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Cláusula suelo- Debate General

343 respuestas
Cláusula suelo- Debate General
Cláusula suelo- Debate General
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#329

Re: Cláusula suelo- Debate General

Yo creo que antes de iniciar una demanda judicial, es bueno agotar la vía administrativa, porque en muchos casos se provoca una negociación cuya propuesta te interesa .... ¿no conseguirás nada con hablar con el banco? pues con la oficina es probable que no, entre otras cosas porque carecen de poderes para decidir esto, pero si empiezas por una consulta al SAC de la entidad, tal vez las cosas tomen otro cariz, te lo digo por experiencia, en la mayoría de ocasiones el recibir una queja de dicho SAC, hace mover algunas cosas que un día antes parecían imposibles, lo cual no significa que la oferta de negociación aparezca, o de aparecer, que es bastante habitual, te pueda interesar.

¿Firmaste la vinculante? dices que no, tienes que leer al final de la hipoteca en las advertencias notariales, allí el notario habla de si la comprobó y cuadra con el contrato firmado en aquel instante, o por la razón que fuera, normalmente legal (importe superior a ....) no era preceptiva. Es bueno que te asegures de ello, porque si planteas la reclamación considerando que no hubo vinculante, y te sale el banco con que si, y te mandan la copia en la respuesta, el planteamiento habrá sido erróneo, y para ir luego al Banco de España, vas cojo !!!!

 

#330

Re: Cláusula suelo- Debate General

De forma individual, y te lo digo por experiencia, tras una queja formal y argumentada, en muchas ocasiones aceptan negociar y pactar una rebaja sustancial del suelo, incluso por estos hilos se colgó una resolución del SAC de un banco (ex caja de ahorros) que deciden eliminarla al cliente, pero con efectos desde el momento de la resolución de dicho SAC, lo cual sin ser lo mismo que estos tres bancos, hace no rentable ir a juzgado !!!!!

#331

Re: Cláusula suelo- Debate General

Presentaste la reclamación a la oficina o al SAC de la entidad ????????  porque este organismo tiene dos meses para responder, si no lo hace ya puedes ir al Banco de España con la reclamación, pero ojo que si no has pasado por el SAC (lo que la oficina no sirve a estos efectos) dicho BdE no te atenderá !!!!

#332

Re: Cláusula suelo- Debate General

Muchas gracias por la respuesta, y muy buena la apreciación del texto adicional. Un saludo.

#333

Re: Cláusula suelo- Debate General

Presenté la reclamación mediante bufet de abogados a la entidad el 31.01.13. ¿Debería dar algún paso adicional? Esta información me la han dado por teléfono, y me han dicho que, cuando responda a la opción que escojo, me enviarán un escrito.

#334

Re: Cláusula suelo- Debate General

Son opciones buenas las dos, una es directo al juzgado, y la otra aprovechar el sistema de reclamaciones administrativas, alguno creemos que esta posibilidad hay que considerarla, porque la opción judicial la tienes siempre, y mas cuando puedes demostrar que has hecho las gestiones de reclamación anteriores, dichas reclamaciones administrativas .... para mi el tema judicial supone mucho coste, y hay que compararlo con los ahorros, con lo cual en algunos casos como este, a no ser que tu hipoteca sea de 500 ó 600.000 €, la posibilidad de llegar a un acuerdo y no verse en un juzgado, donde precisamente no son matemáticas es algo a considerar, pero son opiniones, repito todas ellas legítimas, yo creo que a efectos prácticos es bueno el primer intento, y el juzgado después si es que no hay mas remedio. 

#335

Re: Cláusula suelo- Debate General

Coincido. Gracias de nuevo y saludos

#336

Re: Cláusula suelo- Debate General

Estuve hace unos meses como espectador en un juicio contra un banco, y como dicho banco no tenía demasiadas cosas a su favor, el abogado esgrimió ante el juez y como argumento a su favor, que el cliente había tardado demasiado en ir a reclamar a un juzgado y debería considerarse caducidad, obviamente en los documentos presentados por el abogado del cliente estaban todas las reclamaciones previas al SAC a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, aparte del vía crucis que tuvo que soportar el cliente para conseguir copia de todos los documentos, vamos que antes de presentar la primera reclamación tuvo que reclamar, valga la redundancia las copias, y el banco no se dió prisa en facilitarlos precisamente, por lo que sé el juez no dió valor a esto de "la tardanza" en la presentación de la demanda, considerando que lzs reclamaciones previas, ya suponían disconformidad, al parecer así se indicaba en los escritos del cliente, incluso en las peticiones de copias de los documentos, y era irrelevante si antes lo había presentado al SAC o directo al juzgado, el hecho es que la alegación del abogado del banco carecía de validez, porque la reclamación se hizo cuando se hizo, el cliente tiene derecho a intentar solucionar sus temas fuera de un juzgado y mas cuando el tema está perfectamente establecido el la legalidad, como son los SAC y la CBMV o el Banco de España.

Eso si, una precaución, uno no puede argumentar cosas en el SAC o BdE, y cambiarlas radicalmente si luego va a un juzgado, obviamente las puede "ajustar" "ampliar" ... pero no cambiar el discurso de forma relevante !!!!