""""pero me temo que los bonos iran bajando de 100""" Poner una expresión asi, es de risa. Algunos solo tienen dinero.
Es como decir yo soy el mas listo el primer dia vendo a 100% y después bajara a X, por ejemplo 50%.
""""La Entidad de Liquidez no garantiza, avala, ni establecen pacto de recompra, ni asume responsabilidad alguna respecto del buen fin de las Obligaciones Subordinadas Eroski. Asimismo, la Entidad de Liquidez no asume ni realizan ningún juicio sobre la solvencia ni capacidad de pago del Emisor, ni asume responsabilidad alguna sobre la exactitud, veracidad o suficiencia del contenido del Folleto.""""
Entidades de Liquidez.
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (908.757 €), con domicilio social en Plaza San Nicolas 4, 48005 - (Bilbao), Vizcaya. Contrato suscrito con el Emisor con fecha 4 de enero de 2016.
- Caja Laboral Popular, Coop. de Crédito (653.463 €), con domicilio social en José María Arizmendiarrieta 2, 20500 (Arrasate/mondragon) – Gipuzkoa. Contrato suscrito con el Emisor con fecha 11 de enero de 2016.
- Banco Santander, S.A. (106.141 €), con domicilio social en Po Pereda 9 - 12 39004 (Santander) – Cantabria. Contrato suscrito con el Emisor con fecha 4 de enero de 2016.
- Kutxabank, S.A. (174.799 €), con domicilio social en Calle Gran Vía 30-32, BILBAO. Contrato suscrito con el Emisor con fecha 7 de enero de 2016.
- Caixabank, S.A. (156.841 €), con domicilio social en Av. Diagonal, 621, 08028 - (Barcelona). Contrato suscrito con el Emisor con fecha 12 de enero de 2016. TOTAL DOS MILLONES DE EUROS
La diferencia entre los precios de oferta y demanda cotizados por la Entidad de Liquidez, en términos de T.I.R., no será superior al diez por ciento (10%) de la T.I.R. correspondiente a la demanda, con un máximo de cincuenta (50) puntos básicos en los mismos términos y nunca será superior a un tres por ciento (3%) en términos de precio. El cálculo de la T.I.R. se realizará conforme a los estándares de mercado en cada momento.""""""""""""""""
Da la sensación de que piensas de que por decreto ley el primer dia cotizaran al 100% porque si, pues no. El folleto canta la información.
El primer dia no venderas tus bonos ni al 100% ni al 90%, sino que la posición será otra muy diferente.
Debes decir " venderé mis bonos al precio que me paguen el primer dia" Piensa que el derecho de suscripcion tiene rango estatico del 100% y en este caso dice que la TIR no puede ser superior al 10% anual y sabiendo que el bono subordinado vto 1 febrero 2028 es con una rentabilidad del 3,06% anual.
No se debe dar información de relevancia financiero-fiscal.