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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
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#1171

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenos días.

@ainhoa66@w-petersen, invoco vuestra sabiduría para saber si es pertinente mandar este correo al registro. Primero os cuento la historia.

El caso es que hoy me he presentado ahí con intención de pagar mi factura y retirar la escritura.
  • Primero me han dicho que tenía que pagar mi factura y la del banco. Me he negado y el oficial se ha llevado todo, incluida mi escritura a pesar de recordarles el artículo 431 y 615 del RH (gracias a vosotros).
  • Un par de minutos después ha vuelto a aparecer sólo con mi factura. Parece que se lo ha pensado mejor.
  • He revisado la factura y aparecían cargos poco claros (FAX del Notario, afecciones fiscales, certificados de hacienda). Les he dicho que no me parecía correcto, que me los justificaran.
  • Ha salido la titular del registro. He estado un rato discutiendo con ella. Al final le he dicho que si me aporta documentación de todos los "extras" se los pago. Especialmente gracioso ha sido lo del FAX del Notario. Yo a la Notaría le dije expresamente que no se comunicara para nada con el Registro, y así lo hizo. Cuando les he pedido que me enseñaran ese fax (12 euritos nada menos) se han quedado blancos y callados como tumbas.
  • Al final han dicho de malas formas que van a revisar la factura y ya me avisarán. No me han devuelto la escritura. Para que no se les olvide voy a mandar el siguiente correo. No sé si es pertinente enviar un burofax, nunca lo he hecho.
  • Por cierto, toda la conversación ha quedado grabada en mi móvil.

A la atención de la Sra. Registradora xxxxxxxxxx titular del Registro de la Propiedad xxxxxxxx.

Buenos días.

Hoy xxxxxxxxx me he personado en sus oficinas para retirar la escritura de cancelación de préstamo hipotecario (Protocolo xxxxxx Notario xxxxxxx) y para pagar la factura correspondiente.
No se ha podido realizar por desavenencias en las facturas que me han presentado. Por ello pido que a la mayor brevedad posible:


-Revisen la factura para que se ajuste al servicio que se ha demandado sin añadir elementos que no sean estrictamente necesarios. En su caso, adjuntar la justificación o documentación que explique cada uno de los cargos a facturar.

-Entrega de las escrituras que tienen en depósito para realizar esta tarea. Puesto que la tarea ya está realizada (el levantamiento de la carga), no existe razón para retenerla. 
En la visita de hoy se le ha solicitado explícitamente a un empleado del registro la devolución de dicha escritura, a lo que se ha negado. Le he puesto en conocimiento los artículos de obligado cumplimiento 431 y 615 del Reglamento Hipotecario y aún así no ha accedido. Se los vuelvo a recordar aquí:
(foto del BOE)

En aras de un entendimiento cordial, les pido que a la mayor brevedad posible corrijan la factura respondiendo a los criterios anteriormente expuestos para que pueda proceder al pago, sin menoscabo de la recogida de la escritura, que podré realizar de acuerdo a lo expresado anteriormente en cualquier momento, sin que haya excusa para su retención.

Por otro lado, haciendo uso de mi derecho a grabar conversaciones en las que soy parte interviniente, la conversación ha quedado registrada. Evidentemente no se hará pública bajo ninguna circunstancia salvo requerimiento judicial.

Esperando su respuesta, sin otro particular se despide

xxxxxxxxx
#1173

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Es gracioso porque he encontrado otra factura del mismo registro de hace 12 años en la que me cobraron ¡¡¡3,55€!!! por la cancelación de otra hipoteca. Era otro registrador (el predecesor de la actual) y parece que consideró la cancelación como documento sin cuantía con 0€ pendientes de amortizar.

Pero es que además no incluyó ningún otro extra, ni afecciones fiscales, ni certificados ni documentos inventados. Se ve que eran otros tiempos, ahora todos intentan aprovecharse del pobre ciudadano de a pie.


