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IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania

9 respuestas
IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania
IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania
#1

IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania

Buenas tardes y gracias de antemano por las aclaraciones.
Mi marido es residente fiscal en Alemania para el 2024, y yo en España. Estamos casado por gananciales y tenemos en propiedad la vivienda habitual al 50%.
Eso significa que me pertenece el 50% de mi vivienda habitual, y el otro 50% es de mi marido, pero que al no ser residente fiscal en España, no es su vivienda habitual. ... Asi que ¿Tiene que presentar el IRNR por este 50% de la propiedad como inmueble no arrendado?

Y aprovechando el foro abierto, tengo otra duda. 
Puesto que nosotros tenemos la deducimos por vivienda habitual, pero en el 2024 soy la única que va a pagar renta en España. ¿Podré deducirme el máximo aunque el 50% de las cuotas pagadas en el 2024 sea menos de 9040 Euros?
Ejemplo: con unas cuotas de 15.000 Euros. Si mi marido  fuera residente en España, a cada uno tocaria 7.500 Euros, pero como él no lo es pero la hipoteca hay que seguir pagándola y estamos casados por gananciales, ¿puedo deducirme yo en mi declaración los 9.040 Euros? 
¿Y con los hijos? ¿Me los puedo desgravar yo al 100%?

Como veis, una situación poco usual.
Gracias de antemano.
#2

Re: IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania

En principio y salvo mejor opinión:

HaciendaGPT


Tú dijiste:
Mi esposo deja de ser residente fiscal en España por traslado laboral a Alemania.
La vivienda habitual es de los 2, al 50%, hipoteca, y los 2 nos deducimos a partes iguales la inversión en vivienda habitual
El debe incluir en el IRNR imputación inmobiliaria por su 50% desde fecha efectiva en que deja de ser residente fiscal en
:

Residencia fiscal y tributación:

Al trasladarse su esposo a Alemania por motivos laborales, es probable que adquiera la condición de residente fiscal en Alemania. Sin embargo, si usted y sus hijos permanecen en España, su esposo podría seguir considerándose residente fiscal en España, dependiendo de factores como la permanencia de su núcleo familiar en territorio español. La determinación de la residencia fiscal es esencial, ya que influye en las obligaciones tributarias en ambos países. Para una evaluación precisa, se recomienda consultar el Convenio de Doble Imposición entre España y Alemania y, en caso de duda, acudir a un profesional tributario.

Deducción por inversión en vivienda habitual:

La deducción por inversión en vivienda habitual se suprimió a partir del 1 de enero de 2013. No obstante, quienes hubieran adquirido su vivienda antes de esa fecha y aplicado la deducción pueden continuar beneficiándose de ella, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Si su esposo deja de ser residente fiscal en España, perdería el derecho a aplicar esta deducción en el IRPF español. En cuanto a usted, podría deducir únicamente el 50% correspondiente a su participación en la propiedad de la vivienda, ya que la deducción se aplica individualmente y no es posible deducir la parte correspondiente a su esposo. 


Deducción por hijos:

Las deducciones por descendientes en el IRPF están destinadas a contribuyentes residentes fiscales en España. Si su esposo adquiere la condición de no residente, no podrá aplicar estas deducciones en España. Usted, como residente fiscal, podrá aplicar las deducciones por los hijos que convivan con usted, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa tributaria española.

Dada la complejidad de su situación y las implicaciones fiscales tanto en España como en Alemania, es altamente recomendable que consulte con un asesor fiscal especializado para recibir orientación adaptada a su caso particular.
#3

Re: IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania

HaciendaGPT


Tú dijiste:
Si me traslado por motivos laborales a 
ChatGPT Plus
Según el sitio web de la Agencia Tributaria: para dejar de ser residente fiscal en España al trasladarte a Alemania, es necesario analizar si cumples con alguno de los criterios establecidos en el artículo 9 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Estos criterios son:

  1. Residencia habitual en España: Se considera residente fiscal si permaneces más de 183 días durante el año natural en territorio español. Para el cálculo de días, las ausencias esporádicas se computan como días de presencia, salvo que acredites tu residencia fiscal en otro país.
  2. Centro de intereses económicos: Se considera que eres residente si tienes en España la base principal o el núcleo de tus actividades o intereses económicos.
  3. Residencia del núcleo familiar: Si resides fuera, pero tu cónyuge no separado legalmente y/o tus hijos menores de edad dependen económicamente de ti y permanecen en España, también podrías ser considerado residente fiscal.

Para dejar de ser residente fiscal en España, deberás demostrar tu residencia fiscal en Alemania, generalmente mediante un certificado de residencia fiscal emitido por la administración tributaria alemana. También es importante presentar el modelo 030 para comunicar tu cambio de domicilio fiscal a la Agencia Tributaria española.

Imputación de renta inmobiliaria por vivienda habitual en España


Si tu vivienda en España deja de ser tu residencia habitual al trasladarte a Alemania, esta pasará a tener la consideración de una segunda vivienda. En este caso, estarás obligado a imputar renta inmobiliaria por esta propiedad en tu declaración de la renta, salvo que la destines al alquiler.

La imputación de esta renta se realiza por los días del año en que la vivienda no ha sido tu residencia habitual. Por ejemplo, si trasladas tu residencia fiscal a Alemania el 1 de marzo, deberás imputar renta inmobiliaria a partir del 1 de marzo hasta el final del año, salvo que la vivienda se alquile o tenga otro uso exento.

La renta imputable se calcula aplicando un porcentaje (1,1% o 2%, dependiendo del valor catastral) sobre el valor catastral del inmueble, prorrateado por el período de tiempo correspondiente.

Para mayor certeza y evitar errores en la determinación de tu residencia fiscal o las obligaciones derivadas, te recomiendo consultar a un asesor fiscal especializado.

Si necesitas más información, puedes consultarla en el siguiente enlace de la Agencia Tributaria:
Residencia fiscal - Agencia Tributaria.




#4

Re: IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania

Gracias por la información, me confirma donde yo tenia dudas, y es el tema de que la renta es un impuesto individual y personal.
Si, el cambio de domicilio ya se hizo en su momento, pero va bien recordarlo.
#5

Re: IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania

Buenos días:

Referente a la renta por segunda vivienda, dicha renta no existe por el motivo siguiente.

La vivienda es una vien indivisible y la esposa e hijos, que son residentes en España, ocupan toda la vivienda, ya que la vivivienda indivisible no cumple su funcionalidad con el 50 % de cada baldosa sino con el 100 por 100 de cada baldosa.

Cuando la esposa hace su declaración liberá toda la vivienda de poder ser considerada segunda vivienda para el otro propietario.  Un estado de cada baldosa no puede adquirir a la vez dos estados, ser vivienda habitual y a la vez no serlo. Por lo que:

Realmente es vivienda habitual y si es vivienda habitual no puede a la vez no serlo.

La vivienda habitual no pierde ese carácter por traslado laboral.

  • Artículo 41 bis. Concepto de vivienda habitual a efectos de determinadas exenciones.
    • Del Reglamento de la Ley del IRPF.
      • Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.
        • Legislación consolidada
Saludos.
#6

Re: IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania

Sobre el argumento de indivisibilidad del uso de la vivienda:.
Aunque la vivienda es indivisible y está ocupada por usted y sus hijos como vivienda habitual, desde el punto de vista tributario, la normativa no permite liberar automáticamente la parte del inmueble que corresponde al propietario no residente. Cada propietario tiene una obligación fiscal individual respecto a su porcentaje de titularidad y al uso que se le da al bien.
Por tanto, el hecho de que sea la vivienda habitual de usted y sus hijos no exonera a su marido de la obligación de tributar en el IRNR por su 50 % como inmueble no arrendado.
En conclusión, aunque la vivienda es indivisible en su uso práctico, fiscalmente cada propietario tributa por su porcentaje de titularidad. Le sugiero revisar con detalle la normativa aplicable en el Manual del Impuesto sobre la Renta de No Residentes 2024 o consultar con un asesor fiscal para verificar su situación específica.
#7

Re: IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania

El IRNR es personal, con independencia del régimen en gananciales. Por supuesto la vivienda es habitual para uno y puedo no serlo para un copropietario, es una definición fiscal que la da el copropietario a su parte de la propiedad en función de su situación personal.
El IRNR que se presento hasta el 31/12/2024 fue para rentas imputadas correspondientes al propietario en 2023. 
Dicho esto, tengo dudas de la residencia fiscal alemana de tu marido, desconozco vuestra situación personal y la motivación.  Tened cuidado y estad seguros del movimiento, las sorpresas pueden ser importantes. 
No puedes deducirte más que lo correspondiente a tu titularidad, 50%. 
#8

Re: IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania

Buenas noches:

Tengo un caso práctico en el que la vivienda es un condominio y es vivivienda habitual de uno de los comuneros.

Yo como copropietario, que no es mi vivienda habitual,  declaro 0,01 €, porque la aplicación no me permite poner 0,00 € y llevo desde el 2015 realizando así la declaración, desde que soy copropietario. En ningún momento se me ha rectificado dicho importe, aunque he tenido investigaciones por la compra venta acciones de renta variable.

El código civil indica en el siguiente artículo:

  • Artículo 1344.
    • Mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquella.

No hay lugar a dudas que la esposa tiene el beneficio de no tener que declararla como segunda vivienda o disponible pàra su uso, por ser vivienda habitjual. Por lo que, en aplicación de ese artículo, dicho beneficio también le corresponde al marido.

Siguen casados y por lo tanto ese beneficio también le repercuta al marido.

Del mismo Código Civil.

  • TÍTULO III
    • De la comunidad de bienes
      • Artículo 393.
        El concurso de los partícipes, tanto en los beneficios como en las cargas, será proporcional a sus respectivas cuotas.

Así pues, por generar un comunero un beneficio, le corresponde al otro también ese beneficio.

En este caso la comunera que genera el beneficio es la esposa y por comunidad de bienes, también le corresponde al marido ese beneficio.

