Hola fasgdos, te copio B.O.E. donde aparece tu situación. Me lo descargué de la pag de P. Pensiones de Openbank:
"Artículo único. Modificación del Reglamento de planes y fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.
El Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, queda modificado en los siguientes términos:
Uno. El apartado 3 del artículo 9 queda redactado del siguiente modo:
«3. Los derechos consolidados en los planes de pensiones podrán hacerse efectivos en el supuesto de desempleo de larga duración. A los efectos previstos en este artículo se considera que el partícipe se halla en situación de desempleo de larga duración siempre que reúna las siguientes condiciones:
a) Hallarse en situación legal de desempleo.
Se consideran situaciones legales de desempleo los supuestos de extinción de la relación laboral o administrativa y suspensión del contrato de trabajo contemplados como tales situaciones legales de desempleo en el artículo 208.1.1 y 2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y normas complementarias y de desarrollo.
b) No tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo, o haber agotado dichas prestaciones.
c) Estar inscrito en el momento de la solicitud como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente.
d) En el caso de los trabajadores por cuenta propia que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales y hayan cesado en su actividad, también podrán hacerse efectivos los derechos consolidados si concurren los requisitos establecidos en los párrafos b) y c) anteriores.»
Si me dices que has intentado hacerlo con otros bancos y te dicen lo mismo, entonces debemos suponer que hay alguna ley o reglamento de los p.p. que así lo dispone. No estaría mal investigar, y de hecho pedirle a la gestora que nos indique dónde aparece esa norma en el reglamento o ley que te impide rescatarlo por haberlo suscrito estando ya en situación de desempleo.
Saludos y suerte.