Te pueden decir que es por falta o un mal mantenimiento y por eso no se hacen cargo de la reparación. En estos casos es mejor no decir nada del anterior arreglo y actuar como si fuera un siniestro nuevo sin antecedentes.Los daños provocados en tu vivienda o ajena si te los tienen que cubrir.
Pues tendrás que ponerlo en manos de un abogado por tu cuenta, para que te compense económicamente tendrá que cobrarte menos de 500€.No se me ocurre otra cosa.
Yo pondría: "Pido que se me abone el capital del depósito XXXXXXXXX y se le sume el interés legal del dinero de dicho capital desde la fecha de mi solicitud de resolución del depósito, el XX/XX/XXXX, menos el interés cobrado por dicho depósito calculado desde esta fecha hasta la fecha de su abono por la entidad."Así evito hacer cálculos y especulaciones de fechas.
Pues le ha dicho a RB que ha engañado a sus clientes y que tiene que indemnizarles.Le emplaza en un mes a que le notifique si los indemniza y como los indemniza, o sea, que "le obliga a RB a indemnizar a los perjudicados y en el caso de no hacerlo no se si el Banco de España tiene potestad sancionadora por malas prácticas, entiendo que si.Creo que por el poco número de reclamantes y la baja cantidad de indemnización RB accederá a las pretensiones de los reclamantes y procurará no volver a meter la pata, ya están avisados.