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Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

122 respuestas
Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital
Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital
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#91

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Deberían responder en menos de 45 días, pero al estar saturados están tardando mucho más (eso es lo que te dicen si les llamas y preguntas)... por ponerte un ejemplo, hay casos de gente que llevan casi un año esperando que se les añada a un recién nacido en su IMV, así que imagínate...
#92

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Pues si tenemos que estar esperando mucho tiempo vaya estafa de prestación. A mí me obligaron a pedirla sino no la pediria, porque estaba cobrando la RGC de Cataluña y me obligaron.... Pero hoy tengo el abono de 122€ en vez de los 800 que percibía. 
#93

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Hola buenas tardes!!!A ver si me podéis ayudar.!!!Llevo dos meses trabajando cosa que ya termino .y cobro ayuda a la infancia y no e hecho la comunicación.me pueden quitar la ayuda o reclamarme indebidos?o estoy a tiempo de comunicarlo?que me aconsejáis?o como a sido poco tiempo me este quieta y que lo vean cuando revisen ellos?
#94

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

No tienes que comunicar que te pones a trabajar, ni tampoco que dejas de trabajar, eso ya lo saben ellos cuando cruzan datos de ingresos con Hacienda cada año.

Se comunican cambios de dirección, personas que se van de nuestra unidad de convivencia o nuevas que se incorporen y muy poquito más.
#95

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Habría que ver que te han imputado como ingresos del 2024 en tu notificación y si coinciden realmente con los que tuviste en 2024... hay gente que, según dicen en sus cuentas, no le coinciden mucho, pero como la Seguridad Social ha usado "datos provisionales de Hacienda" si tienes claro que no coinciden puede reclamarles o solo esperar al cruce "bueno" de dentro de unos meses y ya si acaso reclamar después de dicho cruce si las imputaciones de ingresos del 2024 continua sin coincidirte con tus cuentas.
#96

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Es que no coinciden ni de lejos, he echo cuentas y con lo que tengo en la renta 2024 no coinciden en nada de lo que tienen en la INSS. Pero ya les hice una reclamación para que lo pueda arreglar. El 2023 tampoco coincide y también les he echo la reclamación si lo rectifican también me abonarán la diferència también del 2023.? Saludos
#97

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Lo que reclames por este ajuste hace referencia al 2025, y lo más probable es que hasta que no hagan la "revisión buena" en unos meses ya con los ingresos e IRPF reales presentados por cada uno, pues no te respondan nada concreto.

Lo que hayas reclamado de otro periodo sí que lo podrán mirar más rápidamente y responderte al respecto.
#98

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Ok gracias 
#99

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

***** Ya se que este comentario de ritekg5 es de hace mucho tiempo, pero lo he leído ahora, y con el comentario de ritekg5 y la carta recibida de la seguridad social la pasada semana....ya tengo claro porque no me ha bajado la cantidad a cobrar de IMV ni me han reclamado cobros indebidos por cobrar IMV y RAI a la vez

Pues ya decía yo....no es que se equivocasen o que yo los " los engañase " , es que tal vez la RAI no computa.

Si alguien me recuerda decir en otras ocasiones lo de que en la casilla de ingresos anuales del borrador de la declaración de la renta me venía el importe cobrado de la RAI y que yo dejaba a cero esa casilla para que no me bajara el importe del IMV a cobrar el año siguiente....

Pues no, de engaño nada por mi parte, y dudo mucho que esto sea un cambio reciente, me refiero que he llegado a la conclusión de que...

A DIFERENCIA DE LO QUE SE HA DICHO EN EL FORO CADA VEZ QUE SALIA EL TEMA DE RAI E IMV A LA VEZ DE QUE NO SE PODIA A NO SER QUE NO SUPERASES INGRESOS...,

Si se puede, la semana pasada recibí una carta que me decía que mantenía el IMV con el mismo importe ( o sea 600 y pico el máximo ) y también me decía la carta que el importe cobrado de RAI estaba exento por incentivo al empleo...

Esto no es una conjetura mía, ni una apreciación, si yo como unidad de convivencia única, he podido cobrar el máximo de IMV + RAI , y la RAI me viene como ingresos exentos por incentivo al empleo....blanco y en botella, está más claro que el agua que la RAI NO COMPUTA COMO INGRESOS.

Si la RAI computase como ingresos, desde luego no habría podido mantener el máximo de IMV el año pasado y lo que llevamos de este.

Ahora tal vez alguien diga....¿ no será que si computa pero no llegas al umbral de ingresos mínimos anuales para una persona sola ?

