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Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

807 respuestas
Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
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Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
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#826

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

No existe en tu.hipoteca un gasto pactado para que el banco vaya a firmar ... si el banco quiere encargarlo a una gestoria ... es su problema y su decisión.... pero si el notario pagó eso ....tiene que darte la factura para que tu puedas reclamar estos 30 euros al banco ... si no te dan esta factura yo impugnaria la minuta ...

El Banco de España lo tiene claro.... https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/productosservici/financiacion/hipotecas/guia-textual/cancelarhipoteca/Cancelacion_reg_98ec24e53ab1d51.html
Dice: La entidad no debe cobrar por el trámite de la firma ni por el desplazamiento a la notaría.

Que en lugar de ir apoderados del Banco a firmar, hayan apoderado a una gestoria, no cambia el hecho.....ahora bien el notario no tiene la culpa..  entonces para pagar estos 30 euros te tienen que entregar la factura para que puedas reclamar esto al banco, de acuerdo a los criterios del Banco de España ... sin la factura yo impugnaria.


#827

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Jooooder con la imaginación de algunos "pensadores de facturación" !!!!!!


En Banco de España dice que no se puede cobrar por ir a firmar..  pero no dice que ocurre si el banco lo encarga a tercero .. dicho tercero lo cobra a la notaría y el cliente lo paga igual, pero no al banco !!!! Imaginativo si es !!!!!!

#828

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Lo sorprendente es que el notario pague a ese tercero. 
El que encarga un servicio es el que lo paga. Entonces, si el banco encarga a alguien que vaya a firmar en su nombre, será el banco el que abone ese trabajo que ha encargado. 

Es como si yo pido un taxi para ir a firmar, y cuando llego le digo al notario que son 12 euros por el taxi. Entonces ¿va el notario y paga? ¡JA! 

O el notario está en el ajo, o directamente se ha inventado ese concepto. Porque si tuviera la factura, digo yo que nada más reclamar, me la habría entregado.
Ya actualizaré con el resultado. 

#829

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Buenos días.
En una cancelación de hipoteca no te pueden cobrar ni la copia ni todos esos conceptos sé que inventan (según ellos relativos al protocolo electrónico pero que no vienen en ninguna norma). Impugna la factura completa, diciendo que no estás de acuerdo en esos conceptos.
En cuanto a la gestión, el banco no puede cobrar por ir a firmar.
Lo dicho, impugna la factura completa. No olvides poner que no estás de acuerdo y que quieres que se revisen TODOS LOS CONCEPTOS.
#830

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Gracias por tu ayuda.

¿El arancel que me cobran es correcto? ¿No debería rondar los 90 euros para una hipoteca de una cuantía mínima?
#831

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Buenos días.
En una cancelación de hipoteca no te pueden cobrar ni la copia ni todos esos conceptos sé que inventan (según ellos relativos al protocolo electrónico pero que no vienen en ninguna norma). Impugna la factura completa, diciendo que no estás de acuerdo en esos conceptos.
En cuanto a la gestión, el banco no puede cobrar por ir a firmar.
Lo dicho, impugna la factura completa. No olvides poner que no estás de acuerdo y que quieres que se revisen TODOS LOS CONCEPTOS.

Estoy viendo que te cobran tramitación (si tú no pediste que te hagan las gestión de la escritura no te lo deben cobrar y ahí meten gestión) y todo ese concepto va sujeto a IVA y por tanto no es un suplido (la milonga que te han cobrando del banco) y es algo que te cobran ellos.
Te están robando más del doble de lo que deberían cobrarte por una cancelación. Impugna cuanto antes, no te dejes pasar el plazo.
#831

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Gracias. Es lo que me parecía. Creo que han debido verme cara de tonta.
Habiendo reclamado POR ESCRITO y por TODOS los conceptos, solo me responden a cerca de dos conceptos. En uno me dan la razón, en otro no.
Me tocará volver a reclamar con lo que indicas.

#832

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Efectivamente deberían ser 90€ con una reducción del 5% y hay su sumar el papel timbrado (suplido) y el IVA. En tu caso te están cobrando copia (que las 2 necesarias para inscribir la escritura no pueden cobrarlas) ni otros conceptos (como los que meten de cotejo, hash,…).
Y qué decir de la tramitación y la gestión, un abuso (salvo que tú lo hayas pedido).
Lo dicho, no pierdas el tiempo e impugna cuanto antes.
#833

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Si ya reclamaste al propio notario y, por lo que veo, ya te respondió por escrito, ahora debes reclamar al colegio notarial. Hazlo cuanto antes y no dejes que se te pase el plazo. Me parece muy fuerte que pongan eso por escrito porque por cancelar una hipoteca el banco no puede cobrar nada.
#834

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

No veo yo a un notario liarse así por 30 euros ... !! Los habrá pagado.... pero tal vez sea en jna sola factura varias firmas ...  si es así tendrá que pedir que se remitan solo con tu asunto.
#835

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Gracias. 
Por el plazo de impugnación no hay problema, ya que presenté por escrito mi desacuerdo con la minuta dentro del plazo, y tengo una copia sellada de dicho escrito. 

Acabo de responder en la notaría con lo que me habéis sugerido. 

Próximamente vendrá el follón con el registro de la propiedad. Me acaban de decir telefónicamente que la factura son trescientos y pico. Todavía no me la han enviado.
Vergüenza de país y vergüenza de gobiernos que regulan los honorarios pero después no persiguen y sancionan a los caraduras que no los aplican.
#836

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Pues ya he presentado la queja al colegio de notarios y ya tengo la factura del registro.

300 mortadelos del ala. Ahí es nada.
Facturilla del Registro de la Propiedad
Facturilla del Registro de la Propiedad


Por lo que he podido mirar por mí misma, me han metido el concepto de FUSION 611, y además por triplicado xD 
Veo que ese concepto no me lo pueden cobrar a mi, sino al banco, según sentencia del supremo. El resto de conceptos, no tengo idea. 
¿Como se reclama al registro? ¿Alguien puede orientarme?
#837

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Buenas noches.
Efectivamente, el concepto fusión, y el concepto cambio denominación, son conceptos que debe pagar el banco. El Registro tiene que emitirte dos facturas (la tuya y la del banco) y la del banco se la pasas a tu banco que suelen pagarla sin problemas.
En cuanto a las notificaciones, certificaciones, nota, ... muchas me parecen. Como no sabemos si realmente se han producido o no, al igual que con la notaría, impugna la minuta completa, todos los conceptos, y que se pronuncien.
La puedes impugnar directamente en el Registro de la Propiedad, o al Colegio de Registradores:
"La impugnación puede presentarse bien ante el Registro de la Propiedad competente bien ante el Colegio de Registradores dentro de los quince días hábiles siguientes a los de la notificación o entrega de la minuta.
Al escrito suscrito con firma original, en el que señale los motivos de disconformidad, deberá acompañar fotocopia de la factura.
Si opta por presentar el escrito de impugnación ante el Colegio de Registradores nuestra dirección postal es la siguiente:
Colegio de Registradores
Departamento de honorarios
C/Diego de León, 21-7ªplanta
28006 Madrid
O bien con firma electrónica mediante correo electrónico a la siguiente cuenta: [email protected]
Atentamente,"

En este link puedes ver la información que ha puesto otro forero:
Cancelación registral de la hipoteca (1/1) - Rankia