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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#1396

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenas tardes,
 Gracias a todos por vuestras aportaciones sin las cuales yo estaría totalmente a ciegas con este asunto dado que el INSS desgraciadamente no aclara nada o muy poco. 
Modestamente os declaráis no expertos en el tema pero creo que sois los que más sabéis en España de esto. 
Quería plantearos otra cuestión, quizá de detalle: creéis más conveniente solicitar la pensión de jubilación online o presencialmente en un CAISS?
Alguno os habéis manifestado a favor de hacerlo online y otros habéis pedido cita presencial para hacerlo, pero me pregunto si para un tema complejo como este será mejor hacer una cosa u otra. Agradecería vuestras opiniones. 
 
#1397

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo no sabría decir que es mejor, he visto muchos inútiles en el teléfono y otros muchos inútiles presenciales, gente capacitada en ninguno de los dos sitios, la verdad, por tanto, no sé qué recomendarte, personalmente siempre prefiero el trato personal, pero si tampoco resuelve para que lo quiero, repito no sé qué decirte, lo siento. Por tanto , cincuenta-cincuenta!
#1398

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo no se dar una respuesta, no creo que sea un trámite complicado, por lo que hacerlo de uno u otro modo no debe de influir sobre el resultado final de la pensión. 
Sobre esto puedo decir un par de cosas:
1° He oído que hacerlo por Internet, si no se tiene otras circunstancias que lo compliquen, es bastante sencillo, pues de debe de dar el DNI y el número de cuenta. Si existe otras circunstancias, como el complemento de la brecha de género se puede complicar un poco más, pero no mucho. No puedo opinar, pues solo es por "oídas". 
2° El cálculo de la pensión, lo realizan en un departamento diferente a los CAISS por lo que hacerlo de una u otra forma, no debería de influir sobre el resultado de la pensión.
Como orientación, ya que lo mio es sencillo, es muy probable que lo haga vía Internet. 
Por cierto, la solicitud de jubilación NO se trata hasta que se cumple la fecha que se ha indicado en la solicitud de jubilación. 
#1399

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

totalmente de acuerdo también y coincide con lo mío.
#1400

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenas tardes. Cuanto tardan la SS en mandarte la resolución de la pensión de jubilación. Fecha de jubilación 03.04.24 y fecha de tramitación 20.03.24? 
#1401

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Mi mujer pidió en Dic.2023 una jubilación (activa) y se la resolvieron en menos de una semana desde la fecha del hecho causante.
Pero... ten  en cuenta dos cosas:
1.- Ellos resuelven desde la fecha del hecho causante  (tu caso  03.04.24 ) 
2.- Te puede ocurrir (como el caso de mi mujer), que para enterarte tienes que entrar en no recuerdo bien dónde, con tu eDNI o similar con certificado; enlace no te puedo dar pues no recuerdo si desde el mismo simulador hay algún acceso o sino en "Mi seguridad Social" o algo así, y vio que estaba resuelto en muy pocos días; sino, te enterarás algún tiempo después, que es en el momento que  te llega una carta creo que certificada a casa pero claro como dos semanas después....

Te recomiendo que te metas hoy mismo por donde te digo, y a lo mejor tienes resolución...
Ya nos informarás de tu resolución!!!
#1403

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Vale, muchas gracias. Es que el otro día fui adar de baja el convenio especial a la Tesorería con fecha 03.04 y me dijeron que a ellos no les constaba la baja. Me dijeron que cuando tuviera la resolución de la pensión por parte de la SS fuera por allí para anular el convenio especial con esa fecha (03.04).
#1404

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo fui a solicitar la baja a tesorería y me dijeron q por jubilación no hacía falta y me enseñó un papel donde lo ponía.
#1405

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Te cuento lo que saben en mi pueblo-ciudad. El 20 de marzo me tramitan en el CAISS la jubilación. Le pregunto a la funcionaria de turno si ya ellos comunican a la Tesorería la baja en el convenio especial por jubilación. Me dice que no lo tiene claro y que pregunte en la Tesorería. Al día siguiente me paso por alli y lo que me dicen es que me vaya sobre el 3 o 4 de abril. Vuelvo el día 4 de abril y me dice que en la base de datos no consto como jubilado. (solicitud con fecha de jubilación del 3 de abril). Que me vaya con la resolución de la SS para darlo de baja. Incluso me imprimen un papel para que lo lleve cubierto. Me dice que si lo doy ese día de baja con fecha deja 3 de abril me cobraría todo el mes de abril por ser baja voluntaria y que espere a tener la resolución. Aun así, no sabe si me cobraran todo el mes de abril o solo hasta el día 3. He decidido tomármelo con humor.....

NOTA: Al CAISS fui cuatro veces a tramitar mi JAV y tengo en mente al ilustrado que me dijo que yo interpretaba mal la ley cuando le hable de la DT 34....y me ofreció como solución estrella jubilarme el 3 de octubre ....y se encogió de hombros cuando le dije si el iba a poner de su bolsillo los cerca de 40.000 euros que ello me supondría....asi que estoy mentalmente cansado...
#1406

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La verdad q si a cada uno nos dicen una cosa distinta, es un cachondeo 
#1407

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Al plazo para responder a mí solicitud de que me entreguen el informe en que han basado el criterio de gestión 4/2024.
#1408

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Al plazo para responder a mí solicitud de que me entreguen el informe en que han basado el criterio de gestión 4/2024.
#1409

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Al plazo para responder a mí solicitud de que me entreguen el informe en que han basado el criterio de gestión 4/2024.
#1410

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Me ha resultado complicado enviar el informe. Creo que va completo, aunque con páginas repetidas.