Se la pienso llevar al registro cuando me vuelva a pasar por ahí. Me ha dicho  la registradora que los criterios están establecidos desde 1989 y que no se han cambiado desde entonces :-)
#1174

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

 Se la pienso llevar al registro cuando me vuelva a pasar por ahí. Me ha dicho  la registradora que los criterios están establecidos desde 1989 y que no se han cambiado desde entonces :-) 

Lo que no ha cambiado desde  1989 son las cuantias de los aranceles, fíjate que son números con decimales cortados, 3,01 (las antiguas 500 pesetas), 6,02 (1.000 pesetas) ... etc., pero si la forma en que lo aplican !!!!!



#1175

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Ya ya, pero ella hacía referencia a que siempre habían aplicado los mismos conceptos, cosa que es totalmente falsa. Cada vez más, tanto Notarios como Registradores, retuercen las normas, siempre a su favor, interpretándolas para sablear al pobre ciudadano. E inventándose por el camino procedimientos, diligencias, suplidos... totalmente innecesarios para abultar más la factura.
 
#1176

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca


La carta, si la quieres mandar ....... yo no me gastaria mas de 25 € en un burofax cerificado con acuse ni los 14 o 15 sin certificar contenido, un mail corriente y arreando.

Me he permitido hacer unas correcciones (en negrita),  pero sigo pensando que mejor esperar dos o tres días a ver si  modifican. 

 
A la atención de la Sra. Registradora xxxxxxxxxx titular del Registro de la Propiedad xxxxxxxx.
 
 Buenos días.
 
Ayer xxxxxxxxx me personé en sus oficinas para retirar la escritura de cancelación de préstamo hipotecario (Protocolo xxxxxx Notario xxxxxxx) y para pagar la factura correspondiente. 


No se pudo realizar por desavenencias en las facturas que me presentaron. Por ello pido que a la mayor brevedad posible:


-Revisen la factura para que se ajuste al servicio que se ha demandado sin añadir elementos que no sean estrictamente necesarios. En su caso, adjuntar la justificación o documentación que explique cada uno de los cargos y suplidos a facturar.

-Entrega de las escrituras que tienen en depósito para realizar esta tarea. Puesto que la tarea ya está realizada (el levantamiento de la carga), no existe razón para retenerla.
En la visita de hoy se le ha solicitado explícitamente a un empleado del registro la devolución de dicha escritura, a lo que se ha negado. Le he puesto en conocimiento los artículos de obligado cumplimiento 431 y 615 del Reglamento Hipotecario y aún así no ha accedido. Se los vuelvo a recordar aquí:
(foto del BOE)

En aras de un entendimiento cordial, les pido que a la mayor brevedad posible corrijan la factura respondiendo a los criterios anteriormente expuestos para que pueda proceder al pago, sin menoscabo de la recogida de la escritura, que podré realizar de acuerdo a lo expresado anteriormente en cualquier momento, sin que haya excusa para su retención.

Les recuerdo que la corrección debe obrar en mi poder antes de 15 días contandos desde ayer, a los efectos en su caso, de estar en condiciones de impugnar la minuta ante el colegio de Resitradores/as de la Propiedad, si tales correccciones no se producen o son insuficientes a mi entender.
 
 Lo de la grabación ni palabra (de momento) 


#1177

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Gracias por las correcciones @w-petersen.

La verdad es que tiendo a ser un tanto impulsivo pero quizás es mejor dejarlo madurar un par de días como dices a ver por dónde respiran.

A favor de mandar el correo veo dos puntos:
  • Que no lo demoren más de forma injustificada, aunque no veo qué pueden ganar con retrasarlo. Yo ya tengo la carga levantada y ellos no han cobrado. Lo único que corra el plazo de reclamación como comentas arriba.
  • Que si saben que tengo grabado que se han negado explícitamente a devolverme las escrituras, estén más suavecitos a la hora de generar la nueva factura y no tengan tentaciones de hacer nada creativo.

