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Negociación de rebaja de suelo hipotecario o clausula suelo

806 respuestas
Negociación de rebaja de suelo hipotecario o clausula suelo
2 suscriptores
Negociación de rebaja de suelo hipotecario o clausula suelo
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#385

Re: Negociación de rebaja de suelo hipotecario o clausula suelo

Buena tardes a tod@s;

A ver si me podeis orientar un poco, llevo cuatro años pagando un 3% de interes (suelo) por mi hipoteca, estando el euribor + diferencial bastante mas bajo, se de oidas que hay gente que ha solicitado via judicial la anulación de este suelo, e incluso la reclamación de los pagos indebidos. Teniendo en cuenta que ese porcentaje suelo está incluido y por supuesto firmado en la hipoteca, ¿Hay alguna posibilidad de reclamar con éxito?,En caso que se pueda, ¿como se debe proceder?. La entidad es Unicaja.

Gracias de antemano.
Saludos.

#386

Re: Negociación de rebaja de suelo hipotecario o clausula suelo

Hubo un sentencia de una reclamación contra varios bancos, por parte de una agrupación de consumidores la cual creo que se ganó en primera instancia, pero en el recurso se revocó (creo) .... el forero que está mal al día de esta historia es "Deshipotecador", aún cuando algunos foreros no convienen en sus planteamientos, y algunos solo convenimos en parte, pero vamos información si tiene, porque "está muy puesto en el asunto".

#387

Re: Negociación de rebaja de suelo hipotecario o clausula suelo

Gracias Petersen echare un vistazo a ver si aclaro algo.
Saludos.

#388

nuevo golpe a las cláusulas suelo de las hipotecas, ahora desde la audiencia provincial de burgos

nuevo golpe a las cláusulas suelo de las hipotecas, ahora desde la audiencia provincial de burgos
viernes, 30 marzo, 2012 - 09:46
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122publicado por equipo@idealista
la audiencia provincial de burgos ha dictado una nueva sentencia contra las cláusulas suelo, aquellas que limitan las bajadas de los tipos de interés en las hipotecas a tipo variable. el fallo declara nula, por abusiva, la cláusula suelo de una hipoteca de la caja rural de burgos por la desproporción en el suelo (5,50%) y el techo (17,50%) que estipulaba

según la sentencia, “la existencia de pactos de limitación de intereses variables -las cláusulas suelo y techo- en la concentración de préstamos hipotecarios está prevista y regulada”. su viabilidad legal “es incuestionable”, pero “ello no impide que sean sometidas a un control de abusividad por los tribunales”

en este caso, el tipo de la hipoteca ascendía en el momento de la contratación al 5,779%, el suelo hipotecario se fijó en el 5,50% y el techo en el 17,50%, por lo que “haría falta que los tipos subieran un 11,706% para que el consumidor tuviera beneficio, que el banco tendría con la rebaja de poco más de dos centésimas”, señala la sentencia. “las limitaciones al alza y a la baja no son semejantes, porque la relación es desproporcionada”

desde la organización de consumidores (ocu) se celebra esta nueva sentencia que declara abusiva una cláusula hipotecaria y que espera que le sirva de apoyo en su lucha contra este tipo de producto.

http://www.idealista.com/news/archivo/2012/03/30/0427041-nuevo-golpe-a-las-clausulas-suelo-de-las-hipotecas-ahora-desde-la-audiencia-provincial-de-burgos

#389

Re: nuevo golpe a las cláusulas suelo de las hipotecas, ahora desde la audiencia provincial de burgos

Buenos dias Deshipotecador;

Entiendo por los que comentas que para reclamar algo de lo que expongi en mi entrada de mas arriba (385), es necesario hacerlo por vía judicial, no conseguiré nada negociando directamente con el banco ¿Verdad?.

Gracias de antemano.
Saludos.

#390

Re: nuevo golpe a las cláusulas suelo de las hipotecas, ahora desde la audiencia provincial de burgos

Negociando si se puede conseguir algo, depende del precio que te apliquen, pero van a pedir algo a cambio, como por ejemplo algún depótito que tengas en otra entidad o sea el "quid pro quo"

