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Reflotar hipoteca y deducción vivienda habitual - Declaración de la Renta 2015

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Reflotar hipoteca y deducción vivienda habitual - Declaración de la Renta 2015
Reflotar hipoteca y deducción vivienda habitual - Declaración de la Renta 2015
#1

Reflotar hipoteca y deducción vivienda habitual - Declaración de la Renta 2015

Buenos días,
En el año 2015 pagamos 11000 euros para reflotar la hipoteca con intereses de mora.
Estuvimos mitad del 2014 y mitad del 2015 sin pagar por problemas económicos.
Bien, en la declaración del 2015 aparte de los 9000 como tope para desgravar.
Son deducibles los intereses de mora? Si es así donde lo tengo que poner en la declaración modelo 100.
Y por otra parte en mi borrador de internet no veo deducción por vivienda habitual me he bajado el programa Padre y estoy haciendo la declaración yo la hipoteca.
Pero no encuentro el anexo A.
El seguro del hogar vinculado a la hipoteca desgrava aparte y donde lo pongo.
Muchas gracias y espero podais ayudarme.
Saludos¨¨

#2

Re: Reflotar hipoteca y deducción vivienda habitual - Declaración de la Renta 2015

Hola Rom64!

Los intereses de demora no son deducibles, asíque no debes incluirlos en la declaración. 

El anexo A.1 es dónde debes incluirlo. Te dejo una captura para que lo veas. 

En cuanto al seguro de hogar, la Agencia Tributaria dice lo siguiente al respecto:

Cuando exista derecho a aplicar la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, esta se practicará sobre las cantidades satisfechas en el año para la adquisición o rehabilitación, incluídos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en caso de financiación ajena, la amortización, los intereses y demás gastos derivados de dicha financiación, entre los cuales se encuentran las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios que se acostumbra a incluir en las condiciones de los préstamos hipotecarios.

Por tanto debes sumarlo a la cantidad que fueras a deducirte. Pero debes tener en cuenta que no puedes deducirte la totalidad del seguro de hogar, sino solo la cantidad de la prima representa el seguro obligatorio de incendios, por la parte que haya establecido el banco según la tasación de la vivienda y que está recogido en la escritura de la casa.

Un saludo!