Re: Una asociación de jueces pide que se acepte la dación en pago y con carácter retroactivo
Pues mirar como se esta poniendo la cosa
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha rechazado el recurso de nulidad planteado por BBVA contra el auto dictado por este tribunal el 17 de diciembre de 2010 en el que concluía que, con la entrega de la vivienda al banco, el hipotecado saldaba su deuda.
La Sección Segunda rechaza que BBVA califique de "irrazonable o arbitrario" el auto recurrido y señala que "no parece irrazonable o arbitrario mantener que, si el banco se queda con un inmueble que él mismo valora en una cantidad superior al principal del préstamo, al menos en dicha parte del crédito esté resarcido".
"Podrá ser una valoración jurídica de la Sala con la que discrepa la parte, pero no es irrazonable o arbitraria", indica.
Asimismo, defiende que el auto recurrido por el banco está "fundado en derecho" y recuerda que se han dictado resoluciones judiciales en el mismo sentido por otros órganos judiciales, y apunta que incluso un Juzgado de Sabadell ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad.
En este sentido, reconoce que su resolución "ha abierto un intenso debate social y doctrinal, ciertamente para nuestra sorpresa, con posturas a favor y en contra, pero que no cabe tildar, ni unas ni otros, de irrazonables o arbitrarias".