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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#25456

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchas gracias.
Así es, ha llamado y le han dicho que no la habían pagado por eso, porque ya es estaba concedida la absoluta a falta de la firma. Lo que me parece increíble  es que dejen a las personas sin cobrar sin previo aviso
#25457

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Espero que vaya sin prisa pero sin pausa, poco a poco... espero no tener que llegar hasta después de la feria!! 🤯 Aunque todo es posible... saludos!
#25458

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Desgraciadamente, en ocasiones, los trámites administrativos pueden generar situaciones difíciles, como la suspensión de pagos sin previo aviso. Es crucial mantenerse informado sobre el estado de los trámites y, si es posible, comunicarse directamente con las autoridades correspondientes para obtener información actualizada.

Te recomendaría seguir insistiendo para resolver la situación lo más pronto posible. Puedes considerar buscar asesoría legal o contactar con servicios sociales para obtener orientación adicional en este proceso.

Espero que la situación se resuelva pronto y pueda recibir los beneficios correspondientes.
#25459

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Mucho ánimo, Emilio. Como te ha dicho Jose Luis eso no quiere decir nada. Espero que finalmente se resuelva a tu favor.
Un saludo 
#25460

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchas gracias! Así  es, no significa nada... mientras el punto 5 aparezca ahí y mantenga los 8, no hay problema. Buenas noches!
#25461

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

pues a mi me han abierto expediéntate de oficio al año  y 21 dias ,el dia 21 pase inspección y el 22 ya estaba abierto ,por cervialgia ,y 62 años ,todo depende mas bien si ven indicios de mejora o no ,mas que de los 18 meses, si ven posibilidad de mejora o tienes citas medicas es cuando lo amplían  ,también de la profesión ,de la edad y de los años cotizados ,todo ello suma ,mi mejora en tres años y medio se nota que no le ven posible jejejej y por eso lo proponen ,no tendría sentido esperar ni 18 ni mucho menos 24 meses de baja 
#25462

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

De donde eres ?
Después de los 18 meses tienen que avisarte si te abren o no expediente?
#25463

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

a lo largo de estas semanas me estan surgiendo dudas..
1- Tienes que tener un minimo de cotizado para que te den la IT? esque he leido buscando informacion que piden 10 o 15 años, pero y que pasa si no tienes ese tiempo?
2- como os comente me han eliminado el punto 5, puedo solicitar el informe de sintesis? tengo cita en el inss ( telefonica y nose si pedirselo)
Actualizo, me acabo de meter y me sale lo siguiente:
   Causas de Denegación
•  POR NO ALCANZAR, LAS LESIONES QUE PADECE, UN GRADO SUFICIENTE DE DISMINUCION DE SU CAPACIDAD LABORAL, PARA SER CONSTITUTIVAS DE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE, SEGUN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 194 DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, APROBADA POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 8/2015, DE 30 DE OCTUBRE (BOE 31/10/15), EN RELACION CON EL ARTICULO 193.1 DE LA MISMA DISPOSICION. 


#25464

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Ana, tu expediente ya se ha terminado y te tienen que dar el informe de síntesis sin ningún problema, solicitalo en la cita telefónica. 
En cuanto a los años cotizados el periodo a cotizar cambió hace un año, antes eran quince y ahora va en función de la edad, pero suele ser alrededor de 5 años los que hacen falta.
En la web de Campmany abogados lo explican muy bien.
Un saludo 
#25465

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos dias, respuesta del SEPE a mi pregunta de coger la baja (IT) estando cobrando el paro:

Si estás percibiendo la prestación contributiva e inicias una situación de incapacidad temporal (IT), el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) te continuará pagando mensualmente la prestación económica y efectuando las cotizaciones a la Seguridad Social mientras dure la prestación contributiva. La duración de esta seguirá siendo la misma.

No deberás realizar ninguna gestión ante el SEPE cuando te encuentres en situación de IT, pues será el INSS el que se encargará de ello. Sin embargo, si tu baja médica es anterior al día 1 de enero de 2022, deberás continuar entregando en tu oficina de prestaciones los partes de confirmación, y el alta médica, cuando ésta tenga lugar.

Cuando la situación de IT no procede de una recaída de una incapacidad anterior iniciada durante la vigencia de un contrato de trabajo, si continúas en esta situación cuando termine el periodo de prestación contributiva, seguirás percibiendo la prestación por IT, con un importe igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) mensual (cuantías para este año). Para ello deberás acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y solicitar el pago de la prestación por IT.

Si la situación de IT es consecuencia de la recaída de una IT anterior que comenzó durante la vigencia de un contrato de trabajo, percibirás la prestación por IT con el mismo importe que la prestación por desempleo. En este caso, si al terminar la prestación contributiva continúas en situación de IT, seguirás percibiendo la prestación por IT, con el mismo importe que estabas percibiendo. Para ello, deberás acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y solicitar el pago de la prestación por IT.

Deberás contactar con tu Oficina de Empleo para informarles de esta situación de IT.

Además, al acabar la IT podrás solicitar un subsidio por desempleo por haber agotado una prestación de nivel contributivo, si reúne los requisitos.

Fuente: https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/estoy-cobrando-el-paro-y/baja-por-incapacidad-temporal.html

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Para más información puede llamarnos al TELÉFONO 060 e indicando en la locución “SEPE Prestaciones”, en horario: L-V: 9:00 a 14:00 horas. Aquí podrá obtener la información requerida tras superar unas preguntas dentro de un protocolo de seguridad.

Referencia Normativa: LEY ORGÁNICA 3/2018, DE 05 DE DICIEMBRE, DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

#25466

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

en la llamada telefonica no han querido facilitarme dicho informe, me dice que me tengo que trasladar a la oficina ( me tengo que trasladar en coche hasta otra localidad) y una vez que la pida ya me la mandaran.. 
en fin asi vamos..
y otra duda, ahora me metere en notificaciones y mirare que me han puesto, se supone que me tendria que incorporar a trabajar, tendre que ponerme en contacto con la empresa?
¿Como puedo alegar que no estoy conforme?
#25467

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pues debe ser día de notificar. A mí también me ha llegado la denegación de la reclamacíón previa. Salen como churros, casi idéntico a tí el texto. Pues nada, al juzgado. Ya mi abogado, había interpuesto la demanda, porque deniegan por sistema.
#25468

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos días compañer@s cómo estáis ? Yo he estado de médicos etc ...... No me da la vida con 3 hijos y los médicos un beso para todos 
#25469

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos días cuento mi caso 23 meses baja el 1 febrero me deniegan incapacidad  la empresa me da de alta el día 8 febrero operación la otra cadera el 26 febrero ayer el médico hospital al pedir la baja no podía hacer nada porque le ponía que estaba de baja .
Hoy me llamará médico familia haber que me dice yo digo de alta en la empresa . Hoy me han ingresado la mutua los 8 días que me faltaba pago que puede ser me despedirá la empresa. Gracias
#25470

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Ana, si, ellos informan a la empresa con la fecha del alta, lo mejor es que avises a la empresa de lo que te ha pasado para que cuando les llegue la información por parte del INSS te digan cuando te tienes que reincorporar , así quedan todos informados y te evitas problemas
Yo pediría el informe de síntesis por internet, puedes ver cómo se hace en el siguiente enlace 
https://www.campmanyabogados.com/blog/informe-medico-de-sintesis

Si quieres alegar tu disconformidad tienes que poner reclamación previa, tienes 30 días hábiles desde que te llegue la resolución.
Un saludo