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Participaciones del usuario Argchi06

Argchi06 09/02/23 09:35
Ha respondido al tema Transferencia para compra de letras del tesoro - Letras del Tesoro
@luis2023 , en cada subasta el número de cuenta es diferente. Si haces la solicitud directamente en la web del tesoro, cuando completas la operación te dice el número de cuenta al que tienes que hacer la transferencia y lo que tienes que poner en el campo Concepto. El número de cuenta para la subasta a 9 era diferente al de la subasta a 12 meses. Si pusiste la misma, ahí está el error. El mismo para todos los ciudadanos (en cada subasta, todos metemos nuestro dinero en la misma cuenta), pero diferente de subasta a subasta.
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Argchi06 31/12/22 01:24
Ha respondido al tema Fiscalidad plan de pensiones
Completamente de acuerdo con los últimos comentarios de @burbujito-freixenet y @bacalo . Gracias a todos los del foro por lo que he aprendido. Espero que por mi parte también os haya aportado algo. Y, por si es que no...:-), pues ahí va otra ventaja de los PP: no son un activo heredable, es decir, los beneficiarios serán los que tú establezcas en tu plan, y eso va a misa, los herederos legales no pueden hacer nada. Sólo heredarán si no constan beneficiarios o si pones a dichos herederos como beneficiarios. Sigue sin ser una ventaja para el que lo ha ahorrado, pero si quieres dejar algo de herencia para alguna persona o entidad que no sean tus herederos, esta es la forma.Bueno, lo dicho. Último día del año. Que los inversores sigamos colaborando en estos foros para ayudarnos entre nosotros. Feliz cambio de año y, para el 2023, pues lo que digo siempre:Salud e ingresos!!!
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Argchi06 27/12/22 20:36
Ha respondido al tema Fiscalidad plan de pensiones
Gracias, Bacalao, por tu aporte. Ahora cobra sentido para limitar ese abuso. Pero, en cualquier caso, serían ventajas para "ricachones" y "embargables". Yo no estoy en ninguno de esos casos. Tampoco tengo herederos a los que dejarlo y mi mujer tiene el mismo poder adquisitivo que yo y el mismo plan de pensiones que yo. De manera que los privilegios fiscales se reducen a uno, la desgravación fiscal. Pero a la hora del rescate te dan el mazazo en forma de IRPF. Creo que había una exención para el 40% del capital, pero ya la quitaron. De manera que casi no te queda otra que rescatarlo a poquines para que no se te dispare el IRPF. Conozco casos de gente con pensión máxima muy cercana al sueldo que tenían cuando estaban en activo que no encuentran hueco para rescatar el plan de pensiones, y les cabrea muchísimo tener que sacar cantidades pequeñas y que aún así tengan que pagar más IRPF que cuando trabajaban para el menos poder disfrutar el dinero que han estado ahorrando durante tantos años.En fin, cada vez le veo menos gracia a este producto. Obviamente me interesa, porque la empresa aporta más del doble que yo, pero aún así pierdo dinero por lo inútiles que son los gestores. Me va bastante mejor invirtiendo mi dinero por mí mismo.Salud e ingresos.
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Argchi06 27/12/22 00:47
Ha respondido al tema Fiscalidad plan de pensiones
Pues llevas razón. Siempre había pensado que los límites eran para la desgravación, y no para la aportación. Hay que mirarse las leyes al detalle. Por muy lógico que te parezca algo, la ley no tiene por qué ser lógica. Menos mal que siempre he aportado lo justito según el tope vigente en cada ejercicio fiscal. No considero estos instrumentos la mejor forma de gestionar el ahorro para la jubilación, pero como tengo un plan de empresa, aprovecho hasta el tope de desgravación, ni un euro más. Y este año, ni siquiera he incrementado. Lo que va en la nómina, y listo.Gracias por la info, Cahilipox.Salud e ingresos.
