muy interesante tu planteamiento.
te cuento como yo lo veo:
opcion1: es el único caso en el que tributarías como ganancia patrimonial (salvo en un caso especifico en la opcion3 que luego diré).[es surrealista que yendo perdiendo un -50% en una inversión, Hacienda contabilice como
ganancia patrimonial la venta de los derechos. surrealista.]
opcion2: está bien en cuanto a que
afloras las perdidas correspondientes a las 350 acciones que venderías según el ejemplo. aunque efectivamente no serán compensables hasta que vendas todas tus panaderas en un futuro. Evitas tributar por ganancias y ademas materializas perdidas. entiendo que esta es la opcion más limpia.
opcion3: esta opcion tb cuenta con la ventaja de no tributar por las "ganancias" de la venta de derechos, aunque es más limpia. El problema que le veo es que al final vas a tener que vender 4.000 acciones nuevas para pasar de 11.000 a 7.000 y hacer los 3 escenarios iguales. Es en esa venta de las 4.000 accs sobrantes en el que te la juegas. Qué pasa si sube mucho la accion? y si baja mucho?
es complicado.
dudas:
1) has decidido que opcion de las 3 tomar? por que motivo?
2) para vender los derechos es fácil: en cuanto coticen el 7-nov y aparezcan en el broker en el que los tengas, los vendes como si fuesen acciones. PERO: para suscribir las nuevas acciones, es decir, para pagar el 1CHF para cada una con la que quieras quedarte, cómo lo haces? hay que notificarlo al broker o al banco en el que tengas las acciones viejas o como se haría?
gracias