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Rendimientos del trabajo IRPF

19 respuestas
Rendimientos del trabajo IRPF
Rendimientos del trabajo IRPF
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#1

Rendimientos del trabajo IRPF

Hola este año a parte de mi trabajo , he hecho practicas en 2 pequeñas empresas y el año proximo tendre en ingresos del trabajo 3 pagadores.😃

Una amigas me han dicho que tendre que pagar mas en la declaracion de la renta del proximo año, y eso me preocupa, porque : entonces por cobrar de mas de una empresa, la declaracion me saldra peor ?😓

Saludos


#2

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

Es probable, pero no por nada, sino porque el segundo y tercer pagador seguro que no te han retenido nada, por lo tanto, la cuota extra que proceda, te tocará regularizarla en la declaración anual toda de golpe.
Pero ojo, yo diría que siempre es mejor cobrar mas que menos... aunque luego te toque pagar al presentar la declaración del IRPF, si sale a pagar es porque te han retenido de menos.
#3

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

No me explique.

Me refiero a que tenga que pagar de mas no solo porque me han retenido menos ( eso es logico que tenga que regularizarlo ) sino a que tenga que pagar de mas porque hacienda penalizaba no se como, ya ya sea en tema SS.SS., retenciones adicionales...

No se si me explico ahora mejor🤔😓
#4

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

Sólo se me ocurren dos casos en que tener más de un pagador afecte a la declaración de Renta:

Uno, el que ya habéis comentado:
Como cada pagador habrá hecho el cálculo de la retención de IRPF sólo a partir del sueldo que él te está pagando, el porcentaje podría terminar siendo mayor si la suma de tus sueldos hace que pases a un tramo superior.

Es decir, parte de lo que te habían considerado en un cierto tramo, podría terminar en el siguiente, con un porcentaje de IRPF superior.

No obstante, yo esto no lo veo como una "penalización". Sólo es un ajuste del cálculo, considerando la suma total de tus ingresos a final de año fiscal.
Si lo hubieses cobrado todo de un solo pagador, pagarías lo mismo de IRPF (y, en parte, por adelantado, en cada nómina, en vez de con el ajuste en la Renta anual).

Dos, respecto a la obligación de presentar la declaración de Renta:
Actualmente, creo que el umbral de ingresos para no estar obligado es de 22.000 euros. Pero eso es sólo en caso de tener un único pagador.
Si se tiene más de uno, el límite creo que son 15.000 euros.

Esto sí puede llegar a suponer una "penalización", pues habrá gente que cobrará entre 15.000 y 22.000, y que sólo va a estar obligada a presentar la declaración si proviene de varios pagadores.

Enlace hacia un artículo al respecto.
#5

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

Como dice croqueta, puede que al sumar mas rendimientos, pases de tramo y te suba el porcentaje a tributar. En ciertos casos, es verdad que ganar mas, puede no ser tan rentable como parecía al principio, pero repito, cobrar mas siempre es mejor que cobrar menos... digo yo
#6

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

Eso es una "leyenda urbana". Se tributa lo mismo si tienes un pagador que si tienes varios.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

muchas gracias a tod@s, estoy mas tranquila con la explicacion y el enlace que ha puesto Croqueta.👏👏👏

Pero respecto de la SS.SS. cada empresa ya me esta descontando la SS.SS de 1 dia o de 15 dias ? Y todo saldra sumado en los datos fiscales del proximo año ?🤔

 
#8

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

Antes de nada, un apunte respecto a mi anterior comentario, que ya no puedo editarlo, en cuanto a la obligatoriedad de presentar la declaración, si se tiene más de un pagador:
Según veo, el umbral de ingresos sí es 15.000 euros. Pero, aparte, parece que los ingresos de los segundo y siguien es pagadores han de superar los 1.500 euros.

Respecto a los pagos a la Seguridad Social (SS), he encontrado este artículo.
De él, lo principal que veo es que:

- Cada empresa va a realizar el pago de SS que corresponda a tu salario. Ahí no influye lo que cobres en otros trabajos; no es como el IRPF, que va por tramos, respecto a la suma de salarios.

- Pero existe un tope máximo a pagar a la SS cada año, de forma que, si sumando lo que pagues en cada nómina, te pasases del tope anual, tendrías derecho a alguna devolución. Pero leo que tendrías que solicitarlo.

- También leo que deberías comunicar la situación de pluriempleo a la SS, pero no me queda muy claro el porqué, pues estando dado de alta, se supone que ya tienen esa información, no sé.
#9

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

Croqueta , que bien tu aportacion...👏

Pero :

1.dices el umbral de ingresos sí es 15.000 euros. Pero, aparte, parece que los ingresos de los segundo y siguien es pagadores han de superar los 1.500 euros. O sea si los ingresos de mi trabajo superan los 15000 logicamente tengo que declarlos, pero:

a) si los ingresos de las otras 2 empresas no superan los 1500, esos NO tengo que declararlos? 
b) se cuentan los 1500 individual de cada empresa o entre las 2 empreses tienen que superar los 1500?

2.respecto de la SS.SS articulo fantastico, pero tal como muy bien dices:

d)  como se el tope maximo de la SS.SS?
e)  si entre todas las cotizaciones de las 3 me paso del tope, como tengo que solicitar la devolicion ?


