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Estado solicitud ingreso minimo vital

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Estado solicitud ingreso minimo vital
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Estado solicitud ingreso minimo vital
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#41206

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Licenciada en Derecho* En abogacía no existe la licenciatura, ni el grado universitario, sólo el máster para aquellos post Plan Bolonia. 
#41207

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

El proceso de Bolonia y el nuevo plan de estudios de Derecho de la UAM

La reforma del Grado no resulta sin embargo suficiente. El Decreto 1393/2007 parte del presupuesto de que, junto al Grado, el estudiante universitario debe aspirar a completar su formación con un Máster (de, al menos, un año) y, en su caso (excepcional en Derecho), con el doctorado. Como es bien sabido, el mercado de servicios jurídicos no demanda en la actualidad la obtención de un título de posgrado para desarrollar con éxito una carrera profesional. Sin embargo, la Ley 34/2006, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, asegura que a partir del año 2011 muchos Graduados vayan a cursar un Máster de al menos un año y medio de duración (incluido medio año de prácticas). Un Máster que no descarta la especialización y que, en todo caso, vendrá a sumarse a una oferta cada vez más rica de Másteres claramente especializados y de orientación crecientemente “profesionalizante”. 
 

El estudio del Grado de Derecho en España


Grado en Derecho


Para poder ejercer como abogado en España, se ha de obtener el título de Graduado en Derecho en la Universidad y posteriormente cursar el Máster de Acceso a la Abogacía que habilita al ejercicio de la profesión.

El grado en Derecho tiene una duración de 4 años (5 si se combina simultáneamente con otro grado).

Todos los alumnos que cursan el grado en Derecho estudian las mismas asignaturas troncales: Derecho Constitucional, Civil, Penal, Mercantil, Laboral, Administrativo, Procesal, Tributario, Internacional y Comunitario.

Una vez obtenido el título de graduado en Derecho existen dos opciones, o bien realizar el Máster de Acceso a la Abogacía o, si no se desea ser abogado, opositar para acceder a un cargo público.

Máster de Acceso a la Abogacía

El Máster de Acceso a la Abogacía tiene una duración de un año y medio y consta de clases teórico-prácticas durante el primer año y de prácticas externas tuteladas durante los siguientes seis meses.

Todos los meses de febrero y octubre el Estado convoca las fechas para realizar el examen de acceso a la abogacía, cuya superación es necesaria para poder obtener el título de abogado en España y colegiarse en alguno de los colegios de abogados del país.

Este sistema de 4 años de grado más uno y medio de Máster con examen oficial es muy reciente en España.

Hasta hace unos años, no existía el Grado en Derecho sino la Licenciatura en Derecho, que consistía en 5 años de estudio que daban acceso a la colegiación y al ejercicio, sin necesidad de másteres o exámenes adicionales.

Con el cambio introducido se persiguen tres los objetivos:

  • Equiparar el sistema de enseñanza universitaria de España con el del resto de Europa, Bachelor & Master
  • Incrementar la dificultad de acceso a la profesión de la abogacía
  • Reducir el número de abogados colegiados en España (en 2013 duplicaba el de Francia)

Antes de 2011 los abogados debían colegiarse. Después quitaron la colegiación y para poder ejercer se exigía hacer este Máster. Hasta donde he leído, la compañera tiene las dos cosas para poder seguir ejerciendo como abogado después del 2011 o el máster lo hizo después, no tengo datos de si este plan es retroactivo para abogados colegiados anteriormente a ese año.

En este caso, no sólo tiene la titulación sino que también ha cursado el Máster, lo que le da doblemente la capacidad de abogado con todas las de la ley.

Dejad de atacar a la compañera los que os quejáis de que algunos ponemos temas personales sin ceñirnos al IMV. Creo que no es equitativo el tema, ya que nosotros hablamos de nosotros mismos y vosotros sólo atacáis y lleváis varios días copando el tema contra la compañera. Si no os gustan sus consejos, no aceptáis su ayuda, con "ignorar" en su perfil es suficiente.

Es muy fácil... os metéis en nuestro perfil y desplegáis unos puntitos y dais a "IGNORAR". Que para eso está.







