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Denegacion subsidio mayores de 52 años por cobrar el cese de actividad

3 respuestas
Denegacion subsidio mayores de 52 años por cobrar el cese de actividad
Denegacion subsidio mayores de 52 años por cobrar el cese de actividad
#1

Denegacion subsidio mayores de 52 años por cobrar el cese de actividad

Buenas tardes
Cerré un negocio por concurso de acreedores exprés dado por bueno el juez, cobre el cese de actividad por 8 meses. 
Pedí el subsidio para mayores de 52 años y me lo deniegan por haber cobrado el cese de actividad
Lo he denunciado, tengo el juicio en Abril
Tengo alguna posibilidad? 
Muchas gracias

#2

Re: Denegacion subsidio mayores de 52 años por cobrar el cese de actividad

Pero....¿Tenías vía de acceso al subsidio?
Lo de cobrar cese de actividad creo que ni quita ni pone, simplemente que estás cobrando una renta o prestación que como tal, durante su percepción, es incompatible con el subsidio.

En este artículo hablan al respecto:
 

¿Un autónomo puede cobrar el subsidio para mayores de 52 años tras haber agotado el cese de actividad?


 https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/cotizaciones/autonomo-puede-cobrar-subsidio-mayores-52-anos-haber-agotado-cese-actividad/20231111000857033087.html#:~:text=Seg%C3%BAn%20aclararon%20fuentes%20del%20SEPE,que%20le%20da%20acceso%20directo%E2%80%9D.

"Según aclararon fuentes del SEPE, la respuesta es que “un autónomo que ha agotado el cese de actividad sí puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años, pero no es el hecho de agotar la prestación por cese de actividad lo que le da acceso directo”. En ese sentido, para que un autónomo pueda percibir esta prestación de 480 euros mensuales, “debe cumplir una serie de requisitos muy amplios”, sin los que es imposible acceder a esta ayuda."

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Denegacion subsidio mayores de 52 años por cobrar el cese de actividad

Pues me lo denegaron por haber cobrado el cese de actividad, hice la reclamación oportuna al sepe y se se reiteran (ha percibido usted, en último lugar, la prestación por cese de actividad para trabajador por cuenta propia) por lo que no se encuentra en ninguna situación que le de acceso al subsidio de mayores de 52 años
#4

Re: Denegacion subsidio mayores de 52 años por cobrar el cese de actividad

Para cobrar el subsidio para mayores de 52 años, según el artículo 274.4 de la Ley general de la seguridad social hay que estar en alguna de las situaciones señaladas en el artículo 274. 
Agotar la prestación contributiva y tener responsabilidades familiares, agotar la prestación siendo mayor de 45 años, ser trabajador español emigrante retornada, que se le retire por mejoría una prestación de incapacidad permanente, estar en prisión más de 6 meses, o haber cotizado al menos 3 meses.
Nada se dice de la Prestación por cese de actividad, por lo tanto queda claro que no es una causa de acceso al subsidio para mayores de 52 años.
Es cierto que el artículo 274.4 habla de la opción de permanecer inscrito como demandante de empleo desde que se tuvo acceso a un subsidio hasta el cumplimiento de la edad, pero el SEPE no reconoce en sus instrucciones que se pueda remontar la vida laboral en busca de una situación adecuada desde la que permanecer inscrito. Su última situación es el cese de actividad y no el agotar una prestación o cotizar 90 días a desempleo y el cese de actividad no da derecho a un subsidio.
En todas las situaciones de su ámbito el sepe mantiene que la situación que manda es la última, así no podemos pedir el paro por un fin de contrato de hace un mes teniendo una baja voluntaria como última situación (por ejemplo). La situación que usted pretende socavaría  este criterio
Si alguien del SEPE ha dicho otra cosa que se lea las propias instrucciones de su organismo.
¿Tiene posibilidades de prosperar? Eso debe preguntárselo a su abogado, yo no conozco ningún caso que haya prosperado, pero los criterios se cambian a base de demandas y llevarlo al tribunal supremo o al constitucional (por aquello de la igualdad).

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos