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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#408

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ya os diré 
#409

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias por la respuesta. 

Tenia la duda porque en muchos foros y webs te dicen que en 2026 para jubilarte anticipadamente debes tener mas de 38 años y 3 meses reales cotizados.
#410

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Por tanto, durante el año 2024, en los supuestos de la pensión de jubilación anticipada por voluntad del interesado... 

¿Porqué creéis que el Criterio de gestión pone, durante el año 2024?

¿Porqué no pone en el periodo transitorio o algo así?

Esto crea incertidumbre... en principio para los que barajan pedir la JAV a caballo entre 2024 y 2025. Pero también para los que planeen hacerlo en los próximos años.

¿Es que habrá que esperar un Criterio de gestión nuevo todos los años?


Tormenta de ideas
#411

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Estoy en ello. He realizado consulta y me contestan que ellos no pueden informarme. Que pida cita previa. Seguiré intentándolo, aunque de cita previa, nada de nada.
#412

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Al menos en las JAV (que es la que a mi me afecta y he estudiado), tal cual. 
#413

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Fran211, lo que te comenta Jesan10. Busca en el foro porque tienes simulaciones de información remitidas por Direcciones Provinciales que sí que cumplen ese criterio. Mírate la que yo he subido, y lo verás claro. 
#414

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola Panconqueso. Te digo mi opinión. Creo que ponen "durante el año 2024" porque tal y como se ha explicado por algún miembro del foro, el INSS entiende que se cumple la exigencia de la DT34 apartado 1, es decir, "la evolución de la pensión máxima del sistema absorba completamente el efecto del aumento de coeficientes respecto a los vigentes en 2012".  Lo que transmite en el Criterio es que al menos en 2024 se cumple. En 2025 volverán a calcular y se verá qué criterio adoptan, pero hasta que no veamos la inflación de 2024 y la subida de las pensiones no podrán decidir. 
Te recuerdo que el hecho de cumplir la exigencia del apartado 1 de la DT 34 permite aplicar el apartado 2 de la DT 34 que en esencia es que aplican los coeficientes reductores de esta DT siempre que la Pensión calculada (BR x meses cotizados) supere la PMax. 
#415

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Errata, quise decir 2021 en vez de 2012 en mi contestación anterior a Panconqueso
#416

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola
pues sigo sin entender una cosa, que con la entrada en vigor en 2024 de disposición transitoria se mejoren las pensiones de los que tengan una base regulable muy poco por encima de la pensión máxima.

Pongo por ejemplo a dos trabajadores que tienen ambos 40 años cotizados en el momento de cumplir los 63 años quieren pensionarse justo cuando cumplen estos 63 años, es decir con una antelación de 24 meses.

Trabajador 1: se jubiló en febrero/2023 con una base de 3060€ (mayor a la pensión máxima de 3.059,23€). Se le aplicó una penalización del 19% (en este caso no era de aplicación el 4% sobre Pmax) por lo que le quedó una pensión de 2.478,60€. En 2024, tras la subida del 3,8% por IPC, su pensión es de 2.572,79€

Trabajador 2: se jubila en febrero/2024 con base de 3.176€ (mayor a la Pmax de 3.176,04€). Este año 2024 se le aplicaría esta DT y su pensión sería Pmax menos 5,5%, es decir 3.000,41€.

Como se puede ver mucho más beneficiado el trabajador 2 respecto al 1 con una bases similares y el mismo tiempo cotizado. Y eso aplicando una norma que debiera penalizar aún más a las pensiones anticipadas !!!

Yo creo que el espíritu de la norma era endurecer a las pensiones anticipadas y por aquí tienen una vía de agua.

Lo suyo hubiera sido haber dejado los mismos criterios que antes del 2022 pero sustituyendo la penalización del 0,5% por trimestre anticipado, por las nuevas tablas de esta DT. Todo hubiera sido más fácil y coherente.

Saludos.
#417

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues yo creo que desincentiva más la Jav el estado de confusión que están creando que todas las penalizaciones previstas.
#418

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Para eso tendrían que haber terminado el bachillerato los redactores de la ley.
#419

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pero si como citas... "la evolución de la pensión máxima del sistema absorba completamente el efecto del aumento de coeficientes respecto a los vigentes en 2021..."

Si en 2024 ya dan por "amortizado"  el apartado 1 de la DT34ª y consideran que la evolución de la pensión máxima ha absorbido  completamente el aumento de los coeficientes respecto a los vigentes en 2021 pues ya está ¿no? En 2025 eso ya no hay que planteárselo. No sé...
#420

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esa es otra, me gustaría saber el porqué en 2024 sí se cumple el apartado 1 de la DT, qué cálculos hay que hacer, es para conocer si en 2025, y siguientes hasta 2033, se aplica el apartado 2, o nos cae la espada de Damocles y pasa a ser papel mojado esta DT, pues se aplicarían ya el 21%,19%, 17% o 13%,dependiendo de los años cotizados, con una antelación de 24 meses.

Saludos.