Muchas gracias José Luis, lo del despido ya lo teníamos claro, ya que si lo echan por ineptitud sobrevenida tendrían que dar 20 días por año trabajado. La duda era si estos días que no está trabajando porque estamos a la espera del informe de seguridad de la salud, si la empresa está en la obligación de pagarle. Conociéndola, no lo harán....
Hola de nuevo!, aquí estoy para lanzar otra pregunta...Como sabéis, mi marido tras denegación de incapacidad permanente sin siquiera ser citado por el tribunal médico, fue al centro de valoración de la salud en el cual le dieron apto con restricciones y le pusieron todas las que tenía para readaptación de puesto o funciones. La empresa no adaptó nada y le dijeron que fuera e hiciera lo que pudiera. Fue sacado en ambulancia a urgencias desde el trabajo. Cogió baja y al mes y medio el inss la ha rechazado. Fue ayer a valoración de la salud y le dijeron que su situación es muy complicada, porque desde su última visita ( julio) ha empeorado. Le dijo que tenía que hablar con la empresa para readaptación de puesto, a lo que mi marido le contestó que no lo hicieron y de hecho, que es imposible y que todos los puestos a cubrir por sus patologías no puede hacer ninguno. Él pidió un no apto y que lo echen, mientras ir al paro mientras sale el juicio contra el inss para reclamar la incapacidad....la empresa no quiere echarlo porque no quiere soltar un duro....en fin...Mi pregunta es: mientras estos días que vigilancia de la salud estudia su caso y habla con la empresa, quien le paga? Porque claro, no puede ir a trabajar hasta que vigilancia de la salud se pronuncie. Está ahora mismo en el limbo....Ya no solo son las dolencias físicas, si no también psicológicas.
Gracias Cat, la cosa es que lo que tú comentas es en el caso de que te concedan la incapacidad mientras estuvieras cobrando el paro, que te hubieran despedido mientras se te abrió el expediente de incapacidad. En ese caso te dan a elegir gastar el paro y después cobrar ya la pensión o la pensión directamente. Nuestro caso es que fue denegada y se ha reclamado. Si la empresa lo despide ahora, todo el paro cobrado hasta el día del juicio, en teoría se tendría que devolver porque la pensión te la tendrían que dar con la fecha de denegación, y desde esa fecha para X años atrás cogerte paro y todo para el cálculo de la pension....no te lo pueden coger para el cálculo y luego cobrarlo a mayores no? ....vaya liooo
Gracias José Luis, eso mismo pienso yo. Es que si ganas la incapacidad en el juzgado, la fecha de pago sería anterior al despido y por lo tanto cogerían tu paro para el cálculo. Pero claro, por un lado si mientras se espera al juicio tu has seguido cotizando e incluso vuelto algún día al trabajo....es un poco lío la verdad.
Hola family!, tengo unas dudillas y espero que alguien me pueda ayudar...Si tras una reclamación previa se pone demanda judicial para reclamar una incapacidad permanente rechazada, y en ese momento la empresa te despide por ineptitud sobrevenida y vas al paro, si ganas el juicio( pongamos que es año y medio después, por poner un ejemplo de fechas), te tienen que dar la incapacidad permanente con fecha de la denegación....pero que ocurre con el paro cobrado durante ese año y medio? Se tiene que devolver?
Eso es, pero tú nuevo puesto tiene que ser acorde a tus dolencias y que no tenga nada que ver con el anterior y por supuesto, no puedes en tu mismo trabajo estar a 8 horas.
Buenos días Pat, lo primero darte la enhorabuena por esa total.El paro no lo puedes cobrar porque lo han cogido también para el cálculo de tu pensión, así que ahora mismo lo tienes a cero.Para poder cobrarlo, tienes que volver a generarlo desde ahora si vuelves a trabajar, bien en un trabajo nuevo o si en tu trabajo actual te rehubican en otro puesto que no tenga nada que ver con el que hacías y el que tus patologías no afecten en ese nuevo puesto. Eso sí, sólo cobrarás cuando generes el mínimo exigido para poder cobrar, es decir, para cobrar 4 meses tienes que trabajar mínimo un año.Yo conseguí una total y mi empresa me rehubicó en otro puesto y me redujo la jornada( en nuestro convenio si te dan una total no puedes seguir trabajando a 8 horas, ya que la mitad de jornada ya la cobras con la pensión) y durante las vacaciones generadas me operaron y cogí una baja de un año .Me reincorporé y no pude aguantar el nuevo puesto más que unos meses en los cuales acabé muchos días en el servicio médico. Cogí nueva baja y me diagnosticaron nuevas patologías y estuve casi año y medio de baja. La empresa me despidió por ineptitud sobrevenida al no poder rehubicarme ni poder ejercer ningún puesto. Esta semana he ido a solicitar el paro y me explicaron que he generado paro para cobrarlo un año( tras la concesión de incapacidad he cotizado 3 años) pero al 50% claro.
Buenos días familia, para que veáis cómo se las gasta el Inss y las empresas de valoración de la salud, a las que te mandan tras una baja larga...https://www.noticiasdenavarra.com/economia/2024/10/03/limpiadora-silla-ruedas-debe-regresar-8765184.html
Yannire, significa que te han dado una demora de calificación. Es decir, que te han dado una prórroga excepcional de 6 meses más, porque estarás pendiente de alguna prueba o tratamiento y quieren darte esos 6 meses más para ver si en este tiempo mejoras.En enero te volverán a citar para ver si has mejorado o no. Si ven mejoría te darán el alta y si no hay mejoría, el proceso de incapacidad permanente seguirá su curso.