Esto resulta interesante, según comentas conoces casos de jubilados que le han aplicado el coeficiente hasta el año 1992, yo me pregunto... ¿se puede ampliar mas años de los que contempla la sentencia?.
La sentencia dice lo siguiente:
La sentencia del Tribunal Supremo sobre mutualistas e IRPF (STS 255/2023, REC. CASACIÓN 5335/2021 del 28 de febrero) reconoció a los pensionistas que cotizaron en la Mutualidad Laboral de Banca el derecho a disfrutar de una reducción fiscal del 100% por lo cotizado hasta el 31 de diciembre de 1966 y de un 25% por lo cotizado entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978.