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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#2649

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Acabo de volver a Barcelona y he quedado mañana con la directora de la sucursal. Ya os diré lo que me diga. Nos vemos el sábado.

#2651

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

El lunes tuve una visita con un abogado(especialista en litigios bancarios) y le dejé toda la documentación para su estudio y hoy me ha dado su parecer. Era la primera vez que hablaba con uno por lo que desconozco si todos tienen la misma actitud. Parco en palabras y sin dar muchas explicaciones.
De entrada no me ha vendido ninguna moto del tipo "es un caso claro, lo ganaremos con facilidad", etc. Por supuesto la vía es anulación contrato pues el blindaje que se han puesto para no demandar por las quitas y canjes es muy fuerte. Por supuesto le he dicho que mi idea es esperar a ver de cuanto es la quita y las alternativas y me ha dicho una cosa con la que no contábamos. Para un juez, puede verse mal, es una cuestión de imagen, el que una vez que no aceptas el canje, te quieras escapar por la vía de la anulación de contrato pues si consideras que te han engañado con este producto se tenía que haber demandado mucho antes. También me ha dicho que una vez interpuesta la demanda, en ocasiones, la propia entidad intenta llegar a un acuerdo.

#2652

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

hola Pilarbcn,
la abogada a la que yo he acudido también es especialista en contratación, no es parca en palabras, ya comenté que es muy cercana y agradable, aunque coincide en que nunca hay garantia de ganar los juicios, dependen de muchos factores, aunque tengamos la razón, y ellos(los abogados) no se mojaran dando el 100% de garantias.
esta cuestión planteada por el abogado que has consultado, ya la habia pensado,pero has de reconocer, que nuestra decisión es dificil,si decidimos lanzarnos y pleitear,suponiendo que la presión ejercida por todos los grupos, asociaciones, y plataformas tenga algun tipo de exito y decidan hacer la quita menor, al tener interpuesta la demanda, hemos de esperar hasta el dictamen y puede ser que entonces la voluntariedad del canje haya pasado ya a ser obligatoria.si decidimos esperar, es posible que el juez piense que decidimos pleitear porque no nos gusta la solución, pero incluso asi, estamos en nuestro derecho, ya que la explicación que yo al menos daria,seria que una demanda es costosa y sin saber como aplicaran o no, el decreto(ya que no esta claro del todo)es un riesgo añadido.
De todos modos, hay también otra justificación, yo por lo menos debo esperar el dictamen de la CNMV a la que ya lllevé toda la documentación, no porque piense ni remotamente que puedan solucionarme nada, sino porque es un tramite que hay que seguir.
yo sigo a la espera que mi abogada se haya leido toda la información que le he enviado a lo largo de este mes de vacaciones.
esperare su llamada hasta el lunes y entonces la llamaria yo, quiero saber también lo que opina ella ahora con todo lo nuevo que ha acontecido.

ya os explicare.

saludos

#2653

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

alguién coincide conmigo, que se huele en el ambiente que podrian replantearse el buscar una solución mas satisfactoria para todos?preferentes y subordinada,
leo y releo, las noticias que colgais muchos de vosotros, otros foros de economia, distintos blogs y voces que cada dia se alzan con mas fuerza.
Mirad, hoy me permito un voto de optimismo, creo que al final la situación pasara del indigo al azul cielo.
digo y repito, HOY, mañana Dios dira.

#2654

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola mmareaserena,

Tu olfato no te engaña. No confío en soluciones políticas pero teniendo en cuenta que son unos cobardes y que quieren seguir mandando algo se sacarán de la chistera, piensa que a los funcionarios no paran de repetirles que les devolverán la paga que les han quitado, el irpf lo bajarán cuando puedan, es evidente que quieren buscar soluciones no por si mismas ni por nosotros sino por ellos...
Saben que enfrentarse a más de 1 MILLÓN DE POSIBLES PERJUDICADOS por una quita salvaje se les puede ir de las manos con mucha facilidad y además supone perder esos votos más los de familiares directos...
Veremos como acontece en breve igualmente tenemos que tener todos las armas legales afiladas por si no hacen bien los DEBERES...

#2655

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

pues si mi buen amigo, eso pienso yo también,creo que entre todos los "granitos" de arena de esta gran playa, se esta construyendo un gran castillo y ese tiene también su fortaleza, y en ella resistimos todos los que hemos sido engañados primero, estafados despues y ahora vilipendiados,por razones politicas unos, por ganar votos otros, por solidaridad los mas,nos estan apoyando y eso ya empieza a ser visible, y me alegro compañero de no ser yo sola la que lo haya percibido.

#2656

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Mmareaserena, pilarbcn y cualquier otra persona interesada en conocer mi opinión al respecto de la demanda judicial por estafa.

Se entiende que un juez , ante la petición de nulidad de un contrato lo primero que hará será comprobar que este petición se ha hecho a la entidad que esta obligada a antender dichas reclamaciones primero y que en segundo lugar se habrá acudido al organismo encargado de la supervisión e inspección de los mercados de valores españoles también conocida como CNMV.

Con las dos respuestas el juez ya tendrá lo necesario para poder evaluar "los hechos" , sin ellos no creo que siquiera admita la demanda.

Precisamente el rankiano W.petersen escribió un detallado articulo sobre este tema, que recomiendo a todos leer...

https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1435498-servicios-reclamaciones

El recurrir tanto al SAC como a la CNMV , parece del todo inútil en el caso que nos ocupa ,pero es de sentido común que si se va a demandar a una entidad por no haber cumplido con lo que la ley exige, antes la persona demandante debe haber cumplido con ella.

En el formulario que la CNMV pone a disposición del publico para reclamar se indica que .....

http://www.cnmv.es/DocPortalInv%5CManuales%5CES-Formulario_Reclamacion.pdf

"El reclamante hace constar que las cuestiones planteadas en la reclamación no han sido objeto de litigio o impugnación ante los tribunales de justicia, ni se encuentran pendientes de resolución por parte de un órgano administrativo, arbitral o judicial. (Márquese con una X)"

Como decía un "forero" que pasa por aquí de vez en cuando ,, no me hagáis mucho caso...

http://youtu.be/FGI7zit3dz4 CHANTAJE EN CATALUNYA CAIXA
http://www.goear.com/listen/e3c790a/las-seis-preguntas-de-catalunyacaixa-catalunyacaixa
79 minutos de explicaciones,,¿es cliente de CatalunyaCaixa,?,, escuchelo....no se arrepentira.

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