#41208

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Jajajajajaj me pasa lo mismo,siento mucha curiosidad de saber quien está  detrás del nick de Nenuca.Llevo tanto tiempo leyendo los mensajes de una persona soberbia, prepotente, arrogante, con claros signos de querer aparentar lo que no es, de hacerse notar su "experiencia en derecho" y lo único que se percibe es el de una persona con la autoestima bastante tocada, con complejo de inferioridad que necesita mentir en un foro para demostrar ser aquella persona que le hubiese gustado ser y no fué.
Es penoso y a la vez triste.
Pero la verdad que me da rabia porque la llevo leyendo varios meses contestando a la gente con esas inflas de superioridad y poco respeto que me alegro de que por fin la hayan parado los pies.
#41209

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

esta claro que a nenuca le pasa algo 
pero joder os pasáis  tres pueblos sin conocerla ,
pd: acuna matata vive y deja vivir 


#41210

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Esto es peor que Telecinco.

Dejen de hablar de unos y otros. Si no te gusta un post del foro, pasa al siguiente.
Si no te gusta un forero, ignoralo.

Que la gente que quiere información al final se aburre y se va, cuando muchas veces esa info la sabemos. Menos la fecha de los atrasos.

Y por último, mucho quejarse por aquí y poco quejarse en Twitter, que no es que sea la solución, pero se oye más el ruido.

Buen fin de semana 😸

#41211

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Pero qué película me estás contando XD Yo no he atacado a nadie, te he corregido diciendo que no existe tal cosa como Licenciado en Abogacía, explicando que es un máster que se exige tras Bolonia. Y me pones una parrafada diciendo lo mismo xDDDDDDDD
#41212

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Porque no saben ni de que hablan solo pegan y copian información de internet que ni si quieran han leido este no es un foro para contar tu vida ni la de tu familia ni para relatar tus titulos pero como no tiene suficiente relata los de su familia (que pongo en suda por supuesto) tu eres una persona que valoro mucho aqui  y la gente entra aqui para intentar buscar respuesta a sus dudas  y estas personas no ayudan nada solo relatan su vida para eso hay otros foros o que se den el watsaap creo que en realidad lo que demuestran es soledad
#41213

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Será que te he corregido yo a ti. A partir de aquí ejerzo mi derecho a IGNORARTE.
#41214

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Muchísimas gracias por contestar porque no tengo mucha idea. 
Prefiero que me paguen lo que me corresponde antes que tener que devolver nada. 
Si me pagan de más y se dan cuenta, luego me lo descuentan del IMV o también me lo pueden descontar del subsidio para mayores de 52 años? 

La solicitud la he hecho para mí sola. 


#41215

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

He llamado al INSS y me han dicho que está aprobada y el importe y veo que me han hecho los cálculos con los datos de 2020.

Eso quiere decir que el próximo año voy a tener que devolver lo que me hayan pagado de más este año? 

Muchísimas gracias por contestar porque no tengo mucha idea. 

Me lo pueden descontar el año que viene del subsidio para mayores de 52 años que estoy cobrando? 



#41216

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

He llamado al INSS y me han dicho que está aprobada y el importe y veo que me han hecho los cálculos con los datos de 2020.

Eso quiere decir que el próximo año voy a tener que devolver lo que me hayan pagado de más este año? 

Muchísimas gracias por contestar porque no tengo mucha idea. 

Me lo pueden descontar el año que viene del subsidio para mayores de 52 años que estoy cobrando? 

No veo nada del IMV ni en notificaciones telemáticas ni en certificado de prestaciones pero a ellos les sale como aprobada. 


#41217

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

No me pasa nada, gracias a Dios.
#41218

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Quien me ha parado los pies Aspito?
#41219

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

El hecho de que haya "prescindido" de determinadas personas que solo saben proferir insultos, y tirarse al cuello como hienas, no significa que nadie me haya parado los pies. Simplemente que no es mi estilo ni lo será nunca.
#41220

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Y mucho menos tengo ningún problema mental. No sé ni que es eso. Pero te agradezco tu comentario.
Un saludo,