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Dudas con artículo 9 y artículo 18 de la LPH

6 respuestas
Dudas con artículo 9 y artículo 18 de la LPH
Dudas con artículo 9 y artículo 18 de la LPH
#1

Dudas con artículo 9 y artículo 18 de la LPH

 
Buenos días, 

 A ver si me podéis ayudar. Estoy muy perdida :(

Se requiere realizar unas obras de carácter comunitario en varias viviendas de mi edificio. Estas obras suponen un coste elevado y los vecinos han decidido en Junta que tenemos que ser los vecinos afectados los que paguemos la derrama.

 ¿ Es esto legal? Según el artículo 18, las decisiones tomadas en junta pueden ser revocadas si suponen un grave perjuicio para uno o varios propietarios. Creo que esto se cumple en mi caso. ¿Pueden los vecinos decidir "por su cara bonita" que sólo unos vecinos tienen que pagar una obra de interés comunitario?  
 
Además,  como los vecinos afectados nos hemos negado, hemos recibido la notificación de la administración de que las obras comenzarán el lunes y que ya se verá luego quién lo paga, que no tenemos que pagar nada de momento. Como veréis esto no es más que una estratagema para que se haga la obra y luego volver a votar en junta, en la que van a volver a votar que lo asumamos los 4 afectados. En caso de tenerlo que asumir, ¿puedo reclamar un presupuesto personalizado y elegir yo quién hace la obra? Puede que tenga que pagar yo pero pretenden que pague 6 veces lo que cobran por lo mismo en el mercado y sin posibilidad de que lo haga otra empresa... 


Según el artículo 9 de la LPH, sé que no puedo negar la entrada a mi vivienda para realizar reparaciones comunitarias. Pero mi pregunta es, ¿puedo negarme a que entren antes de que se haya determinado quién tiene que pagar la obra y en caso de que sea yo, poder pedir varios presupuestos y hacerlo por mi cuenta? Yo no me niego a hacerlo, por supuesto, pero hasta que no se aclare quién va a pagar, me niego a que nadie entre en mi casa y ya han comenzado con las amenazas. 

¡Mil gracias!!

#2

Re: Dudas con artículo 9 y artículo 18 de la LPH

Que obras hay que realizar?
#3

Re: Dudas con artículo 9 y artículo 18 de la LPH

Hola Jabarrio! Mil perdones por no contestarte. Pensé que nunca se había llegado a publicar mi mensaje y desde el PC he logrado ver que sí, hasta hoy. 

La obra: hace un año y medio más o menos acordamos la renovación de la fachada. La empresa contratada comenzó las obras sin haber obtenido la licencia del Ayuntamiento y cuando ya habían realizado la mitad del edificio el Ayuntamiento dijo que otorgaba la licencia siempre y cuando los AACC estuvieran ubicados debajo de la ventana. Ahora pretenden que los vecinos con aire mal ubicado paguemos otra vez por la reubicación del aire y los daños ocasionados en la nueva fachada (tapar los agujeros). 

Lo que digo yo es: 

- yo he pagado por la fachada y porque me coloquen el aire. Si la empresa ha actuado mal debería asumir a coste cero las obras. Yo no tengo que pagar dos veces por errores de terceros. 
- En caso de tener que pagar. Las obras son para lograr la licencia y obtener el ITE. Por lo tanto es una necesidad de la Comunidad. ¿Pueden los vecinos decidir que una obra comunitaria se paga solo entre varios vecinos? En mi opinión es contrario a la ley. Es como si yo digo que los del 5º tienen que pagar el ascensor. 
- Si tengo que pagarlo yo, y por lo tanto no es comunitario: tengo el derecho de hacerlo con la empresa que yo quiera. ¿no? Para más INRI pretenden que paguemos, nos imponen la empresa que lo debe hacer y pretenden cobrarnos un ppto 6 veces superior a lo que se cobra en el mercado. 


¿Alguna idea de cómo proceder? 

¡Muchas gracias! 
#4

Re: Dudas con artículo 9 y artículo 18 de la LPH

El problema es de la empresa inicialmente ya que deberían tener mínima idea de lo que hacen por lo tanto que corran co  el error que es suyo.

La ITE es del edificio por lo tanto pagan todos guste o no.

En cuanto a presupuestos yo tuve una a cara de perro con un vecino y sus adeptos en la que pretendían que el cuñado de turno hiciera la reforma en el portal como imaginarás jamás se hizo.

Ante todo firmeza....
#5

Re: Dudas con artículo 9 y artículo 18 de la LPH


Yo creo que debe hacerse cargo la comunidad, no los vecinos con el AACC mal ubicado. La responsabilidad del constructor es discutible dado que la obligación de obtener licencia es de quien hace la obra, o sea la comunidad.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Dudas con artículo 9 y artículo 18 de la LPH

Muchas gracias por tu ayuda Jabarrio. Investigaré lo del ITE. Ya que el problema radica en que no quieren admitir ante la comunidad que no tienen la licencia, y están presionando con el ITE. 

¡Gracias! 
#7

Re: Dudas con artículo 9 y artículo 18 de la LPH

¡Muchas gracias Juan Lackland por tu ayuda! me parece muy interesante lo que dices de que al final, la comunidad es responsable de obtener la licencia. Yo creo que lo que sucedió fue lo siguiente: 

La comunidad contrató una empresa para reformar la fachada e iniciaron los trámites para obtener la licencia. La empresa les diría que era sólo cuestión de tiempo que nos la dieran y que mejor comenzar ya las obras. Cuando iban por la mitad y les rechazaron el proyecto a falta de poner bien los aires acondicionados, la empresa les dijo que ok, pero que eso suponía un coste y ellos (administrador y presidente) en vez de admitir el error ante los vecinos, nos echaron la culpa a los afectados y pretenden que lo paguemos nosotros. 

Como no pueden admitir que no tenemos licencia (yo lo sé porque me he informado en el ayuntamiento pero los vecinos no tienen ni idea), han tirado con lo del ITE para hacernos culpables a los vecinos afectados de no poder acceder a las ayudas gubernamentales. Seguiré peleando e intentando que admitan la verdad... 


¡Muchísimas gracias, de verdad! He intentado buscar temas relacionados y es tan enrevesado que es difícil saber cómo proceder.