, oficio, cuarto de aseo y terraza principal. Linda: por su frente, al oeste, con zona destinada a aparcamientos que forma parte integrante del bloque y va situada entre la edificación y la calle Hermenegilda; por su derecha, al sur, con uno de los pisos del bloque II, construido por lo que diga en el registro………… Sociedad Regular Colectiva, en la misma manzana a través de las terrazas respectivas y con espacio libre; por su izquierda, al norte, con patio del bloque a que pertenece, cerrado al exterior con celosía, la caja de escalera y el vestíbulo de ésta por la que tiene acceso; y por el fondo, al Este, con piso letra B de esta planta. Su cuota de participación en la comunidad es de dos enteros, doce centésimas por ciento. Inscrito en el Registro de la propiedad número ochenta de ….........., con número de finca: 12.000 al Tomo: 1008; Libro: 1841; Folio: 89. Con número de IDUFIR: 41000000177344 Su referencia catastral es: 4208001tg3440n0044mm

    Que según nuestros datos la finca descrita y adjudicada, el día de la subasta, el día de emisión de Decreto, se encontraba y al día de hoy se encuentra LIBRE DE ARRENDATARIOS E INQUILINOS.
    En ............ a catorce de abril de 2014

    .

    .
    Nota aclarción: Según mis datos y conocimientos sobre la finca.......no tengo otros datos, puede ser que si o puede ser que no, yo aportó y firmo de lo que se, si hay otra información el que la conozca la emita.

    ..................................................................

    .
    Si tuviera inquilinos:

    Que según nuestros datos la finca descrita y adjudicada, el día de la subasta, el día de emisión de Decreto y al día de hoy se encuentra alquilada a DOÑA INQUILINA INQUILINA , CON DNI 28.000.000-K, con residencia en la vivienda descrita. Que, además de las comunicaciones efectuadas por el Juzgado, mi representada comunicó nuestra adjudicación y cambio de titularidad en fecha 1/6/2014 de forma presencial y al no habernos contestado, le fue enviado un burofax con acuse de recibo de texto y notificándole y haciéndole entrega de Testimonio de Decreto aprobado por Juzgado a nombre ..MIEMPRESA SL, en fecha 16/6/2014 siendo entregado a Doña Inquilina el 17/6/2014 a las 18/00 horas, adjuntando al presente escrito todo lo notificado y entregado a Doña Inquilina para que sí, a su interés y derecho, consideraba ejercer u oponerse en alguna forma a nuestra adjudicación.

    En MICIUDAD a nueve de diciembre de 2.016

  14. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5927
    09/12/16 15:28

    No creas que las demoras son infructuosas, cada uno cuenta la historia como le va. Yo llevo ya unas pocas adjudicaciones en que se quedan dormidos/as.

    Saludos.

  15. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5926
    09/12/16 15:25

    Yo esta noche no ha podido ser, por que mi noche fue ayer y me acosté a las 18/01 minutos del día 8/12.

    Saludos.

  16. en respuesta a tonigs
    -
    Top 100
    #5925
    09/12/16 13:19

    Pues mi cliente vive en Nueva York y cuando veía que nos acercábamos al tope máximo que me había puesto, me llamaba y me daba 10k más para pujar. Y así hasta nuestra última puja, que no se hizo firme hasta las 5 am, que es cuando me pude ir a la cama.

    A ver si la gente se entera de una vez que cuando al otro postor le subes 200 euros tras 50 minutos de hacerle esperar, no consigues desanimarle, sino todo lo contrario.

    ¿En qué cabeza cabe que nadie pueda tirar la toalla desanimado cuando todavía le quedan euros que ofrecer? La subasta se acaba cuando al otro postor se le acaba el dinero y no porque con tus pujas astutas hayas conseguido desanimarle.

    En mi caso ocurrió al contrario, porque por haber dilatado tanto el tiempo entre una puja y la siguiente, lo que mi oponente consiguió es que mi cliente se pensara mejor sus máximos y los ampliara constantemente. Primero de 335k a 350k, luego hasta 360k, luego hasta 370k y finalmente hasta 380k, que no llegamos a gastar.

  17. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5924
    09/12/16 12:59

    Espero que almenos ganases ;)

  18. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5923
    09/12/16 12:42

    Cuenta, cuenta... ¿cómo ha acabado el combate?

  19. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #5922
    09/12/16 12:27

    No me estaban incordiando por aquí sino en el portal de subastas del boe, donde un cabrito me estuvo tocando las narices hasta las 5 am

  20. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #5921
    09/12/16 06:10

    Bueno, es la hora a la que me he levantado hoy, así que, a mí, que me registren, que estaba durmiendo.
    Pero no vemos a nadie incordiándote (entre dobles personalidades y fantasmas, esto empieza a dar miedo ;)
    Saludos,


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