#1178

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Yo lo de la grabación no lo veo necesario, por el momento ... estas cosas son mas para juicios !!!! y no tiene pinta. 
#1179

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenas. Yo también les daría un margen de un par de días laborables, a ver si se lo piensan antes de vulnerar intencionadamente la norma de obligado cumplimiento recogida en el Art. 431 del Reglamento Hipotecario:

Pero yo no lo haría como tienes pensado... Lo que haría es un entregar en Registro un RECURSO DE QUEJA (que existen también y no son lo mismo que un recurso de impugnación de honorarios) solo para decir que esa Registradora ha decidido vulnerar dicho Artículo de obligado cumplimiento al negarse a devolverte tu documentación por falta de pago ya sea de una, dos o tropecientas facturas que estime deban emitirse y cobrarte a ti.  Quiero decir que yo centraría ahí, y solo ahí, el RECURSO DE QUEJA, que les obligará, jeje, a tener que defender su actuación (su negativa a devolverte tu documentación) ante el CORPME pues ése es el circuito que deben seguir los recursos de queja formales. Así planteado le va a caer el pelo, y bien que lo sabe. En este sentido, te convendría revisar detenidamente este pdf muy explicativo:

  • Tramitación de QUEJAS y sugerencias:
    • Aunque no es lo mismo queja que sugerencia, yo concretaría que no es una sugerencia sino una queja en toda regla, contra la cual está obligada a defenderse, si es que encuentra defensa, jeje.

En ese pdf tienes enlace directo a un modelo de queja que puedes tomar como referencia y adaptarlo:

  • Modelo Recurso de Queja
    • Que yo entregaría directamente en ese Registro por duplicado para que me sellen copia con la fecha de entrada o recepción y así agilizar plazos.  No mezclaría en esa queja tema de discrepancias sobre conceptos e importes de las minutas, pues eso va por otro camino, por el recurso de honorarios propiamente dicho. 

Recuerda también que no es obligatorio pagar minuta alguna para ostentar el derecho a impugnarla. El recurso de honorarios, para que se admita, no exige el pago previo de la minuta/s impugnadas.

Respecto a los conceptos que dices vienen en esa minuta a tu nombre, una captura de pantalla siempre ayudaría muchísimo para su análisis completo y pormenorizado, pero claro... como no te han devuelto la escritura no tienes acceso de momento a la llamada NOTA DE DESPACHO que estará obligatoriamente firmada digitalmente por la Registradora e incorporada a la escritura toda vez que quedó inscrita (calificación positiva, inscribible) ni tampoco a la nueva nota simple informativa con el nuevo de estado de cargas donde habrán cancelado el derecho real de hipoteca y posiblemente otras afecciones fiscales que ya estaban caducadas y la práctica de una nueva afección fiscal al Impuesto de AJD que perduraría 5 años desde su práctica registral.

Haces muy bien en pedir prueba documental de que desde Notaría pidieron lo que supongo fue la llamada "nota simple de información continuada", cuyo importe sería o bien de 6,02 euros (eso podrían cobrarlo si demuestran que Notaría se lo pidió) aunque muchas veces cobran -indebidamente- 9,02 € que serían aquellos 6,02 € más 3 euros por el supuesto coste del envío del fax pero en ese caso tendrían que venir aparte, como suplidos (sin IVA).

Sobre el tema de grabar una conversación, sin anticipar previamente que lo ibas a hacer, no sé yo si tiene recorrido o, de tenerlo, incluso te podría suponer algún problema, alguna demanda, por grabar datos personales (la voz sería dato personal) sin preavisar y sin obtener permiso expreso a dicha grabación. Yo no me metería en ese jardín. No lo sé, conste, pero me parece un riesgo alto desde mi ignorancia sobre el asunto. Habría que consultar a la AEPD y, por otro lado,  parece ser que el Tribunal Supremo ha sentenciado que la voz es un dato personal y, como tal, protegido. Convendría consultar la STS 815/2020 de 18/06/2020.

Respecto a la factura por cancelación de hace 12 años, decir que entiendo dicha factura o minuta de honorarios fue de fecha anterior al 12/05/2012. Antes de esa fecha las cancelaciones eran consideradas documentos sin cuantía (es decir, base = 0,00 euros pues se entendía que no había capital pendiente de amortizar y por tanto su valor era cero) y aplicaba entonces un fijo de 2,40 euros que luego, llevado a Tribunales, se cambió por un fijo de 24,04 euros, mínimo minutable (todos los importes antes de IVA). Conozco un caso que la DG resolvió que por la cancelación debían ser los 2,04 € y el Registrador, en desacuerdo con dicha Resolución, llevo el tema a los Tribunales de Justicia, que no le dieron la razón a él sino a la Dirección General.
La Resolución DGRN había sido esta:

Y esta la STSJ de Cantabría núm. 630/2012 del 03/09/2012 que sentenció era correcta dicha resolución de la DGRN; es decir, que por cancelación los 24,04 reducidos al 90% de su valor quedando así en 2,40 euros. Luego se legislaría que el mínimo irreductible serían los 24,04 euros y que ese 90% no aplicaba sobre el importe de los honorarios sino sobre la base sometida a gravamen. Es que la historia legislativa de las cancelaciones de hipoteca es larga y densa. Hoy no nos afecta nada de esto, en teoría...