Saludos.
#9

Re: IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania

Según el sitio web de la Agencia Tributaria: la normativa fiscal española, y en concreto la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), establece que la imputación de rentas inmobiliarias se aplica a los titulares de bienes inmuebles urbanos no afectos a actividades económicas ni arrendados, que no constituyan su vivienda habitual. Por tanto, la interpretación del Código Civil en relación a la comunidad de bienes o gananciales no modifica las reglas específicas fiscales aplicables al IRPF. 

En este caso, la vivienda que es habitual para la esposa (como comunera y copropietaria), no genera imputación de rentas para ella. Sin embargo, para el marido, quien manifiesta que la vivienda no constituye su vivienda habitual, sí resulta aplicable la imputación de rentas inmobiliarias en proporción a su cuota de copropiedad (artículo 85 de la Ley del IRPF). Esta imputación no se ve modificada por las reglas del Código Civil ni por el régimen de gananciales, ya que el criterio fiscal no contempla ese tipo de beneficio o exención por asociación entre comuneros. 

Respuesta a tu práctica de declaración:

 El hecho de que declares un importe simbólico de 0,01 € desde 2015 sin haber recibido una rectificación expresa por parte de la Agencia Tributaria no implica que el criterio aplicado sea correcto, sino que la Administración podría no haber fiscalizado específicamente este aspecto. Cabe recordar que la imputación de rentas inmobiliarias debe calcularse conforme al valor catastral del inmueble, aplicando un porcentaje que, por regla general, es del 1,1 % o 2 %, dependiendo de si dicho valor catastral ha sido revisado (artículo 85.1 de la Ley del IRPF). Por tanto, para evitar posibles contingencias fiscales futuras, sería recomendable revisar si tu declaración refleja correctamente la imputación de rentas inmobiliarias derivada de tu parte proporcional en el condominio. 

Recomendación:

 Te sugiero acudir a un asesor fiscal para verificar la correcta aplicación de la normativa del IRPF a tu caso concreto, especialmente considerando que has sido objeto de investigaciones previas, aunque no relacionadas con este inmueble. Asimismo, puedes consultar más detalles en la Ley del IRPF y en la normativa reguladora de las imputaciones inmobiliarias directamente en el sitio web de la Agencia Tributaria: 
Si necesitas aclaraciones adicionales, no dudes en consultarme.
#10

Re: IRNR 2024 - pagar renta por la vivienda habitual cuando este año (2024) es residente fiscal en Alemania

Buenos días:

Se acude al DLE de la RAE, que tiene una acepción específica de Derecho.

  • Civil.  Del lat. civīlis. 
    •  6. adj. Der. Perteneciente o relativo a las relaciones e intereses privados en orden al estado de las personas, régimen de la familia, sucesiones, condición de los bienes, contratos y responsabilidad por daños. Ley, acción, demanda civil.
 
Se analiza en global:
  •   relaciones e intereses privados 
  •  en orden al estado de las personas 
  •  régimen de la familia 
  •  condición de los bienes,  condición de los bienes, contratos y responsabilidad por daños 
 Es decir, todo está relacionado para lo cual se aplica la intersección de conjuntos, que es un conjunto no vacío, cuando tienen un elemento común, en este caso el beneficio.

La esposa genera el beneficio de vivienda habitual, por lo que de ese beneficio es partícipe el conyuge por dos artículos del Código Civil y se repiten para que no se tenga que consultar más arriba.

  • Artículo 1344.
    • Mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquella. 
  • De la comunidad de bienes
    •  Artículo 393.
      El concurso de los partícipes, tanto en los beneficios como en las cargas, será proporcional a sus respectivas cuotas.

De acuerdo con el Código Civil,  el marido, en este caso, es partícipe del beneficio generado por la esposa, que es ser beneficio de vivienda habitual.

La imputación de rentas sobre un inmueble es la renta potencial que, sin tenerlo alquilado, le puede generar la segunda vivienda por su utilización o no por el propietario. Es una forma de Hacienda para recaudar por todos esos inmuebles que están alquilados, pero no declarados.

Se imputa una renta por la funcionalidad que le puede proporcionar ese bien, ya sea por utilizar o no esa vivienda. Si se utiliza como vivenda habitual por la familia, a la familia no se le imputa renta.

Se puede ver que en la definición del DLE de la RAE, se incluye en término familia. No se duda que el marido forma parte de la familia, ya que el matrimoni está vigente. Si estuvieran separados y el piso lo ocupara la esposa, por el art. 393 del Código Civil tampoco se le imputaría renta al ex marido, sin entrar en más detalles en este asunto.

Se supone que, alguna vez al año el marido visitará a la familia durante el año. Entonces, en esos días, se convertiría en su vivienda habitual. Lo que implicaría que no se le asgnaría inputación de renta.

Por matrimonio o por condominio existe una sociedad de intereses. El Código Civil ha sintetizado que: de los beneficios de esa sociedad de intereses participarán todos los concursantes en la sociedad de intereses.

Saludos.