Mira la respuesta que te ha dado el compañero, un pelin más arriba.Al no estar empadronado ahí, pues para la Seguridad Social y el IMV ese inmueble te cuenta por completo para patrimonio... la duda que me queda es si te lo han SUSPENDIDO (que es lo que ocurre cuando superas ingresos) o EXTINGUIDO (que ocurre al segundo año de suspensión)... yo te diría que es solo SUSPENSIÓN por lo que si solucionas el asunto durante este año 2024 (el deshacerte del piso por completo, ya que dices está en ejecución), ya a finales de 2025 en la próxima revisión te volverían a dar el IMV que te corresponda, de lo contrario la suspensión pasaría a extinción a finales de 2025 y como mucho tendrías que pedir de nuevo el IMV en un periodo donde te puedan mirar con un IRPF que cumplas requisitos, que por desgracia sería a partir de junio 2026 en el caso de en 2025 solucionases el asunto, y si lo solucionas en 2026, pues ya hasta junio 2027 olvídate de pedir IMV, porque recuerda que como mínimo debes cumplir requisitos en el IRPF del año anterior.
Posiblemente, sí, porque han detectado que el valor de tu inmueble en 2023 superó el umbral máximo de tu patrimonio para poder ser beneficiario del IMV y, por tanto, te han SUSPENDIDO el IMV con efectos de enero de 2024... la extinción se produciría si, en la revisión del año que viene, tampoco pueden asignarte IMV.
No creo, este mes pagarán "el mes" + "atrasos" a quien le corresponda, pero si no te ha subido es que no tienes "atrasos" en tu caso, sino pendiente de cobrar retroactivo de esos meses de 2024... de todas formas espérate a ver si igual pitase la flauta y si no fuera el caso y cobrases solo tu mes sin más, pues tendrás que acudir a la Seguridad Social y reclamarles el pago de dichos meses que según tú no te han abonado y los tienes pendientes ¿ok?.
Cuando te aprueban el IMV he visto casos que te envían un SMS o email indicando que lo tienes aprobado (no siempre, parece ser, no me preguntes por qué, pero así es) pero lo que si envían siempre es una notificación por carta certificada (que también puedes ver en la sede electrónica si tienes el hábito de entrar cada semana porque si se pasa de fechas unas semanas deja de estar disponible y luego no se puede consultar fácilmente) en la que te indican los detalles de la misma, tal como importe concedido, rentas descontadas, etc. y luego el pago en tu banco.¿Puede ocurrir que te envíen una notificación de aprobación el 5 de noviembre y te llegue por correo certificado casi el mismo día o incluso después de que el 23-24-25-26-etc. según tu banco te ingresen el dinero?, pues claro que sí, porque correos funciona como funciona.
Sí. Este mes tu pago debería ser lo que te ponga el certificado más los atrasos que te ha indicado el compañero menos lo que tengas acordado que te resten por cobros indebidos. Enhorabuena.Si todavía tienes meses pendientes de cobros indebidos, pues será el importe del certificado menos lo que acordases que te quitasen, como en meses anteriores.