Y digo "en teoría...", pues tenemos la reciente y muy valiente STSJ de Galicia núm. 212/2022 de 31/05/2022 que sentenció que la base debía ser cero euros de modo que los honorarios por cancelación debían ser el mínimo de 24,04 euros. Hay gente que lo pelea en Tribunales, y vemos que han ganado:

Considera el TSJ de Galicia que si está todo amortizado, la BASE minutable debe ser cero euros. ¡Bravo por esta Sentencia del TSJ de Galicia, que, jeje, no han recurrido ni el COPRME ni la DGSJFP ante el Supremo, pero no conforma jurisprudencia pues ésta solo emana de las sentancias del Supremo. Por eso no la recurrieron, para evitar sentencia del Supremo o del Alto Tribunal que también se dice.

Un saludo
#1180

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Vista la amplia respuesta de @ainhoa66, tal como nos tiene acostumbrados, justificada, apoyada, detallada ..... estoy con ella, esperar un par de días y sino no funciona directamente a la queja. 

Me guardo la respuesta, porque como conoce ella, yo tengo mis facturas de cancelación hipotecaria impugnadas ante el CORPME, y no me han devuelto la escritura, de momento me importa poco o nada, porque la cancelación ya se registró, pero en algun momento tendre´de que pedir el documento, aun cuando no sirve ya para nada mas que ocupar espacio en mis archivos de "papeleo". 
#1181

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

 Sobre el tema de grabar una conversación, sin anticipar previamente que lo ibas a hacer, no sé yo si tiene recorrido o, de tenerlo, incluso te podría suponer algún problema, alguna demanda, por grabar datos personales (la voz sería dato personal) sin preavisar y sin obtener permiso expreso a dicha grabación. Yo no me metería en ese jardín. No lo sé, conste, pero me parece un riesgo alto desde mi ignorancia sobre el asunto. Habría que consultar a la AEPD y, por otro lado,  parece ser que el Tribunal Supremo ha sentenciado que la voz es un dato personal y, como tal, protegido. Convendría consultar la STS 815/2020 de 18/06/2020
Ahi te puedo responder yo, casualmente mi esposa tien un problema con una finca rústica y un vecino que la está ocupando ya de antes, cuando era de su difunto padre. El tema acaba de empezar con asesoramiento de abogadas, se consultó el tema y es absolutamente legal grabar conversaciones sin notificar que está realizando, pero deben cumplirse dos condiciones básicas, una es que tu participes en la conversación y la otra que el aparato sea de tu propiedad, es decir no te pudes poner a grabar con el teléfono que va a nombre de tu esposo o compañero, si él no participa. Es muy dificil que en un juzgado  te pidan la factura de la grabadora o del teléfono para acreditar que te pertenece, pero si lo hacen que puedas demostrarlo. 
#1182

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Hola @ainhoa66 y gracias por tu extensa respuesta.

  • Voy a esperar un poco, pero tampoco demasiado para que no se enfríe el tema.
  • Lo del Recurso de Queja me lo guardo, espero no tener que llegar a ello.
  • La notaría no me consta que pidiera nada al registro, de hecho les dije explícitamente que nada de notas informativas. Yo les proporcioné directamente la nota simple. Se lo dije así al registro y tampoco supieron qué responderme, por lo que asumo que se la han inventado.
  • Lo de los documentos sin cuantía me lo sabía ya, pero quería poner en evidencia que ni los criterios se mantienen inalterados desde 1989 incluso en el mismo registro, ni cobran los mismos conceptos. En la anterior cancelación no cobraron absolutamente nada añadido.
  • El tema de la grabación lo tenía controlado, ya lo ha explicado muy bien @w-petersen. Cumplo ambas condiciones y además declaro expresamente que no lo voy a hacer público salvo requerimiento judicial. Sí creo que es un recurso que tengo que utilizar si no me contestan en un tiempo prudencial.
#1183

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Correcto, eso mismo tengo entendido yo.
Evidentemente no creo que esto prospere tanto como para tener que ir al juzgado a aportar grabaciones (son 20 míseros euros de discrepancia), pero sí lo puedo utilizar de palanca para que no se hagan los tontos, que se pusieron muy ofendiditos en el registro.