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Argchi06 26/12/22 18:12
Ha respondido al tema Fiscalidad plan de pensiones
Hola y Felices Fiestas.     Sólo un comentario aclaratorio. Aportar, puedes aportar lo que te dé la gana a tu plan de pensiones. Otra cosa es la cantidad que puedes utilizar en la declaración de Hacienda para reducir la base imponible de los rendimientos del trabajo. Ahí es donde entran a jugar las cantidades tope que se mencionan en vuestros comentarios.     Imagino que lo tenéis claro, pero la forma de expresarlo podría despistar a cualquiera que lea esto y no domine los conceptos.Salud e ingresos.
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Argchi06 25/12/22 13:00
Ha comentado en el artículo Episodios bancarios: Los negocios más rentables del mundo sin riesgo (II)
Ante todo, Feliz Navidad a todos los ahorradores/inversores!!!En todos los foros donde se habla de la banca y su sinvergonzonería digo lo mismo, así que éste no va a ser menos. Insisto en lo de siempre: si hacen todo eso es porque se lo consentimos. Punto. Todos los que tenemos unas mínimas capacidades digitales tenemos todo lo que necesitamos para poner en su sitio a la gran banca. Hay infinidad de bancos en línea, perfectamente legales y regulados que te van a ofrecer más por tu dinero.Muchas veces nos dejamos mangonear por vaguería o por la cobardía de asumir el control y por eso nos casamos con un banco, porque así vemos nuestras finanzas en un solo sitio. Pero eso significa que el control lo tienen ellos, no tú, y te lo van a cobrar.Lo más importante de la vida, después de los que amas, son la salud y las finanzas. ¿Aún no tienes el control? ¿A qué esperas? Hoy día se necesita menos de 10 minutos delante del ordenador o del móvil para abrir una cuenta y ordenar una transferencia. ¿Qué creéis que harían el Santander o el BBVA si de repente la mitad de sus clientes se llevaran su dinero a entidades que ofrecen mejores rentabilidades en sus cuentas y depósitos?¿Y si los inversores se llevaran sus carteras de valores a brókers con comisiones infinitamente inferiores?Salud e ingresos.
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Argchi06 18/12/22 02:25
Ha respondido al tema FIFO en recompra acciones
Hola, pedrovich.Lo de "recompra" no es más que un concepto. En realidad son dos compras-ventas, cada una con su precio de compra y de venta. Y cada una la consignarás en el ejercicio fiscal que le corresponda. Me explico.En su día compraste 1000 acciones. En este ejercicio has vendido las 1000 con pérdidas y has comprado otras 500 de la misma compañía antes de 2 meses. Pues bien, en la próxima declaración de la renta consignarás esa transmisión de 1000 acciones. Yo te recomiendo hacerlo en dos registros de 500 cada uno. En uno de ellos marcarás la casilla de no computable, y la pérdida sufrida con tus 1000 acciones quedará declarada, pero no computará en dicha declaración, es decir, no se compensará y quedará pendiente.(lo que ves en la imagen es un caso real mío de acciones de MICRON que vendí en 2018 habiendo recomprado -para las extranjeras no son dos meses, sino un año-. Esa pérdida de 260,84 euros quedó incorporada en la declaración de 2018 marcada como te digo y no computó en la compensación de pérdidas y ganancias de dicho ejercicio. Si te fijas, el bloque previo termina con "Pérdida patrimonial computable", cosa que no ocurre en el de MICRON, por haber marcado la casilla que he mencionado.)El día que vendas las 500 nuevas que tienes ahora, consignarás esa transmisión en la declaración de renta correspondiente y lo único que ocurre es que eso te permitirá desbloquear la pérdida pendiente. En esa declaración se reflejará como ves a continuación:(en la imagen un extracto de mi declaración del ejercicio 2019, año en el cual vendí mis acciones de MICRON -las "recompradas"-. Lo que no recuerdo es si el dato lo incorpora el programa de Hacienda solito o tienes que introducirlo tú. Eso sí, tienes que tener ganancias suficientes en dicho ejercicio para poder compensarlas, claro. Si no, es posible que ni lo muestre y se quede pendiente para el siguiente ejercicio. Recuerda que tienes 4 ejercicios para compensar las pérdidas.)Salud e ingresos.