#391

Re: Negociación de rebaja de suelo hipotecario o clausula suelo

Escribo para daros a conocer que existe otra vía por la que se puede reclamar con base legal más que suficiente la eliminación del suelo-techo e incluso lo cobrado de más, sin tener que llegar a juicio. Lo he comentado en otro hilo que trataba sobre un problema concreto pero me parece que debe estar aquí también.
Después de haber leído y leído y leído está claro que las reclamaciones a Atención al cliente basadas en la abusividad de las cláusulas suelo-techo, la desproporción entre ambos límites e incluso las que hacen referencia a la usura nunca o casi nunca han conseguido nada. Ese argumento sí ha sido válido en sede judicial, conocemos varios casos en los que un juez ha declarado las cláusulas nulas por abusivas, pero eso solo lo puede decir un juez, no lo va a aceptar el propio SAC de la entidad ni el Banco de España (de hecho en su memoria hace referencia expresa a que la abusividad o no de las cláusulas solo la puede establecer un juez), de manera que creo que ni si quiera merece la pena intentarlo por ahí a menos que se demande judicialmente.
Sin tener que recurrir a juicios una manera de la cual se ha hablado algo aquí pero creo que no mucho es la TRANSPARENCIA en la contratación de la hipoteca, concretamente la obligación de las entidades a informar al usuario de las condiciones económicas y financieras con carácter previo a la firma de la escritura. Básicamente se trata de lo siguiente:
- Hipoteca de antes de 8 de Diciembre de 2007, importe hasta 150000 euros: OBLIGADA oferta vinculante que recoja las condiciones económicas y financieras del préstamo (tiene que coincidir con lo que se firma en escritura, claro) firmada por el cliente AL MENOS TRES DÍAS ANTES de la firma de la escritura de la hipoteca (Orden de 5 de mayo de 1994 sobre Transparencia de las Condiciones Financieras de los Préstamos Hipotecarios, cuyo incumplimiento podrá ser sancionado de acuerdo con lo previsto en la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito: artículo 5 (Oferta Vinculante), apartados 1 y 2 :
“La oferta se formulará por escrito, y especificará, en su mismo orden, las condiciones financieras correspondientes a las cláusulas financieras señaladas en el anexo II de esta Orden para la escritura de préstamo. La oferta deberá ser firmada por representante de la entidad y, salvo que medien circunstancias extraordinarias o no imputables a la entidad, tendrá un plazo de validez no inferior a diez días hábiles desde su fecha de entrega”.
“En el documento que contenga la oferta vinculante se hará constar el derecho del prestatario, en caso de que acepte la oferta, a examinar el proyecto de documento contractual, con la antelación a que se refiere el número 2 del artículo 7, en el despacho del Notario autorizante”.
el artículo 7, punto 2, referente al plazo:
“El prestatario tendrá derecho a examinar el proyecto de escritura pública de préstamo hipotecario en el despacho del Notario al menos durante los tres días hábiles anteriores a su otorgamiento”.

- Hipoteca a partir de 2007 (8 de diciembre), CUALQUIER IMPORTE, obligada oferta vinculante firmada por el cliente AL MENOS TRES DÍAS ANTES de la firma de la escritura de la hipoteca (Ley 41/2007, de 7 de Diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de Marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario (BOE del 8 de diciembre de 2007):
"La información relativa a la transparencia de los créditos o préstamos hipotecarios, siempre que la hipoteca recaiga sobre una vivienda, se suministrará con independencia de la cuantía de los mismos".

Todo el que tenga cláusulas suelo-techo tiene que buscar la oferta vinculante (el documento puede estar incluido en la escritura o aparte). Si la entidad estaba obligada y no la ofrecieron, debéis solicitarla formalmente al banco.
Si os la dan pero no está firmada por ti: reclamad.
Si no os la dan: reclamad (porque quizás no exista).
Si os la dan pero entre la fecha de la firma de la oferta vinculante y la de la firma de la escritura hay menos de tres días hábiles: reclamad.
Si os la dan, o la tienes, y hay al menos tres días entre que la firmaste y la escritura, la operación se realizó con transparencia y conforme a ley y no tenéis mucha base para reclamar, en mi opinión únicamente os quedaría la via judicial para que un juez estime si las cláusulas suelo-techo son abusivas en cada caso.
Quien ha conseguido que le anulen la cláusula suelo via reclamación lo ha hecho con el argumento de la falta de transparencia (fundamentalmente con motivo de la oferta vinculante), y en (casi) ningún caso con el argumento de la falta de reciprocidad y la abusividad. Esto último, los jueces.
Un saludo
PD Como no sé cómo se suben archivos no os puedo subir una carta tipo (la que he usado yo) ni el BOE a que os hago referencia (podeis buscarlo en boe.es, 8-12-2007, página 50596)

#392

Re: Negociación de rebaja de suelo hipotecario o clausula suelo

a mi me dieron la oferta vinculante sin firmar,ni por nosotros,ni nadie del banco.
en papel impreso por ordenador del propio banco,y,en boligrafo:"tipo maximo 12%-tipo minimo 4%"
me lo dieron 20 dias antes de firmar la escritura.
en mi caso,no cumple esto:
"La oferta se formulará por escrito, y especificará, en su mismo orden, las condiciones financieras correspondientes a las cláusulas financieras señaladas en el anexo II de esta Orden para la escritura de préstamo. La oferta deberá ser firmada por representante de la entidad"
que hago?y,gracias por la informacion.