Perdón None, Silvia, lo leí al revés, te paga el INSS la IT desde ese día de diciembre hasta el día anterior a la fecha de efectos económicos de la resolución de la IPT, no hay que reclamarselo al INSS, un buen día de Febrero te encontrarás que te han pagado eses atrasos y te llegara un mensaje al móvil.
Que día de Febrero? Sorpresa 🙂🙂