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¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

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¿Puedo reclamar por vicios ocultos?
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¿Puedo reclamar por vicios ocultos?
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#16

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Yo compré, hace años, una vivienda que tenía más de 60 años y en su origen tenía tuberías de plomo. Lo cierto es que mucho antes de que yo la comprara, pusieron tuberías nuevas de cobre.  Hay alguna vivienda de mi edificio que sigue con el plomo original porque está en buen estado. No todas las tuberías se estropean a los 40 años.
De todas formas, hace 40 años ya se usaba mayoritariamente el cobre.
Por cierto, de los vicios ocultos se responde aunque se ignoren. No estamos acusando de nada al vendedor.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#17

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Gracias por la respuesta,a mí me interesa conocer si al hacer una reclamación en un caso como este,se suele dar la razón al comprador que no sabe cuál es  el estado de la vivienda hasta que entra a vivir en la misma o al vendedor que no manifiesta claramente los defectos y mal estado de las instalaciones y que busca vender y cobrar un precio acordado,al igual que la inmobiliaria que busca cobrar su comisión por la venta.
Porque aquí me parece que el comprador firmó un documento,como indicaba en el primer comentario, en el que afirmaba conocer el estado de la vivienda a la hora de comprar la misma.
Por eso que no sé si lo que pueda ganar por un lado con la reclamacion merece la pena después de haber firmado esos documentos,que los profesionales inmobiliarios suelen conocer mejor el terreno y en caso de duda ya suelen tener todo bien atado,cosa que el comprador como no suele verse en estos temas, está en inferiores condiciones ante estos vicios ocultos, desperfectos y posibles reclamaciones.
Un saludo y gracias por la respuesta.

#18

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Firmar un documento en el que afirmas conocer el estado de la vivienda y lo aceptas, no te obliga frente a vicios ocultos que, como su nombre indica, no es posible conocer a priori.

No tengo datos para saber si en estos casos mayoritariamente gana el comprador o el vendedor. Acudir a los tribunales siempre es un poco "lotería". 
De todas formas, creo que estos asuntos es mejor solucionarlos amigablemente sin llegar a los tribunales,. Si yo vendo una vivienda en la que se hace necesario cambiar las tuberías y así me lo acredita el comprador, me sentiría en la obligación de costear al menos una parte de la reparación.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#19

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Veo que no nos ponemos de acuerdo, en los tiempos que corren parece que para salir de casa debes tener un abogado que te asesore en todo momento.
Estaría bien que alguien que haya llevado a los tribunales un caso como el mio diera su opinión.

Aquí dejo un texto que vi en la web de un despacho de abogados:

Pero, ¿Qué se entiende por vicios ocultos? Según la doctrina jurisprudencial, para que surja la responsabilidad del vendedor por tales defectos ocultos han de concurrir los siguientes requisitos:

1º) El vicio ha de ser oculto; no debe tratarse de un defecto manifiesto o que se encuentre a la vista.
No obstante, el carácter oculto del vicio no concurrirá en aquellos casos en que a pesar de no encontrarse a la vista, el comprador debía conocerlo por razón de su profesión u oficio.
Ello ocurriría, por ejemplo, en el caso de una compraventa de un vehículo de segundo mano cuando el comprador sea mecánico de profesión y en consecuencia podría haber conocido el estado real del mismo.
En el mismo sentido, los defectos existentes tampoco podrán ser considerados como vicios ocultos cuando el comprador por cualquier razón, tiene efectivo conocimiento sobre el mismo, habida cuenta que, en tal caso, habrá tenido la oportunidad de pactar el precio que le convenga en función de las características reales del bien objeto de la compraventa.

2º) El vicio ha de ser preexistente a la venta; el vicio ha de existir en el momento de perfeccionamiento del contrato, aunque el mismo salga a la luz con posterioridad a la celebración del mismo. De ahí que el comprador debe probar no sólo la existencia del vicio, sino también que existía al tiempo de la perfección del contrato ya que de no ser así el vendedor no responderá sobre el mismo.

3º) El vicio ha de ser grave; se requiere que el defecto revista cierta gravedad, ya que únicamente se considerará como tal si provocan que el objeto de la compraventa devenga inútil total o parcialmente para el uso que le es propio o que disminuya en tal medida su valor que el comprador de haberlo conocido o bien no lo hubiera adquirido o hubiera pagado un precio menor.

