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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

38,2K respuestas
Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#13486

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Por ley dicen que te dan a elegir pero a mi nadie me pregunto, lo tenía mirado por si acaso y coincide exactamente, lo que tiene que ser, es que esas 24 mensualidades tienen que ser consecutivas, un saludo
#13487

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si si, eso lo leí y sabía.
Lo que no tenía claro es quién decidía que mensualidades coge de los 7 años y cuales. 
Hay personas que seguramente sus cotizaciones son iguales y otras que varían bastante de un año a otro y de ahí mi consulta. 
Pero ya quedó aclarado. 
#13488

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

¡Genial! Has resuelto todas mis dudas. Gracias. 
#13489

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchísimas gracias.  Me has sacado absolutamente de toda duda. Muy amable.
#13490

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Por supuesto,mientras ella trabaje no lo puede cobrar
#13491

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias por tu respuesta A1881, un saludo
#13492

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Alguien podía decirme cuando te dan la incapacidad permanente total cualificada que tanto por ciento tiene que pagar la empresa al coger el 20% con el 75 porque la seguridad social me mandó una carta y decía que tenía que recaudar a la empresa pero no sé qué cantidad me tiene que dar pone efectos de abril del 2023 cuando cumplí la edad los 55 muchas gracias
#13493

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Tienes alguna incapacidad?
#13494

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Manuel, para que te den la total cualificada se supone que no tienes que estar trabajando y entonces al cumplir los 55 años te pagan el 75% de la base reguladora en lugar del 55%. El requisito es no estar trabajando con lo cual no tiene sentido el pago a ninguna empresa. Tú estabas trabajando en abríl del 2023?
#13495

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No entiendo la pregunta, si tienes una IPT Cualificada el INSS te aumenta un 20%, de tu base Reguladora ,que antes te daba el 55.
, Por que tiene que recaudar a la empresa si ya no trabajas??
No lo entiendo....


#13496

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

A ver José Luis yo tengo una incapacidad permanente total cualificada desde abril de 2023 y la seguridad social hace un par de meses me mandó una carta diciéndome que le iban a recaudar a la empresa para que me diera una bonificación de lo que me corresponde por tener ya la cualificada es incremento del 50% que ya cobraba yo antes por parte de la empresa esa es la pregunta que cuánto me tiene que ingresar a Mila empresa
#13497

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes soy reyes yo Estoi con el expediente de incapacidad desde el 22 de julio solo tengo el 1 punto
Yo Estoi cobrando de la mutua contrato parcial  2 horas cobrando el subsidio de mayores 52 años 4 años tengo 57 años para 58 tengo cotizado 32 años no se lo que me puede quedar gracias
#13499

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

A ver José Luis yo tengo una incapacidad permanente total cualificada desde abril de 2023 y la seguridad social hace un par de meses me mandó una carta diciéndome que le iban a recaudar a la empresa para que me diera una bonificación de lo que me corresponde por tener ya la cualificada es incremento del 50% que ya cobraba yo antes por parte de la empresa esa es la pregunta que cuánto me tiene que ingresar a Mila empresa
#13500

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

A ver José Luis yo sé todo eso del 75%, lo único que digo que me llegó una carta de la seguridad social diciéndome que le iban a recaudar a la empresa la que me estaba abonando el 50% por el accidente de trabajo y diciendo que al tener ya las cualificada desde abril que las cumplió los 55 años pues resulta de que me tiene que abonar la diferencia de siete u ocho meses el 50%. Por parte de la empresa al tener el 75%