Ejemplo : Minusvalias años anteriores 5000 y este año vendo 3 acciones ( 2 con ganancias de 3000 y 4000 )….Olvídese del planteamiento de analizar las pérdidas o ganancias de años anteriores; solo podrá compensar a efectos SEPE si las diferencias se producen en el mismo mes y si son de la misma naturaleza.Por lo demás, se ha hablado mucho en este foro al respecto. Le animo a que use el buscador ( la lupa )🔍
Si no he entendido mal los 2 años de paro contabilizan como años cotizados para la jubilaciónSIel subsidio para mayores de 52 permite acumular años que computen para ello?SItendría que acogerme a un acuerdo especial con la seguridad social y seguir cotizando por mi cuenta esos años para poder jubilarme a la edad ordinaria?No es necesario, el subsidio cumple esa función. es posible compaginar el subsidio para mayores de 52 con su cotización + un acuerdo especial con la seguridad social para complementar cotización?Es posible.
Casos similares al suyo se han tratado en este foro infinidad de veces.Esos ingresos por sí solos no son causa de suspensión del subsidio.No tiene que comunicar nada; ni antes ni ahora ni luego. Ni en DAR ni en ningún sitio.
Mi consejo es que se inscriba y solicite las prestaciones a las que tenga derecho.¿si le llaman para cursos u ofertas de trabajo? Ya se verá. La cosa no es tan fácil. Como le dicen por aquí arriba, si quiere recibir alguna prestación, la inscripción previa es obligatoria.
A nadie se le obliga a estar inscrito como demandante de empleo, ni tampoco se le obliga a solicitar ninguna prestación o subsidio; pero es una decisión absurda, ya que puede perder derechos, tanto económicos como en forma de cotizaciones para el futuro y otras más. No le veo ningún sentido a esa decisión.Saludos.