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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#2011

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias Angelneu

¿Cuántos días después de la venta tengo para notificarlo al SEPE?

al ser un pago único el SEPE lo divide entre los 12 meses, y hace la suspensión ese mes, ¿ es así? 

¿ Y para los meses siguientes computa esa cantidad? 

#2012

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Tienes de plazo hasta la presentación de la siguiente DAR.
Exacto, te lo dividen entre 12.
Y para los meses siguientes computa esa cantidad
No.
Para los meses siguientes,  rendimiento presunto o efectivo de esa cantidad;  depende donde inviertas el dinero.
#2013

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pero aunque se venda el piso, ¿no tenéis los hijos que esperar a que fallezca también vuestra madre para acceder al dinero?.  Quizá estoy preguntando una tontería, disculpad mi ignorancia.  Pero mi caso es algo así.  Fallecimiento de mi padre, aceptación de herencia por hermanos, pero de momento nada que comunicar al Sepe porque mi madre es usufructuaria vitalicia y no es dinero nuestro.  Y si vendéis la casa el dinero sigue en usufructo de vuestra madre ¿no?.
Porque, según lo que decís, cuando fallezca también vuestra madre también otro mes de suspensión por herencia. 

#2014

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Cuando se produce la venta de una propiedad, en proindiviso de nuda propiedad en este caso.
Los propietarios obtienen en ese momento ingresos, que deben comunicar al SEPE si ello supone superar rentas 
Que una vez vendida, exista una usufructuaria, no afecta a los ingresos que han obtenido los nudos propietarios en su venta 
#2015

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Disculpa Angelneu, este mensaje no lo había visto. 
He estado mirando el impuesto de sucesiones y donaciones y tenemos los modelos 650 y 661. y no se en cual delos dos mirar el importe ni en que casilla o epígrafe. 
#2016

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola Jesgarfal¡¡

Lo hemos consultado y estamos los tres de acuerdo, mi madre venderá su parte de pleno dominio el 50% mas el 50% que tiene de usufructo y mi hermano y yo el 25% cada uno de la nuda propiedad. Nada que heredar de mi madre cuando fallezca. Eso nos han dicho. 
#2017

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Los modelos pueden variar dependiendo de cada CCAA.
Tiene que aparecer en la relación de bienes que integran el caudal hereditario -bienes inmuebles- (solo conozco Andalucia, modelo 650) que es la declaración individual de cada heredero.