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Herencia conflictiva

4 respuestas
Herencia conflictiva
Herencia conflictiva
#1

Herencia conflictiva

Hola,

A ver que opináis de esta situación incómoda, (una más en el mundo de los problemas familiares de las herencias) :

Fallece la tía con 4 sobrinos. Esta tía era viuda y sin hijos, su marido era el tío de familia directa de los 4 primos (2hermanos y 2hermanos).
Existe una 5a persona, ajena a la familia a la que la tía conoce de hace tiempo y tiene mucho afecto. La tía siempre dijo que la herencia era a repartir entre estas 5 personas ( 20% cada uno entre persona ajena y los 4 primos) =20%*5personas=100%
Bien->
A la hora de hacer el testamento, en el mismo hospital se le cruzan los cables y de sorpresa en el último momento hace heredero de sus propiedades en el 50% a la persona ajena y el otro 50% a un solo primo, y éste primo se entiende perfectamente con su hermano (no tienen problema en repartir). Es decir, del 20% inicial que lleva reportando toda la vida que seria para cada uno de los 5, pasa a 2 partes iguales del 50%.

Con este nuevo reparto quitando al hermano y los 2 primos:

La persona ajena pasa de un 20% inicial a un 50% del total.
El primo pasa del 20% inicial a un 50% (que va a repartir con su hermano).
Son puras restas y sumas.
La cuestión:
¿Es justo pensar que este primo se ha llevado toda la parte de sus otros dos primos sin considerar en la ecuación a la otra persona ajena, basándose en que las propiedades eran 50% del tío y 50% de la tía?
¿Se puede considerar/suponer que el 50% del tío se lo ha dado a 1 solo primo cuando correspondía a 4 primos?

La tía nunca dijo nada al hacer testamento de que el 50% del tío iba solo para 1 primo y que el otro 50% a la persona ajena. (mencionando esta causa) No se conoce el motivo de su decisión, no estuvo nadie delante del testamento. Solo dijo "ya se apañarán"....vaya tela.
Los 2 primos que no pillan nada no han ido a eventos familiares a veces y puede que la tía no sintiera atención en los ultimos momentos de vida.

Agradecería puntos de vista sobre todo moral. Gracias...

#2

Re: Herencia conflictiva

Punto 1: Cuando vuestro tío falleció, si ya no tenía ascendientes (psdres), su cónyuge (,vuestra tía) heredó todo lo de su esposo.
Punto 2: fallece vuestra tía y hace testamento: hay que ceñirse a lo que figure en el testamento.
Al no haber herederos forzosos (hijos, padres, cónyuge), la ley le otorga plena libertad para decidir quién recibe sus bienes, pudiendo beneficiar a quienes desee.
#3

Re: Herencia conflictiva

Asi es al no haber herederos forzosos es plenamente legal lo que hace

#4

Re: Herencia conflictiva

¿se le cruzaron los cables?
Para impugnar un testamento por incapacidad del testador, debes presentar una demanda judicial en el Juzgado de Primera Instancia, aportando pruebas sólidas como informes médicos periciales y testimonios que demuestren que el testador no tenía capacidad mental plena en el momento de firmar, contando con abogado y procurador, y respetando el plazo legal de 5 años desde el fallecimiento para iniciar la acción, buscando la declaración de nulidad del testamento y la apertura de una sucesión anterior o intestada. 

Pasos para impugnar un testamento por incapacidad:
  1. Contratar a profesionales: Necesitarás obligatoriamente un abogado y un procurador para el proceso judicial.
  2. Recopilar pruebas:
    • Informes periciales: Fundamental contar con informes psicológicos o médicos detallados que evalúen la capacidad del testador en el momento exacto de la firma.
    • Testigos: Personas que puedan declarar sobre el estado mental del testador en ese momento.
    • Pruebas documentales: Cualquier otro documento o acto que evidencie la falta de capacidad.
  3. Presentar la demanda: Interponer una demanda en el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde falleció el testador, solicitando la nulidad del testamento.
  4. Notificar: Se debe notificar al notario que autorizó el testamento y al resto de herederos beneficiarios.
  5. Seguir el procedimiento judicial: Incluye la admisión a trámite, contestación a la demanda, audiencia previa y juicio, donde se presentarán las pruebas. 

Consideraciones importantes:
  • Presunción de validez: Los testamentos notariales gozan de presunción de legalidad, por lo que se requiere prueba "indubitada" de la incapacidad.
  • Consecuencia de la nulidad: Si se estima la demanda, se anula el testamento y se aplicará un testamento anterior si lo hay, o se abrirá la sucesión intestada.
  • Plazo: El plazo general para impugnar por incapacidad es de 5 años, aunque hay debate, generalmente desde el fallecimiento o desde que se tiene conocimiento de los hechos que la causaron.

#5

Re: Herencia conflictiva

Puedes impugnar un testamento por manipulación o presión (dolo o coacción) si demuestras que el testador no actuó libremente, sino bajo engaño, fraude o intimidación, lo cual invalida su voluntad; para ello, debes presentar una demanda judicial con pruebas sólidas (testigos, informes médicos, etc.) en el juzgado competente, asistido por abogado y procurador, dentro del plazo legal. 

Qué necesitas para impugnar
  • Pruebas: Es fundamental acreditar la manipulación, que puede ser sutil (constantes comentarios) o explícita (amenazas), afectando la capacidad del testador para decidir libremente.
  • Abogado y procurador: Necesarios para presentar la demanda.
  • Demanda judicial: Se interpone ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar de fallecimiento del testador. 

Causas comunes de impugnación
  • Dolo: Engaño o manipulación para que el testador decida de forma no libre.
  • Coacción/Intimidación: Forzar al testador mediante amenazas o violencia.
  • Influencia indebida: Presión constante que altera la voluntad real del causante. 

Plazos
  • El plazo general para impugnar un testamento es de 15 años desde el fallecimiento o desde que se tiene conocimiento del testamento, aunque algunos autores mencionan 5 años, por lo que es crucial consultar con un abogado. 

Proceso
  1. Reúne pruebas: Documentos, testimonios, informes médicos que demuestren la manipulación.
  2. Contacta un abogado: Para evaluar tu caso y preparar la demanda.
  3. Presenta la demanda: En el juzgado correspondiente, alegando el vicio del consentimiento (dolo, coacción).