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Argchi06 07/12/22 00:09
Ha respondido al tema Traspaso fondo de inversión.
Gracias, Nikko65. Igualmente para ti y para todos los foreros e inversores que andan por aquí.Yo soy más de cocinarme yo mismo el guiso, y manejo una cartera de acciones, con una parte de valor y otra de crecimiento, que voy revisando y rotando según vengan las tornas y según los objetivos que me fijo. Con los fondos complemento sectores o conceptos para los que ya no me da la vida.Es importante algo que mencionas, que son las comisiones de los fondos (menores en los indexados). Al contrario que en otros activos, no son tan visibles, porque van inmersas en el valor liquidativo del fondo, pero es un dato a tener en cuenta. Obviamente, la gran ventaja de los fondos es la posibilidad de traspasar sin tributar. De hecho estoy pensando en traspasar uno de los que tengo, pero no llevo prisa porque está en positivo y estoy más centrado en decidir las ventas de acciones que voy a realizar antes de fin de año por el tema de las compensaciones fiscales.Salud e ingresos.
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Argchi06 06/12/22 14:04
Ha respondido al tema Traspaso fondo de inversión.
En este aspecto vale cualquier opinión y forma de actuar. En mi caso, estoy más con Bacalo. Habitualmente, cuando quiero salirme de un fondo traspaso si gana y liquido si pierde. Tienes cuatro años para compensar las pérdidas. Obviamente, depende del perfil de cada inversor, pero en mi caso, con una cartera de fondos y acciones bastante amplia y diversificada, siempre voy a tener pérdidas y ganancias. Y considero absurdo pagar impuestos por una ganancia, teniendo pérdidas que compensar. Una pata importante que mucha gente olvida en las inversiones es la fiscalidad, que puede darte o quitarte tanto como los propios activos que metas en cartera.Salvo que necesites el dinero, tampoco es imprescindible vender este año. En fin, tendrás que tomar la decisión en función de varias preguntas a las que sólo puedes responder tú.Salud e ingresos.
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Argchi06 06/12/22 13:29
Ha respondido al tema FIFO en recompra acciones
En principio, sí, Pedrovich, se aplica el FIFO a la hora de identificar las 500 acciones. Ahora bien, puede haber una excepción. En tu descripción se deduce que las 1000 acciones que has vendido las compraste en diferentes paquetes y a diferentes precios. También es de suponer que la recompra la has realizado a menos de dos meses de la venta (en caso de acciones españolas) para que estemos hablando de la norma anti-aplicación. También supongo que no hay cambio de titularidad en la recompra, porque tampoco aplicaría la norma. Lo que no queda claro es si pierdes con el total de las 1000 o con todos y cada uno de los paquetes. Me explico.Imagina que compraste 300 acciones a 12€, luego 400 a 9€ y finalmente otras 300 a 11€.  Vendes las 1000 a 10€, de manera que pierdes con el primer y el tercer paquete, pero ganas con el segundo. Y compras 500 acciones nuevas. Por tanto, las 400 acciones del segundo paquete no se ven afectadas por la norma anti-aplicación y deberás consignarlas en un registro específico que será una ganancia patrimonial. Quedan las 300 del primer paquete y las 300 del segundo. Deberás, pues, consignar un registro para 300 acciones compradas a 12€ más 200 acciones compradas a 11€, que será una pérdida no compensable hasta que vendas las 500 nuevas. Y, finalmente, consignarás un tercer registro para 100 acciones compradas a 11€ que supondrá una pérdida patrimonial compensable.Espero haber ayudado.Si me he pasado de detalle porque ya sabías todo esto, puede que le ayude a otro.Salud e ingresos.
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