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Certificado servicios sociales IMV - Ingreso mínimo vital
Pues en el segundo que has puesto.
ritekg502/02/26 14:14
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Certificado servicios sociales IMV - Ingreso mínimo vital
Reemplaza el "mensuales que te notificaron ahí en octubre 2023" por un "mensuales de la notificación de dicha resolución recibida, por lo que interpreto la misma es incorrecta y no les debo dinero yo a ustedes, sino ustedes a mí, entiendo." y acuérdate de adjuntar copia de dicha resolución.Suerte.
ritekg502/02/26 14:09
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IMV SUSPENDIDO certificado servicios sociales - Ingreso mínimo vital
Pufff, vaya tela... lo siento.
ritekg502/02/26 12:39
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Mínimo vital
Pues ya te digo que dependiendo del número de personas de vuestra unidad de convivencia, de lo que previamente tengáis ahorrado en las cuentas del banco y la valoración de otras propiedades aparte que podáis tener excepto vuestra vivienda habitual, podrá o no influiros... el límite son tres veces vuestra renta garantizada; si en total os pasáis de dicha cifra, adiós IMV.
ritekg502/02/26 12:22
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Certificado servicios sociales IMV - Ingreso mínimo vital
donde dices "que viene de 5784,44 - 5296,03 + 3296,03... ese 5784,44 en realidad es 6784,44 entiendo.Sí, es correcto, un lapsus al escribir las cifras por estar aún con los ojos medio cerrados preparando el desayuno cuando lo revisé jejeje... revisa también las cuentas que cuadren si acaso, pero creo que están bien... lo importante es tener claro el método, así cada cual se lo puede revisar.Y lo del IRPF como ves te coincide con la 0018:
Solo en caso de que hubieras tenido intereses de cuentas bancarias y tal sería otra cifra algo mayor, pero no es el caso tuyo.
ritekg502/02/26 11:30
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Mínimo vital
Si es vuestra vivienda habitual, no os perjudicará en absoluto... pero si se trata de un inmueble que NO es vuestra vivienda habitual, el valor del porcentaje de propiedad de ese inmueble se os computará como patrimonio adicional de vuestra unidad de convivencia, por lo que sí os pasáis de vuestro umbral máximo (entre propiedades -exceptuando la vivienda habitual- y saldos bancarios, no podéis superar tres veces la renta garantizada anual de vuestra unidad de convivencia) se os extinguirá el IMV cuando lo comprueben desde la Seguridad Social.
ritekg502/02/26 11:12
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Por cierto, esa notificación es errónea en sus cálculos ...
El IMV que deben asignarte es: Renta anual garantizada (6784,44€, correcto) MENOS ingresos anuales IRPF 2022 (5296,03€, imagino que correcto, aunque habría que revisar IRPF 2022, pero damos por buena la cifra que ponen), MÁS incentivo al empleo (3296,03€ que calculan y te notifican) igual a 3784,44 euros anuales (que viene de 5784,44 - 5296,03 + 3296,03) que entre doce meses son 315,37 euros al mes, lo que no coincide ni de coña con los 1024,44€ anuales u 85,37€ mensuales que te notificaron ahí en octubre 2023.Vamos, que esa notificación es incorrecta "a su favor" cuando debería ser de importe superior y "a tu favor" ¿comprendes?Por tanto, creo que deberías reclamar disconformidad con la reclamación de cobros indebidos que ahora te reclaman, indicando que en realidad te deben ellos dinero a ti para lo cual puedes adjuntar su notificación de esa fecha junto a las cuentas que te acabo de hacer.
ritekg502/02/26 10:59
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Certificado servicios sociales IMV - Ingreso mínimo vital
Pues se les tiene que haber colado esos 2000€ por error de otro lado, pero vamos, que si haces la cuenta de lo cobrado en octubre respecto al mes anterior y lo multiplicas por 10 meses tienes lo que deberían reclamarte como acabas de comprobar.
ritekg502/02/26 10:16
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Los datos de esa tabla no me cuadran en absoluto con nada de lo que indicas... dicen que en IRPF 2022 tuviste ingresos de 2000€, pero entiendo que si en 2022 cobrabas el subsidio 52 años, pues serían 5760€ ... ¿de dónde sacan ellos los 2000€ que te imputan de IRPF 2022 cuando deberían ser 5760€?Ahora bien, si a la renta garantizada del IMV 2023 que son 6784,44€ le restas 5760€ arroja 1024,44€ que se parece más al importe abonado que ponen en su notificación, pero tampoco me cuadra con "lo que debió abonarse" que citan. Revisa tu IRPF 2022 y mira a ver que importe aparece en la casilla 0018. Localiza también la notificación de octubre 2023 del ajuste de tu IMV a ver como se te quedó y además revisa los cobros de IMV que tuviste mes a mes dicho año desde enero, porque si el pago de octubre 2023 fue inferior al de septiembre 2023, dicha diferencia por 10 meses es lo que deberían reclamarte.
ritekg501/02/26 20:19
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Con esto de la cancelación de la subida de las pensiones... - Ingreso mínimo vital
Pues ni idea, pero si quieres quedarte más tranquila pregunta mañana en el 020 a ver que te dicen.