Contesto a Mbmbmb:
<< El hijo no es nudo propietario de una parte>>
Le tengo que repetir que tengo la Nota Simple del piso que tienen en la finca y allí el único propietario es el que firma de presidente y el hijo no figura por ninguna parte.
<<ni existe otro propietario que haya podido dar una autorización de asistencia al hijo?>>
Es obligación del ador advertir al comienzo de la junta de quien representa a quien.
<< Dime exactamente donde dice en la LPH que el presidente tenga que hablar o dirigir la Junta de propietarios>>
En general Ud se inventa cosas q yo no he escrito aquí, yo no he escrito que el presidente tenga la obligación de hablar o dirigir la Junta de propietarios, lo que digo es que otra persona q no es el presi y q no es propietario está interviniendo/ejerciendo DE HECHO de presi en la junta sin serlo, y no pq el presi tenga la obligación de hablar o no hablar en una junta, de acuerdo, el presi en una junta no tiene pq hablar, puede ser pasivo, le deja esa tarea al ador, pero ocurre q hay otro q si toma parte activa de presi ejerciendo/intervieniendo de presi y además sin serlo y eso es comprobable en ese momento en cuanto halla alguien allí mismo que se lo diga y quede constancia allí mismo de ese hecho y eso se podría demostrar con testigos.
<< En ningún sitio en la LPH dice que no puedan hablar quienes no son propietarios>>
No tiene Ud razón, la LPH sí dice q los meros acompañantes de un propietario, tienen q estar callados y además tiene una lógica aplastante. Imagínese Ud q cada asistente llevase un acompañante no propietario para q lo q defienda un propietario su acompañante lo repita aún más alto. ¿No comprende Ud q esta es una situación absurda?.
Por lógica es una cosa q no se suele dar pq la gente es consciente de ello, es respetuosa y asisten solos o acompañados únicamente de su esposa/o pq tb son propietarios. Pero claro si alguien lo hiciese (que un mero acompañante de un propietario hablase en la junta) ya se establece una barra libre y el resto podrían hacer lo mismo y como dije antes, se crearía el tumulto.
Otra cosa es que alguien de fuera, intervenga como pueda ser un arquitecto etc, para eso está el ador q en esos casos avisa a los allí presentes del objeto de tal visitante.
<< Los que no son propietarios no pueden votar pero si pueden hablar>>
¡Mentira! Los que no son propietarios únicamente pueden hablar cuando van a la junta con la autorización de tal propietario que no pudo asistir, pero si en ese momento llega el propietario, ese representante pierde la condición de representante y debe pasar a ejercer de mudo.
<< lo que pretendes es no dejar hablar a alguien en una reunión>>
Dice Ud cosas muy genéricas pero no concreta nada, ya he explicado quien puede y quien no puede hablar en una junta.
<< La solución a esta situación … es presentarte tu a presidente>>
Eso ya es un problema mio y sobre ese punto yo a Ud no le he pedido opinión, le agradecería q no me dé consejos.