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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#931

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Caramba!! esa deducción (%) corresponde a antiguedad de 1948
#932

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Efectivamente, antes, ahora cumple 99 años.
Ya he rectificado, ningun problema. Sale declaracion rectificada en tramitacion.
#933

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Ya veremos de donde saca el “desgobierno” que padecemos los miles de millones por para tapar este otro agujero  que se va a producir en la recaudacion. 
#934

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Personalmente te agradecería que te reservaras tus opiniones políticas y que a nadie, desde luego a mi no, nos importan.
Gracias. 


#935

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Me parece un poco caótico todo... Me parece que se les ha ido de las manos y que ni ellos tienen muy claro a quién y cómo se le aplica el ajuste.

#936

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


De acuerdo, pensaba que podría ser que lo hubiesen añadido ahora, dado lo confuso que está todo, que unos días incluyen los importes, otro los quitan, luego pone un aviso de que esperes, después de que ya no esperes... 
#937

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


No está nada mal. Pues, con esas cifras, se moverá en más de 9.000 euritos al año de devolución... Le van a caer unos 50.000 euros de paga extra este año
#938

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


¿No le ponía el importe del ajuste hasta ahora? ¿Y le salía un aviso de que esperase o de que ya presentase el formulario y solicitase también 2023? En algunos casos les eliminaron el importe y ya no les ponía que esperasen, sino que la presentasen así y que solicitasen la devolución de 2023 también con el formulario.
#939

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Sin hacer ningún comentario político a favor de unos u otros, lo que está claro es que todas estas situaciones y estos agujeros, como otros muchos causados por leyes impulsadas por un vampiro murciégalo que sufrimos hace años, son consecuencia de que los diferentes gobiernos, sean del signo que sean, solo buscan recaudar hoy, aunque haya fundadas sospechas de que, en el futuro, les tumbarán sus medidas, dudosamente legales y constitucionales.

Posteriormente, el tiempo hace que se resuelvan los conflictos judiciales y que haya que devolver a ciudadanos y empresas lo que se les ha estado robando durante los años anteriores.

Ahora también hay algunas leyes de dudosa constitucionalidad que seguramente acabarán, dentro de unos años, con millonarias devoluciones a ciudadanos y empresas.

Tenemos lo que se merecen... ellos.
#940

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No le salia y el 4 de mayo no espere mas y presenté declaracion sin ajuste, a la vez reclamacion 2019/2022.
Hoy ha salido el ajuste, me he metido en declaraciones presentadas, modificar, he modificado poniendo la retribucion nueva que ha salido con el ajuste en datos fiscales y ya me ha salido “nueva declaracion rectificada”
#941

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Aunque no sea un comentario a favor de nadie, no deja de ser un comentario político que no ayuda en este foro, más bien lo entorpece.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#942

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 
Despues de las disquisiciones sobre gobiernos y legislaciones que se han escrito, me gustaría recordar que el texto de la D.T. 2º existe en la ley de IRPF desde 1998, aunque al principio fue D.T 3º de la Ley 40/1998. 

La razón de la inclusión de esta DT en la ley de IRPF era evitar la doble tributación en los rendimientos del trabajo declarados en el momento de la jubilación cuando estos proceden de aportaciones/cotizaciones que, en su momento, ya tributaron. 

La razón por la que, hoy, las pensiones tributan es porque, en general, se considera que las aportaciones/cotizaciones fueron gasto deducible en la tributación de nuestro salario y es ahora, cuando se cobran, cuando tributan (tributacion diferida). 

Y esto ha sido así desde que existe el IRPF (1978). Pero ¿y antes?. ¿Como sabemos si nuestras cotizaciones se habían deducido de la tributacion del salario?. La legislación fiscal de aquella época fue muy diferente y, sobretodo, muy cambiante. Hacienda, consciente de ello, introduce la DT3º (hoya DT2º) que dice: 

-        Que deben declararse todas las prestaciones de jubilación concertadas con mutualidades, que provengan de aportaciones anteriores a 1999, si en algun momento se han podido deducir, al  menos en parte, de la base imponible del año correspondiente. 
-        Que lo que se declarará será la diferencia entre lo percibido y la aportación que NO haya podido deducirse en cada momento. 
-        Que si no se puede acreditar el importe de las aportaciones que NO hayan podido deducirse, se declarará el 75% de lo percibido. 
#943

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 
A partir de los primeros años de 2000, empieza una batalla legal con Hacienda emprendida por colectivos de jubilados de sectores importanates: Telefónica, Endesa(La Empresa Nacional, original), Banca y otros muchos, para intentar demostrar que sus aportaciones/cotizaciones no puedieron deducirse pero que tampoco sabían de que importe eran y, por ello, pedían declarar el 75% de la pensión. 

Los primeros en tener éxito, despues de muchos litigios, fueron algunos de los que percibían complementos de pensión producto de aportaciones voluntarias, pero finalmente tambien se incorporaron las pensiones públicas producto de cotizaciones obligatorias, sobretodo del sector de la banca que fue el que llegó hasta el Trib Supremo en Febrero 2023 (muy excepcional) que determinó que todas las cotizaciones a las mutualidades no habían podido deducirse, por lo que procedía aplicar la DT2, en contra de la opinión del abogado del estado que representaba a la AEAT. 

Si conocemos un poco la historia de los litigios con la AEAT de esta cuestión, veremos que nadie ha podido demostrar nada sobre si se podían deducir o no las cotizaciones, porque es muy complicado saberlo. Pero el TS tenía que tomar una decisión: obligó a la AEAT a demostrarlo (que si que se deducían), pero como no pudo, concluyó que no. 

Con lo cual se cerró la discusión de si procedía aplicar la DT2 a la pensión: SI se podía. 
#944

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 
Pero apareció otra cuestión: ya que nadie sabe cuantas aportaciones/cotizaciones no han podido deducirse, según la DT2 procede declarar solo el 75% de la pensión. ¿toda la pensión? ¿una parte de la pension? ¿que parte y como se calcula?...... 

Y en eso estamos, aunque se va aclarando poco a poco. 

Disculpas por el rollo. 

Todo lo explicado es mi visión personal. Llevo siguiendo el tema muchos años. 
#945

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Personalmente, no entiendo nada de nada, pero bueno, bienvenido ese maná inesperado.

Pero no se como terminara y si lo cobraremos.  Desde mi estimacion, son varias decenas de miles de euros que tienen que devolver y otra "mortera" que van a dejar de ingresar de los 4.800.000 pensionistas y me parece que no va haber "cama para tanta gente".
Aunque este gobierno no se el responsable, el roto va a ser de una magnitud muy considerable.