Ahora con la cabeza fría creo que la mejor opción hubiera sido pagar mi factura, llevarme la escritura, e impugnar los honorarios cobrados de más.
Pero me fastidió mucho el tono condescendiente y de superioridad. La registradora diciendo que a ver si cuando voy a comprar unos zapatos no los pago. Sí, claro, pago los zapatos pero si me meten en la factura 5 pares de cordones de colores, un betún ultrabrillo y plantillas anatómicas super+, pues o me los regalan o se los guardan para ellos.
#1184

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Pues no lo tengas tan claro, dices:

Ahora con la cabeza fría creo que la mejor opción hubiera sido pagar mi factura, llevarme la escritura, e impugnar los honorarios cobrados de más.

Igual que tu, yo no entendía ni un borrajo de esto, la que sabe es @ainhoa66, lo que ocurre es que como me manejo bien en papeles, me cuesta poco entender los conceptos cuando me los explican, y ya con los detalles de @ainhoa66 es difícil no entenderlo, porque mira que nos lo pone simple, esta es una cualidad que no todo mundo tiene !!!!!!!! 
 
Bien, yo además de medio idiota soy un erre que erre, y lo de "pasar por el aro" lo llevo bastante mal, pero a mi edad (60) ya no cambiaré, y en lugar de hacer las cosas fáciles, que era pedir que realizaran dos facturas, la mía y la del banco, pagarlas, recoger mi escritura, hacer una reclamación de su parte a Banco Santander (en su calidad de absorbente de Banesto), ya se habria acabado el tema, pues no, impugné la factura ante el CORPME, y tal como me avanzó Ainhoa66, las probabililades de que fallen en favor del Registro de la Propiedad, alegando que a pesar de que la factura es del banco la debo pagar, en mi condición de presentante del documento y un artículo del reglamento que ahora no recuerdo, con lo cual llegaré al mismo lugar que tu, mas tarde .... con lo cual a efectos prácticos no si sale a cuenta lo de la impugnación cuando se trata de lo de la factura del banco, obviametne si sale al facturarte conceptos arancelarios que no te corresponden. 


#1185

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

El ejemplo es patético. En fin, uno/a va comprar zapatos o zanahorias donde le de la gana.
Luego, repetiremos o no. 
Pero ¿acaso puede el ciudadano elegir el Registro al que llevar su escritura? 
Si la respuesta es no, y es NO, ¿de qué me estás hablando, cariño? -le diría yo a la registradora-.
Y le ofrecería tatuaje gratuito del Art. 431 del Reglamento Hipotecario, en el brazo o en la nalga de su elección. 
No es mercado libre, ni siquiera oligopolio. Es monopolio. Te toca el registro que te toca, sí o sí, tu poder de decisión, tu capacidad de elección está fulminada de antemano, de hecho nunca existió, y todo ello independientemente de quien ostente en cada momento la titularidad de ese Registro.
Es la moral de la persona, no la del Registro que no posee tal atributo exclusivamente humano, la que determina todos estos devenires. 
Los y las registradores/as cambian de plaza, de Registro, con mucha frecuencia. Concursos de traslados que salen en el BOE tanto en sus convocatorias como en sus resoluciones. Es la persona física, pues ningún Registro de la Propiedad es persona jurídica, no tiene personalidad jurídica propia, la que emite y firma las facturas que emite. La pasta quieren que vaya directamente de tu bolsillo, aunque a tu nombre no haya emitido la factura, al suyo.
En fin, disculpen la catarsis. El ejemplo de los zapatos me revolvió. Menos mal que uso zapatos planos que si los llevase con tacones de aguja fina me saldría descalzarme y empuñarlos ipso facto. Saludos+