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Tributación venta cuadros

3 respuestas
Tributación venta cuadros
Tributación venta cuadros
#1

Tributación venta cuadros

Hola! Una familia  heredada cuados cuya autenticidad y valoración es dudosa, no incluyéndose en la aceptacion, en caso de finalmente se pudiera vender  como tributaria en IRPF ? O sería mejor incluirlo en la aceptacion, por un valor aunque no fuera el de mercado, dada la imposibilidad de poder obtenerlo en plazo?  Gracias  
#2

Re: Tributación venta cuadros

El artículo 440 del Código Civil establece que para pasar a poseer y disponer de los bienes hereditarios es necesario aceptar la herencia. Si no se acepta, por mucho que el testamento esté a su favor, los herederos no pueden vender los bienes de la herencia, puesto que no figuran a su nombre.



https://vendetuproindiviso.com/blog/aceptacion-herencia-imprenscindible-para-venta/
#3

Re: Tributación venta cuadros

Me parece que el forero se refiere a que en lugar de detallar elemento por elemento, pretenden subsumir toda la valoración de los cuadros en el cajón de sastre genérico del ajuar doméstico.

En tal caso, si no existe una valoración individualizada cuadro a cuadro, su coste o valor de adquisición es 0,00 €.

En el supuesto de posterior venta, todo el precio sería ganancia patrimonial.
(Salvo que presentasen liquidaciones complementarias del ISD...)

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Tributación venta cuadros

Si hay indicios de que puedan ser valiosos, lo más recomendable es hacer una tasación por un profesional.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.