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Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

33 respuestas
Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"
Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"
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#16

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

 
Hola Malmas, muchas gracias por tus comentarios sobre el bbva  y la documentación para guardar. Sí, al final es buena idea indicar la información tal y como aparece en el recibo bancario, sobre todo para no liar más la cosa. 
 
La página web del BBVA no la conozco. Lo que haré será ordenar los recibos por fecha e ir anotando las “reducciones de capital” que haya habido gradualmente a lo largo del tiempo (para mis notas). 
 
Se ve que sabes de informática, Malmas, al darles el feedback a los del bbva sobre su página web, realmente nunca se sabe… 
 
La verdad es que es un rollo lo de la venta de derechos de suscripción  y  lo de acudir a las ampliaciones de capital, ni te cuento.... En el caso de Iberdrola me parece que hacen dos “ampliaciones”  por año  y es un rollo ir manteniendo tanta información y hacer los cálculos para “minorar” cada vez,  sobre todo si se tienen las acciones durante mucho tiempo como es mi caso. 
 
Muchas gracias por tu comentario. 
 
Un saludo. 
 
#17

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

 
Muchas gracias, Mivisa. Sí, he pensado también en escanear... No tengo una escaneadora apropiada, tendría que comprarme una. 

Pero pienso que si todos estos documentos escaneados ocupan mucho volumen a la hora de enviarlos digitalmente a Hacienda (si te los pidieran, claro),  pues no sé si se podría con el ordenador de casa (por el peso de los documentos).  Por eso,  al tenerlos en papel siempre los puedes llevar al registro de la aeat en persona y ellos lo pueden envían dentro de su propio sistema. Todavía no sé qué haré… 

Un saludo.

 
#18

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

 
Sí, Mivisa. Creo que lo que dices es aplicable definitivamente a la “venta de derechos de suscripción”.

Pero  no estoy seguro -por el comentario de Rucko de más abajo-  si se aplica la proporcionalidad (como tú dices, la “regla de tres”)… o sí como dice Rucko, la reducción de capital  “se aplica a todas las acciones que se tengan por igual”  (sin tener que hacer una regla de 3)  y sin importar la fecha de compra. 
 
¿Nos lo podría clarificar Rucko si puede?. Muchas gracias. 
 
Un saludo. 
#19

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

desde el 1 de enero de 2017 la venta de derechos tributa como rendimiento de k mobiliario (como un dividendo clásio en efectivo).
Si no tienes escáner, ve un día a un centro de copistería, los escanean y que te los guarden en formato pdf y que te los envíen a tu correo electrónico 
#20

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

... no ocupan nada 
#21

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

creo que iberdrola instauró el dividendo flexible en 2010
#22

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

Aunque tengan los mismos tramos de tributación y retención, desde 2017, la venta de derechos tributa como ganancia patrimonial.
Los dividendos  tributan como rendimientos de capital mobiliario
Son diferentes a la hora de compensar. 
#23

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

si, perdón, se me fue un poco la olla!.
    😜
#24

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

 @juan-lackland te contesto sobre el caso específico de Iberdrola. En este caso nada que hacer de tu parte, Iberdrola compro acciones en el mercado y las destruyo, pagándolas con fondos propios, capital para su valor nominal y reservas voluntarias para la diferencia entre el nominal y el de mercado.  Tu sigues teniendo lo mismo que antes, si tenías el 1% de Iberdrola también tenías el 1% de las acciones de Iberdrola que Iberdrola tenía en su autocartera, si desaparecen, sigues teniendo el 1% de Iberdrola, aunque ya no tengas el 1% de las acciones de Iberdrola que Iberdrola tenía y el valor de adquisición no ha variado. 
#25

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

Creo que tu respuesta deberías dirigirla a Costa2025 que es el consultante en el otro hilo.
Yo fui quién respondió a su consulta. Ya le dije que no le afectaba a él.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#26

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

No la dirigí a ti, respondí a Costa025, solo te mencioné como quien le dio la respuesta. Disculpa si molesté al hacerlo.   
#27

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

No me ha molestado en absoluto. Simplemente creía por error que te habías equivocado de destinatario en la respuesta.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#28

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

 
Muchas gracias, Mivisa y Rucko, por la aclaración. 
 
No sabía que…”... la reducción de capital aplica a todas las acciones que se tengan por igual.  No importa la fecha de compra”.  Muy importante, muchas gracias Rucko, me lo voy a apuntar para no olvidarlo! 
 
Un saludo a todos. 
#29

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

 
Guau… ni idea de este tema, que me parece superintricado…pero has hecho un super-resumen que hasta yo he podido entender (creo!). Muchas gracias, Rucko. Me quedo con que "no tengo que declarar nada a la aeat sobre este tema"… un alivio, de verdad. 
 
Juan Lackland, muchas gracias por tu ayuda también. Ahora iba a responderte en el otro “hilo temático”. Perdón si he complicado las cosas preguntando en dos hilos a la vez. 
 
Un cordial saludo. 
#30

Re: Reducción de capital con devolución de aportaciones - la "Minoración"

Muchas gracias, Mivisa. Es una buena idea lo de ir a una copistería.

No sé si en el registro de la aeat, se puede presentar la información en un usb, si te dejan. Igual sí... iré a preguntar un día.

Es que lo de enviar documentos online a través de la página web de la aeat, tiene sus límites (en el número de documentos que se pueden adjuntar, y en el tamaño de los mismos). Por eso mi preocupación...

Un saludo y gracias..