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Subsidio y Depósito bancario

16 respuestas
Subsidio y Depósito bancario
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Subsidio y Depósito bancario
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#1

Subsidio y Depósito bancario

 Hola a todos:
Mi pregunta es qué ocurre si estando percibiendo el subsidio para mayores de 52 me vence un depósito de 100.000 euros y formalizo otro, en otra entidad, por el mismo importe  . ¿Me suspenderían el subsidio a causa de los días que estuviesen os 100.000 euros en la cuenta mientras se ejecuta la correspondiente  transferencia de una entidad a otra?.
Si, por el contrario renovase el depósito en la misma entidad entiendo que no habría repercusión en el subsidio.
(Tenemos en cuenta, en los dos casos , que el total de los intereses no supondrán 675 euros/mes.)

Gracias por aclararme el tema y un saludo.

#2

Re: Subsidio y Depósito bancario

Varios apuntes:
-No sé si has calculado bien el interés, para 100.000 euros no vas a conseguir hoy en día más de un 2%, suponiendo alguna entidad extranjera y depósitos a largo plazo (pueden ser 2.000 euros/año = 160/mes).
-El rendimiento presunto podría ser del 3% = 3.000 euros/año, si el dinero lo tienes en la cuenta todo el año, pero si lo tienes 15 días, sería 1/24 de esa cantidad.
-Y en cualquier caso, mi opinión es que un dinero en una cuenta corriente produce rendimientos reales, no presuntos, lo que ocurre es que puedes tener acordado un tipo al 0%. Los rendimientos presuntos pueden ser de una vivienda, un fondo d einversión,etc, que hasta que no lo vendes no producen una ganancia o pérdida real. Pero el dinero en la cuenta corriente sí tiene un rendimiento real, que puede ser cero habitualmente.
#4

Re: Subsidio y Depósito bancario

Gracias Bacalao por tu contestación. 
Ciertamente me he liado y he confundido rentas con capital. Lo que realmente cuenta son  los rendimientos. 
El rendimiento del capital anual, como bien dices,  no pasará el límite y el de la cuenta corriente es casi 0% real, no presunto, ya que se refleja en el contrato de la cuenta corriente.
#5

Re: Subsidio y Depósito bancario

Hola.
No acabo de entender lo del rendimiento presunto. ¿Quiere decir que si mis ahorros en distintos fondos de inversión superan una cierta cantidad podría considerarse que tengo rentas, aunque no toque esos fondos?
En el Sepe me dicen que lo único que me van a mirar dentro de un año, cuando toque prorrogar el subsidio, es mi declaración de la renta, y hasta donde yo sé en ella no aparece ningún "rendimiento presunto".
¿Me lo podríais  aclarar, por favor?
Muchas gracias.
#6

Re: Subsidio y Depósito bancario

Pues de los bienes que tengas, distintos de la vivienda habitual y que no te generen una renta (esto es: una vivienda alquilada te genera una renta; una segunda vivienda, no. Una cuenta bancaria genera renta, un fondo de inversión no, hasta que se vende) se toma una renta presunta al tipo de interés legal del dinero.
Con un lenguaje más oscuro, el Sepe te lo explica:
https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/que-se-considera-renta.html
"También se considerarán rentas los rendimientos que puedan deducirse del montante económico del patrimonio, aplicando a su valor el interés legal del dinero vigente, con la excepción de la vivienda habitualmente ocupada por la persona trabajadora y los bienes cuyas rentas hayan sido computadas. "
Por tanto, se supone que reciben de Hacienda  no solo la información de los rendimientos del IRPF, también sobre tu patrimonio, y de ahí deberían calcular ese rendimiento presunto para viviendas, fondos, seguros,etc que no hayan generado una renta en el IRPF.
Si tienes 100.000 euros en distintos fondos, pues suponiendo 3% de interés legal ( https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/productosservici/relacionados/tiposinteres/guia-textual/tiposinteresrefe/Tabla_tipos_de_interes_legal.html )
te generan 3.000 euros/año o 250/mes de interés presunto que se toman para ver si pasas el límite de rentas que da derecho al subsidio, y así para cualquier cantidad que tengas.
#7

Re: Subsidio y Depósito bancario

Ok, entendido, muchas gracias por la información tan exhaustiva. Nada que ver con la que me dieron en el SEPE, donde en ningún  momento me hablaron de los rendimientos presuntos.  Si les llego a hacer caso a ellos, acaban retirándome el subsidio.
Más  dudas: Un fondo de inversión con titularidad compartida con mi cónyuge, ¿el rendimiento presunto para mi es el total o sólo la mitad?
Y la última: La beca para estudios universitarios que eventualmente se le conceda a mi hijo, ¿se considera renta mía dado que se ingresa en mi cuenta? (Doy por hecho que no, pero he visto informaciones confusas al respecto).

Muchas gracias por tu tiempo.
#8

Re: Subsidio y Depósito bancario

si estás con el subsidio de mayores de 52 años, entiendo que solo computan la mitad de los ingresos del matrimonio y nada de los del  hijo. La beca será imputable fiscalmente al hijo, otra cosa es que además está exenta.

Si es el subsidio por responsabilidades familiares, entonces entrarían todos.
#9

Re: Subsidio y Depósito bancario

Gracias!
#10

Re: Subsidio y Depósito bancario

Hola.
Es mejor tener el dinero en un producto financiero : Depósito o cuenta remunerada , al 0,1% por ejemplo ,que en donde apliquen interés presunto, en el primer caso te aplican a pesar de obtener unas ganancias de 100€ al año para el cálculo  de rentas  100/12 = 8,33€/ mes, y en el segundo caso en el que no has obtenido ganancia y has perdido poder adquisitivo te aplican en rendimiento presunto del 3% , 3000/12 = 250€ al mes, haciendo cálculos si tienes 270.000€ en cuenta corriente y le aplican el interés presunto ya llegas a 675€.
No sabía @bacalo que en cuenta corriente le aplican interés cero, pensé que le aplicaban interés presunto.Gracias y un saludo
#11

Re: Subsidio y Depósito bancario

Pues a pesar de tleer odo el hilo de respuestas, sigo sin tener claro que tiene en cuenta el SEPE a efectos de subsidio de mayores de 52 años. Si tienes el dinero en una cuenta remunerada por ej. al 0,6% o al 0%en una cuenta corriente,  el SEPE que considera ingreso el 3% o el 0.6% del dinero que tengas en la cuenta remunerada? si la tienes al 0% se aplica el 3%? En caso de pago de interés anual ese interés entiendo que se divide entre 12 para el cálculo del límite de 675? A ver si un alma caritativa me lo aclara definitivamente porque de verdad que no encuentro una respuesta clara y el que el SEPE compute el ingreso presunto o real puede hacer que a mucha gente le retiren el subsidio.  Gracias anticipadas.
#13

Re: Subsidio y Depósito bancario

Yo creo que las cuentas a la vista sin intereses el SEPE no las considera un rendimiento presunto  
#14

Re: Subsidio y Depósito bancario

No tienen ninguna legislación especial que las exceptúe.
Otra cosa es que el SEPE tenga forma de saber de su existencia o el importe que hay en ellas.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#15

Re: Subsidio y Depósito bancario

A una cuenta con interés 0% no se le puede calcular el rendimiento presunto porque ya lo tiene , no como a los bienes que en el futuro puedan dar un rendimiento .
Guía Básica