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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#871

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

A mi me deja entrar poniendo la primera opción anterior a 2013 y voluntaria y así lo calcula, si no tampoco me deja
#872

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Las de Enero (que ya lo he pagado y conozco el importe), Febrero y Marzo 2024 están mal. Son 900 y pico € mas elevadas. A partir de Abril 2024, están bien y coinciden con la de Enero 2024 pagada que es la buena de este año con la subida correspondiente. Antes de que cambiaran el simulador, las BI de este año estaban perfectamente actualizadas.Tengo PDFs que lo demuestran
#874

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenos días.
Para los que estáis mas "puestos" es este tema, y agradeciendo vuestras observaciones os pregunto si estas conclusiones que saco de la lectura son correctas:
1.- Para JAV en 2024, con BR mayor que PMAX ,se aplica lo establecido en el CRITERIO DE GESTION, es decir los porcentajes reductores de la transitoria, dándose por hecho que no hay doble calculo.
2.- Para los que nos planteamos la JAV en 2025, hasta enero/febrero que saquen el CRITERIO DE GESTION 2025 no lo sabremos con cierta seguridad. Pero intuyo que dado que irán considerando los IPC acumulados por año, si en 2024 han subido ha sido un 3,8%, imaginemos en 2025 un 2,0%, total un 5,8 % , el efecto "absorción" se ira produciendo prácticamente todos los años, con lo que pienso que siempre se van a utilizar los coeficientes reductores de las tablas de periodo transitorio y nunca los famosos 0,5 % trimestrales que nos interesan a los que tenemos BR muy por  encima de la PMAX.
#875

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No tengo ni idea. Lo que si sé, es que los coeficientes transitorios también suben
#876

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues, por el momento, hasta que lo vuelvan a "actualizar" y espero sea pronto, pues hoy han actualizado el IPC en el INE, no le hagas caso a la simulación, pues como ves los datos que pone no son correctos, con lo que la Base Reguladora esta equivocada y como consecuencia de ello el resto de los cálculos. Yo esperaría a sacar una nueva, y verificar que los datos de las Bases de Cotización que ahora están mal, hasta por lo menos, el día 20 que imagino actualizaran el simulador con el nuevo IPC de Febrero
#877

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

¿Has probado en agosto? Parece ser que es cuando aplican actualizaciones de las bases reguladoras según ipc's
#878

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esperemos que se den cuenta del error pronto y rectifiquen
#879

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

A ver, he hecho varias simulaciones y ya en una de JAV para julio 2024 SI que me aplica riguroso la DT34.2.  Luego he vuelto a hacer otra para junio 2024 y vuelve a aplicar lo anterior, 0,5% por trimestre…. Y asi con varias simulaciones, unas dan DT34.2 y otras no.

Mi conclusión: creo que esta absolutamente inestable el simulador, pero esta aplicando la DT34.2 cuando “puede”
No nos agobiemos, sera cuestion de unas horas o unos dias pero pienso que va hacia la DT34.2
#880

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo hice simulación de agosto y ahí no me aplican la DT 34 y en los anteriores si
#881

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esa duda nos la podría aclarar alguien que estuviera en ese caso comparando simulaciones viejas con las actualizadas.
#882

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Fran211, entiendo entonces que no encajarías enLa DT34ª-3. También estoy en PSI.
#883

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Jalcper, eso justificaría el porqué del doble cálculo, pero creo que mi situación no entra en el apartado a del punto 3 que según su redacción aplica cuando hay una extinción de contrato:
a) Que la extinción se haya producido antes de 1 de enero de 2022, siempre que con posterioridad a tal fecha la persona no vuelva a quedar incluida, por un periodo superior a 12 meses, en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social.

Mi contrato con la empresa no se ha extinguido, de hecho podría solicitar la reincorporación cumpliendo unos plazos de aviso determinados. Sigo pensando que estoy en DT34.2 y me han aplicado doble cálculo. De jubilarme en abril a hacerlo en mayo mi BR sube casi 100 euros y es a partir de ese momento cuando me es más ventajosa la aplicación del coeficiente reductor sobre la BR que el coeficiente reductor de la DT34 sobre la PM. Esperaré la contestación a mi queja, a ver si arroja un poco de luz a este asunto...
#884

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ya lo tienes actualizado entonces y si todavía estas trabajando tampoco te aplicaría la DT34º-3... creo.
#885

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No