La normativa establece esas reglas.
Reitero, capacitada o no para hacer su trabajo, si firma una
baja voluntaria tiene esos efectos legales.
Las opciones que tenía eran la baja por parte de su médico de la Seguridad Social por incapacidad temporal (sin importar el tiempo que llevara trabajando, si se rompe una pierna el primer día de trabajo su médico le dará un parte de baja) o la mutua de salud, o que l
a decisión extintiva del contrato tenga su origen por parte de su empleador y se materialice así documentalmente (carta de despido, etc).
Para no perder los derechos derivados de la finalización de una relación laboral, en su caso, que siempre siempre, sea el empresario quien le despida, y que alegue las causas que él considere oportunas. Da igual lo que alegue el empresario (disciplinario, causas económicas, organizativas...) pero que le despida el empresario.
Además, si usted firma la baja voluntaria significa renunciar a las indemnizaciones económicas previstas por la finalización del vínculo entre empresario y trabajador, por ejemplo, para los despidos improcedentes (33 días de salario por año trabajado), objetivos, nulos, etc.
Y, en general, no podrá reclamar ante la autoridad laboral la extinción de su contrato, si cree que el despido fue injusto, o más bien, no se ajusta a ley (Derechos fundamentales, Estatuto de los Trabajadores, Convenios, Acuerdos...). Si se reclama contra despido, tiene 20 días hábiles para presentar la Papeleta de Conciliación ante el Servicio de Mediación Conciliación y Arbitraje.
Si el intento de conciliación resulta sin avenencia, es decir, no hay acuerdo entre empresario y trabajador, entonces, se presenta Demanda impugnando el cese).
Por ejemplo, si un trabajador firma la baja voluntaria, por mucho que tenga cotizado a la Seguridad Social, digamos por ejemplo 1 año que dan derecho a 4 meses de prestación, no podrá cobrar esa prestación económica.
Por contra, si ese mismo trabajador es despedido por su empresario, podrá cobrar el paro durante cuatro meses. Y, si tiene responsabilidades familiares, hijos, etc, podrá solicitar el subsidio con los requisitos de edad, etc.
La web del SEPE explica muy bien estas situaciones y cuenta con simuladores:
https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones.htmlSolicite todas las prestaciones a las que pueda tener derecho, ya que es requisito para la consideración de su solicitud de Ingreso Mínimo Vital.