#5086
Re: Declaración Renta 2024
Menudo país bananero nos ha quedado.
“Cuando de la autoliquidación rectificativa resultara una cantidad a devolver, con la presentación de dicha autoliquidación se iniciará el procedimiento de devolución previsto en los artículos 124 a 127 de la LGT. (…) En cuanto al plazo de resolución, ténganse en cuenta las recientes Sentencias del Tribunal Supremo núms. 275/2022 y 888/2024, en las que fija como criterio interpretativo que, en los casos en que transcurrido el plazo de seis meses no se hubiera dictado resolución, se entenderá acordada la devolución por silencio positivo.”