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Exceso de adjudicación - Herencia

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Exceso de adjudicación - Herencia
Exceso de adjudicación - Herencia
#1

Exceso de adjudicación - Herencia

Buenas tardes,  tengo varias dudas en relación a una herencia de mi madre, fallecida recientemente.
Cuando murió mi padre se realizó la liquidación del IS y el usufructo para mi madre, no se repartió ningún bien,
Ahora tenemos que adjudicar la casa a un heredero, somos dos, y el otro se queda con el dinero, con lo que se produce un exceso de adjudicación al primero de unos 50.000 €.
Las dudas que tengo, 
1) La disolución del condominio se realiza en el mismo acto notarial de aceptación y reparto de herencia?
2) El exceso de adjudicación se "legaliza" en el mismo acto notarial de aceptación y reparto de herencia?
3) En la liquidación del IS hay que indicar de alguna forma ese exceso de adjudicación?

Muchas gracias por vuestra ayuda
#2

Re: Exceso de adjudicación - Herencia

Ahora hay que liquidar el IS por la herencia de vuestra madre. Supongo que, aparte del usufructo, tu madre era propietaria del 50% de los bienes del matrimonio ¿Es así?
Respondo a tus preguntas con las reservas propias de lo expresado:
1.- No es necesario disolver condominio. Si la casa es indivisible, se podría adjudicar directamente a uno, compensando al otro.
2.- El exceso de adjudicación (si lo hay, cosa que no está clara), es una cuestión fiscal de quien se viera beneficiado por el mismo. Suele liquidarlo la propia Hacienda.
3.- No.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.