Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Interpretación Disposición Transitoria 34

1,92K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
31 suscriptores
Interpretación Disposición Transitoria 34
Página
95 / 131
#1411

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias Ap Mm. Aunque ya le eché un vistazo todavía no lo entiendo del todo-todo como para tener una opinión que compartir. Habrá que leerlo 19 veces y quinientas noches… O más.
#1412

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En este asunto todo es retorcido.
#1413

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Muchas gracias ApMm. 
Vaya pera mental que se han metido, alucino en colores!
Lo he mirado con un ligero detalle, y yo en mi caso, podria demandarles y pedir mis 13 € que no me aplica el simulador, pero me va costar más los ansiolíticos y el tiempo que los 13 €, porque claro cada caso (yo son 15 meses de anticipo) varía...
En fin, sinceramente tengo ganas de acabar con esta p... pesadilla, pero me parece  absolutamente vergonzoso que la ministra una que acabo de ver en la tele (haciendo no se que carajo de acuerdo de SS con USA) no de la cara con esta p.. vergüenza. En fin. Muchas gracias ApMm de nuevo y Buenas noches compañeros.
#1414

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ap Mn, MUCHAS GRACIAS, por compartir el informe. 
Ahora toca analizarlo detenidamente, pero a primera vista, y repito a falta de analizar con detenimiento, veo alguna cosa:
1°- NO existe ningún doble cálculo. Han utilizado la Pensión Máxima del año 2021 (2.750,42€) para establecer la línea entre aplicar la DT 34 o no aplicarla. 
    2750,42 *14= 38505,88€
Penalizacion limite máximo 0,5 por trimestre 2 años 4% - - 100% - 4% = 96%
    38505,88*96% = 36965,64€.
2°- Por lo que dice en el último párrafo, no parece que en 2025 y los siguientes, vaya a cambiar nada, por lo que en esa fecha no existirá otro Criterio de Gestión, al menos por ahora. 
3°- En base a este informe, TODOS los que la BR supere la P. Máxima y no cumplan algún condicionante del apartado 3, se les aplicara la DT34.2
4°- Los que si cumplan alguna condición del apartado 3 de la DT34, SI se les aplicará el doble calculo. 
Vuelvo a dar la GRACIAS a Ap Mn por haber compartido este informe, que analizaremos para sacar nuestras conclusiones
#1415

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ni la dará, nosotros le preocupamos una pm. Además la gente dirá que nos den, que nos vamos antes, que si nuestros salarios, que si no se que canciones más que circulan por ahí. 
#1416

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Por ser positivos, y como conclusión y apunta también Jalcper, al menos queda claro que a los de la BR>Pmax se aplica la DT34.2 directamente y si a alguien le concurren las circunstancias le aplican la DT34.3, que no está nada mal dentro de todo este marasmo. 
#1417

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ya, así es, y somos los que estamos manteniendo el sistema, recibiendo mucho menos de lo que hemos contribuido para pagar otras pensiones más bajas y otras incluso no contributivas... En fin...Esto es solidaridad, y estoy muy orgulloso de ello compañeros, aunque luego nos echen pestes.
#1418

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo no comparto el criterio del informe al utilizar Pmax de 2021. En cualquier caso es de muy difícil comprensión y desde luego algunas de las cuantías de la tabla 3 están mal. Aunque parece que este año y el que viene se va a aplicar DT34.2, a partir de 2026 todo apunta a que no. Es decir que con el apartado 1, introducido a instancia sindical a última hora de la negociación y como garantía de que en el periodo transitorio nadie sería perjudicado con la reforma, lo que consiguieron es reducir el periodo transitorio de 10 a 3 años. Quiénes estén dudando si jubilarse anticipadamente en 2025 o 2026, que se miren bien cómo le aplican este disparate.
#1419

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hay que leerlo más, si.
A bote pronto, de acuerdo en los puntos 1º, 3º y 4º. 
En el punto 2º me parece entender que la aplicación de la DT solo alcanzará hasta 2026 (previsiblemente) y si esa previsión se hace suponiendo un 2% de subida de las pensiones pero luego, en realidad suben pongamos un 4% no llegaría ni a 2026… Por esta razón los Criterios de gestión nuevos para cada año si que parecen necesarios mientras dure la transitoria, además de que el de este año deja claro que solo es para 2024.

Lo que no logro entender es como cojones utilizan la Pensión Máxima de 2021 para dar por amortizada la salvaguarda que ofrecía la DT34-1 de que nadie se vería perjudicado. Vaya mierdanga…
Lo dicho, tengo que leerlo más… Puede que no llegue a entenderlo nunca.

#1420

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Me pisaste por minutos pero decimos lo mismo ;-)
#1421

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Eso de utilizar la pension de 2021 yo tambien pienso que es incorrecto
#1422

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En la práctica, mi conclusión es que el que pueda jubilarse anticipadamente en el 2024, lo haga, y no retrase su jubilación.

Por si las moscas.
#1423

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Una de las conclusiones que salen, a la vista de este informe, y que yo personalmente ni me había planteado, es que por efecto del aumento de la P. Max el periodo transitorio se reduzca e incluso, se elimine, que es a lo que se refiere el último párrafo del documento, cuando dice "previsiblemente solo alcance hasta 2026" y que en uno de los párrafos dice claramente, "es decir, si antes de transcurrir 10 años la pensión máxima absorve el efecto del aumento de coeficientes establecidos por la LPAP respecto de los vigentes en 2021 para los pensionistas de jubilación anticipada cuya pensión sea superior a la máxima la DT 34 dejará de aplicarse desde ese momento". Así que, previsible en 2026 o 2027, las penalizaciones se apliquen como indica el artículo 210.3. 
#1424

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si no lo he entendido mal, efectivamente va a ser así, pero eso supondrá que las pensiones en 2026 o 2027 se van a minorar hasta la PMáxima de 2021 (-0,5%por trimestre), lo cual es una auténtica aberración. Se pierden 5 o 6 años de IPC.
Yo creo que lo lógico y lo justo seria que la comparativa fuera la PMax de 2021 pero actualizada por el IPC, es decir, la PMaxima de cada año (salvando que a partir de 2025 que crece la mísera cantidad más del 0,115%).

#1425

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo lo que he entendido es que piensan eliminar el periodo transitorio desde el 2027. 

Es decir, que simplemente te aplican el mismo porcentaje de reducción que al resto de pensiones, en nuestro caso sería sobre la Pmax.

Algo así como, si tienes menos de 38,5 años cotizados y anticipas dos años, si BR2027 > Pmax2027, entonces P2027 = Pmax2027 * 23%.

En fin, ya veremos... Felizmente, yo me jubilo en 2024. Si aplicaran esa regla, no podría anticipar 2 años, solamente 1... Al fin y al cabo, supongo que es lo que se pretende. Joder (metafóricamente hablando) a los salarios más altos y carreras más largas, para invertir más en otras pensiones y otros votantes.