A ver si alguien puede aclararlo 

Saludos
#10

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

Respecto al límite de ingresos, es en cuanto a la obligación o no de hacer la declaración de Renta anual. No es que lo cobrado en segundas/terceras empresas no se declare, ni nada parecido. Siempre vas a pagar algo, tanto de IRPF como de SS.

Es decir, que teniendo más de un pagador, estarás obligada a hacer la declaración sólo si:
- cobras más de 15.000 euros en total,
- y sumando lo cobrado en las segundas y siguientes empresas (aquí entiendo que se considera como primera aquélla que más te pague), sean más de 1.500 euros.

Notando que el hecho de que no estés obligada a hacer la Renta, no significa que no puedas hacerla, si te conviene (ej. si tienes deducciones aplicables). La puedes preparar, y en función del resultado, la presentas o no (recordando que hablo del caso de no estar obligada).

El tope máximo de cotización a la SS, este año, según leo, es de 4909'50 euros: enlace.

Respecto a solicitar la devolución del exceso de cotización a la SS, del artículo:

"Cuando el total de tus salarios supera ese límite, se produce un exceso de cotización. En ese caso, puedes solicitar la devolución de la parte correspondiente a las contingencias comunes a través de la Tesorería General de la Seguridad Social."

Ahí enlazan hacia la web de la SS, pero no específicamente hacia el trámite en cuestión.

Como aparte mencionan que deberías comunicárselo, yo te diría que lo hables quizás primero con Recursos Humanos o la administración de la empresa en la que estás contratada (también podría ser en las que haces prácticas, pero entiendo que puede ser más fácil que te atiendan en tu empresa principal), tanto para comentarles tu situación de pluriempleo (remarcando que han sido un par de prácticas) (no sé si tu contrato laboral te impide esas actividades, o tiene algún tipo de cláusula de exclusividad), como para que te guíen respecto a cómo solicitar esa posible devolución.
#11

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

Matizo que los 4909'50 euros de cotización máxima, son mensuales.
#12

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

Croqueta eres un@ crack, pero soy tonta...

-Respecto a IRPF cuando dices :

Es decir, que teniendo más de un pagador, estarás obligada a hacer la declaración sólo si:
- cobras más de 15.000 euros en total,
- y sumando lo cobrado en las segundas y siguientes empresas (aquí entiendo que se considera como primera aquélla que más te pague), sean más de 1.500 euros.

Entiendo que como supero los 15.000 tengo que hacer IRPF, pero lo que no acabo de entender es:

-Supongamos que del primer trabajo cobro 20000 ( los tengo que declarar )
del 2 trabajo cobro 1000 y del 3 trabajo cobro 600; entonces tengo que declarar los ingresos del 2 y del 3 trabajo porque pasan de 1500. ?

-O si los ingresos de ningun trabajo del 2 y 3 llegan a 1500, no los tengo que declarar ?

-Respecto a SS.SS. lo entiendo

Muchas gracias👏👌👍
#13

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

Buenas tardes @laura70,

Si estás obligada a presentar la declaración de renta se tiene que declarar todo.

Los importes de 15.000 euros o 1.500 euros sólo son para saber si la tienes que presentar o no.

¡Un saludo!
#14

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

Cuando hablamos de IRPF (Hacienda), se paga:

- En la nómina mensual: te aplican una retención, un porcentaje, en base a lo que te pagan.

- En la declaración de Renta anual: se hace el ajuste; si en las nóminas te han retenido lo adecuado, debería salir cerca de cero. Salvo el caso en que tengas varios pagadores, y con la suma de salarios pases a un siguiente tramo del IRPF, con lo que tocaría pagar algo más. O salvo que tengas derecho a alguna deducción (las tienes que aplicar tú misma, cuando hagas la declaración, incluyendo el caso en que uses el Borrador de la Renta) y te tengan que devolver.

Todos los salarios que recibas, van a estar sujetos al IRPF, y a la cotización a la SS.

El tema de los límites de ingresos que estamos comentando, afectan sólo a la obligación o no de presentar la declaración de Renta anual.

En el ejemplo que ponías:

- Tu primer pagador te ingresa 20.000 euros.

- Tu segundo y restantes pagadores, suman otros 1.600 euros (1.000 + 600).

- En suma, ingresas 21.600.
Estás por debajo del umbral de 22.000, pero como la suma de segundos y restantes pagadores supera los 1.500, te obligan a presentar la declaración de Renta anual. Con un solo pagador, no hubieses estado obligada, al recibir menos de 22.000.

Por otro lado, según leo en este otro artículo, el límite de 15.000 en realidad ahora es de 15.876 euros, después de las últimas actualizaciones del SMI.

También aparte, ten en cuenta que todo esto que hemos estado hablando ha estado limitado a las rentas de trabajo. Si además existen otros ingresos, también hay que considerarlos (rendimiento de capitales, pensiones, ayudas,...). En el artículo que ponía en el anterior párrafo, también lo mencionan.
#15

Re: Rendimientos del trabajo IRPF

No es la cotización máxima, es la base máxima de  cotización.