A modo de ejemplo, la jurisprudencia ha considerado como vicios ocultos, entre otros, los que a continuación se exponen:

- Fugas de agua en una vivienda que provocaron humedades, atendiendo a que las tuberías no estaban a la vista y sólo pudieron apreciarse dichos defectos una vez el comprador tomó posesión de la misma y procedió a abrir la llave de paso del agua.


 
 ¡Pero claro! ¿Quien me asegura a mí que vaya a ganar el juicio?. Pienso que un banco o fondo de inversión de asesoramiento legal irá bien servido y estos temas los tendrán bastante estudiados.    






#20

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Nadie te asegura que vayas a ganar el juicio, ni lo contrario. De todas formas, reclamar no implica que necesariamente se acabe en juicio, a veces las cosas se solucionan hablando.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#21

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Mirar dejo mi opinión sin ser abogado pero: si has ido a ver la vivienda varías veces y has comprado a cuerpo cierto creo que poco hay que rascar. Es normal que una vivienda de cierto tiempo necesite reformas pero no creo que tenga que pagarlas el antiguo propietario ya que sino probablemente el precio de venta fueses otro. De todas maneras prometo manda un burofax tanto a la inmobiliaria como al antiguo propietario pidiendo el coste de reparación ( supongo que tendrás un presupuesto) y a ver qué dicen. Y sino puedes ir vía judicial a un acto de conciliación pero se si valdrá la pena .  Ojalá alguien nos ilumine 
#22

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Claro Juan, yo soy el primer interesado en negociar y así evitarme juicios y dolores de cabeza, lo que no se es si la otra parte piensa lo mismo.
Son sabedores desde el día 15 de enero y aún no tengo noticias del supuesto técnico que iban a enviar. Si hago reclamación vía burofax tendré que advertirles de mi intención de tomar acciones legales si no me dan solución y entonces a ver que pasa.
#23

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Hola pertigaz, según he leído el "cuerpo cierto" se refiere a la superficie no al estado de la vivienda. 
Aquí dejo el texto:

Alcance del “cuerpo cierto”
Se relaciona con el concepto de superficie: El inmueble está definido como un cuerpo delimitado por sus límites constructivos (muros, cercas, vallas…) y se establece un precio alzado. Es decir, el precio no se concreta por metro cuadrado. Es necesario prestar atención porque se presupone cierto que el comprador ha visitado el inmueble, ha comprobado la veracidad de la superficie real, ha aceptado la superficie y el precio acordado por la totalidad de la propiedad. 
#24

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Hola ! He comprado hace una semana una casa fe más de 40 años , pero no me habían dicho que no está conectada a la red de alcantarillado de saneamiento , esto lo puedo reclamar como vicio oculto supongo ! Y además tengo que hacer una acometida hacia la red ! Si a alguien le ha pasado algo parecido y cuenta su experiencia que me lo diga 
Gracias 
#25

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Tendrá una fosa séptica, ¿no?
#26

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Hoy fue el pocero metió la cámara y vio que antiguamente había una fosa pero que el tubo que llegaba a la fosa esta roto , pero que nunca se ha conectado a la red de saneamiento , de hecho deberían haberlo hecho hace años y no quisieron , así que tengo que hacer obra de conexión a la red , y si no quiere pagarlo tendré que denunciarle por vicio oculto 
#27

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Lo primero es leer la escritura por si dice algo. Y saber si en ese municipio es obligatorio la conexión al saneamiento.
En todo caso, la rotura del tubo es un vicio oculto. Conviene hacer fotos y obtener un informe del pocero.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#28

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

"Cuerpo cierto" no alcanza a eso, la expresión parece muy amplia, pero no lo és, salvo error por mi parte, solo alcanza a la cabida a los metros, el cuerpo cierto no te permite reclamar excesos o defectos en medida, catastrales, reales o de registro, ni tampoco los gastos que vas a incurrir en la corrección o ajuste de los mismos. Pero no alcanza a lo demás. 

Reedito: ahora observo que esto ya te lo habían indicado.
#29

Re: ¿Puedo reclamar por vicios ocultos?

Pero cuerpo cierto es lo que debe aparecer en la escritura ? Si no aparece esa expresión si puedo reclamar como vicio oculta ? Y en el
Municipio si es obligatorio estar conectada a la red de saneamiento y eso a mí los dueños no me lo informaron !