Sparrow In Jail
05/09/25 02:47
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Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Buenas noches, Ni siquiera eso está claro, antes teníamos un IBAN extranjero (DE→ clarísimo que había obligación de declarar en el modelo 720 si se superaban los 50.000 €. Ahora Trade Republic da a cada cliente un IBAN español (ES), pero ese IBAN es “virtual”: en realidad apunta a una cuenta ómnibus que la propia Trade Republic tiene en un banco europeo (en mi caso Crédit Agricole).Es decir, el dinero no está en una cuenta individualizada en España a mi nombre, sino en una cuenta colectiva en el extranjero a nombre de Trade Republic, donde se lleva un registro interno de qué pertenece a cada cliente.¿Cómo interpreta esto Hacienda respecto al modelo 720? El criterio de Hacienda (según consultas vinculantes de la DGT y la práctica tributaria) es: El modelo 720 hay que presentarlo si tú eres titular, autorizado o beneficiario de una cuenta abierta en una entidad extranjera.Aunque te den un IBAN español virtual, si en realidad los fondos están depositados en una cuenta extranjera a nombre de un intermediario (Trade Republic), podría entenderse que tus bienes siguen estando en el extranjero.Por tanto, el riesgo de que Hacienda considere que sí debes declarar el saldo (y también, en su caso, las acciones o valores custodiados en el extranjero) es alto.Diferencia clave IBAN español en un banco español a tu nombre → No se declara en 720.IBAN español virtual, pero el dinero físicamente y jurídicamente está depositado en el extranjero a través de una cuenta ómnibus → Hacienda podría exigir 720.Qué hacer en la práctica Muchos asesores fiscales recomiendan: Analizar el contrato con Trade Republic → comprobar dónde constan domiciliados legalmente los depósitos y valores.Si en el contrato figura que los fondos se custodian en una entidad extranjera (p.ej. Crédit Agricole, Francia) → prudente incluirlos en el modelo 720 si superas los 50.000 €.Porque el argumento de “tengo un IBAN ES” puede no convencer a Hacienda si los bienes jurídicamente están en Francia.Conclusión práctica: Aunque Trade Republic te dé un IBAN español virtual, si el dinero realmente está en una cuenta ómnibus en un banco extranjero, sí existe obligación de declararlo en el modelo 720 (si superas el límite de 50.000 €), porque Hacienda lo considerará como fondos depositados en el extranjero. Con los valores pasa exactamente igual, no están en España. Y no tiene nada que ver que el IBAN sea español ni que en los intereses y dividendos hagan retención. Hasta aquí puedo leer, pero no estoy seguro de nada.