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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

219 respuestas
Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
19 suscriptores
Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
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#166

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Y mi caso pues me denegaron en marzo, de nuevo, por cuarta vez la IP, la reclamación previa la desestimaron y ya puse con mi abogado la tercera demandad judicial. Soy coleccionista de denegaciones y demandas... En fin, de momento no he conseguido nada y veremos a ver porque se está poniendo la cosa más complicada aún! Un abrazo None!
#168

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Muchas gracias
#169

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Jolín lo siento mucho de verdad , sigue batallando y luchando que al final tendrás tu recompensa mucho ánimo 
#170

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Buenos días,
-Me ha preguntado un amigo sobre si el tiempo de IP se cotiza 
-y una duda que no he podido entender:
Fue a juicio y ganó. La fecha de juicio fue el 1 de marzo. La sentencia salió con fecha de aplicación un año y medio antes de la sentencia que fue cuando el tribunal médico le dio el alta. Durante ese tiempo de alta el volvió a pedir otra baja por otra enfermedad. El periodo desde la primera baja hasta la sentencia del juicio no aparece en sus fechas de cotización.
La pregunta si este periodo es correcto.
Gracias de antemano 
#171

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Buenos días,
Por lo que tengo entendido el tiempo que se cotiza.
Si la IP es total, absoluta o GI y no se alterna con un trabajo en la empresa no se cotiza.
La IP total alternada si se cotiza.
La IP parcial si se cotiza.
Y el periodo desde la primera baja hasta la sentencia del juicio no aparece en sus fechas de cotización es muy raro.

#172

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola!! 
Durante la IP no se cotiza, eres pensionista. Otra cosa es que cuando se contemple el importe de una jubilación , bien porque te han revisado la IP y la has perdido, bien porque llega tu edad de jubilación ordinaria y se compara el importe de jubilación o de pensión IP para darte la mejor, esos periodos aparezcan cumplimentados con la cotización mínima de una persona de 18 años, siempre que estés en el sistema general , si fueras autónomo , sería 0. 
#173

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Si la sentencia salió con fecha de aplicación un año y medio antes de la sentencia que fue cuando el tribunal médico le dio el alta supongo que abra cobrado los atrasos desde el alta hasta el 1 de Marzo que ganó la sentencia.
Te lo digo porque me lo comento el abogado.

#174

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Estoy de acuerdo contigo, es un buen resumen de todos los mensajes de ayer 😃😃
Un saludo 
#176

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Quisiera compartir con vosotros esta informacion arriba posteada. Que opinais. IP compatible con subsidio 52?
#177

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Son compatibles siempre que el importe de la pensión de incapacidad permanente no llegue a 850,50 euros al mes en cantidad mensual, o sea que hay que pasar las 14 pagas a 12 pagas.
Pero mucho ojo, porque aquí está el quiz de la cuestión, para cobrar el subsidio para mayores de 52 años hay que cumplir las condiciones para la jubilación salvo la edad y cuando uno pide una ayuda contributiva usa las cotizaciones necesarias de su vida laboral que no se podrán usar para otra ayuda contributiva por las mismas cotizaciones.
¿Qué quiere decir esto? Que si se accede a una pensión de incapacidad permanente se usan las cotizaciones que la persona tenía para la jubilación y empieza de 0 de nuevo para generar pensión de jubilación. Por lo tanto, sino se tienen 15 años cotizados posteriores a la incapacidad permanente, el informe del INSS al SEPE dirá que la persona no cumple los requisitos para la jubilación y el SEPE denegará el subsidio por no cumplir los requisitos. 
En consecuencia, si son compatibles, pero si la persona ha cotizado 15 años después de la concesión de la incapacidad permanente y no llega a 850,50 euros al mes de ingresos (y cumpliendo el resto de requisitos para el subsidio)

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#178

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Buenas tardes, ya casi está aqui el viernes y con ello mi revision de IPT en el tribunal medico y sus respectivos nervios... alguien sabe decirme despues de pasar el tribunal, si te dicen alli algo o cuanto tardan en decirte algo, o si vuelves a pasar los 8 puntos o como va? estoy atacada ya... gracias
#179

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Yo todavía no he pasado la revisión pero a una amiga mía le dijeron que esperara la carta,le contestaron al mes siguiente,sin los 8 puntos ni nada.La dejaron como estaba y la próxima revisión a los dos años 
#180

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola Patricia, recuerda que lo difícil es que te concedan una IP, una vez concedida tienes que haber tenido una curación muy grande para que te la quitan y poder trabajar en cualquier sitio.
Espero que estés tranquila y que te vaya muy bien mañana.
Cómo te ha dicho Teresa no se abre un expediente nuevo después de la visita por revisión, simplemente hay que esperar a la carta. Hay gente que le tarda en llegar 2 semanas, a otros un mes y a otros 3 meses, el tiempo de respuesta es muy variable.
Ánimo
Un saludo