Si que llegó de sobra...y lo paso ese umbral, como unidad de convivencia única, cobrando IMV + RAI pasas la barrera esa que dicen de umbral de ingresos mínimos anuales para una persona sola....lo única explicación es que la RAI NO COMPUTA como ingresos para calcular el IMV

Conclusión para no alargar, yo NO tuve el año pasado más ingresos que el IMV y la RAI...y en la carta que me llegó la pasada semana de la Seguridad Social me dice que con los datos que tienen obtenidos de hacienda, mantengo el IMV con el mismo importe y me pone como exento por incentivo al empleo la misma cantidad que me sale en los ingresos recibidos de la casilla del borrador de la declaración de la renta QUE ES LO COBRADO POR LA RAI EL PASADO AÑO.

Más vale que se aclare esto en el foro y que se abra alguna publicación aclarando esto, porque cada cierto tiempo se suelen hacer preguntas de si se puede cobrar IMV y RAI a la vez.....


#100

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Vamos a ver como lo explico fácilmente sin líos ni confusiones...

La revisión que se acaba de realizar con los ingresos obtenidos durante 2024 parta ajustarle a cada uno su IMV, se ha basado en DATOS PROVISIONALES de Hacienda, no en el IRPF presentado por cada uno, y en algunos casos y circunstancias concretas, HA SALIDO MAL Y ES ERRÓNEA porque no han tenido en cuenta los IRPF reales de cada uno, de hecho hay gente que hasta dentro de unas semanas no realizará su declaración de la renta.

¿Por qué oso decir lo que acabo de decir?, pues por ejemplo porque quien percibió en 2024 una RAI por VG se lo han considerado ingresos cuando es algo exento de declararse como tal, quien cobró desempleo no deberían habérselo computado EN ALGUNOS CASOS (modificación legislativa realizada el 22/05/2024 y que entró en vigor el 01/06/204 del artículo 20, sección "f"  punto 5, de la Ley 19/2021 de 20 diciembre, redactado ahora como "se exceptuarán del cómputo de rentas el subsidio no contributivo por desempleo, cuando a la fecha de solicitud de la prestación se hubiera extinguido"), quien ha estado trabajando como autónomo no le han considerado sus ingresos reales (el compañero @raulparejo puede dar fe), quien el año pasado vendiese unas acciones de bolsa que tuviese en cartera de tiempo atrás le han imputado como ingresos el total obtenido de la transmisión patrimonial en lugar del beneficio obtenido de dicha operación (precio de venta menos precio de compra, podemos haber ganado X dinero o haber perdido algo, pero si compraste por 5000 y has vendido por 6500 deben imputarte solo 1500 que es la ganancia obtenida y no los 6500 de la venta), quien haya trabajado y esté obligado al pago de pensión de alimentos no le ha descontado de sus ingresos dicho pago de pensión de alimentos, quien haya recibido ayudas al alquiler (que están exentas de descontarse del IMV) se las han descontado, etc. etc.

¿Pero arreglarán todo esto? si, claro, cuando en septiembre u octubre a lo más tardar nos hagan la revisión "buena" que comentan en las notificaciones que nos han enviado, en la que ya nos mirarán con el IRPF presentado de cada uno y deberán tener en cuenta mejor lo que hayamos  declarado o no como ingresos, porque claro, la RAI por VG no se declara en la renta salvo que cometas el error de hacerlo, los ingresos obtenidos como autonomo se ponen como actividades económicas, los ingresos por operaciones bursátiles descuentan el precio por su adquisición, etc. y una vez considerados los ingresos REALES de cada uno en 2024 declarados por su IRPF, la Seguridad Social ya deberían de hacernos las cuentas bien.

¿Qué tengo que hacer si me ha bajado o subido y no estoy de acuerdo? pues puedes esperar a la revisión "buena" de dentro de unos meses y una vez realizada ver como te afecta y si te cuadra más con la realidad de tus ingresos del 2024, o reclamar disconformidad con el ajuste realizado y esperar, que probablemente no te respondan a dicha reclamación hasta que hagan el cruce "bueno" en unos meses.


Dicho todo eso, vamos a lo que tú comentas de tu caso particular... nos recuerdas que la RAI que cobrabas la pones a cero en ingresos en tu declaración de la renta para que no te la consideren ingresos y te la descuenten del IMV, lo cual ya te dijimos que puede provocar historias con Hacienda de la misma forma que si Hacienda nos imputa 5000 euros de ingresos por haber currado dos meses en una empresa durante 2024 y vamos y le zampamos cero a dichos ingresos, pues igual "te toca la china", les salta alguna alarma en Hacienda y te hacen una paralela e inspección fiscal... que no digo que te pase, pero ye, ojalá no te ocurra nunca.

Ahora bien, dices que tú no has notado cambios y te han aplicado incentivo al empleo
... NORMAL, han mirado en esta revisión todos tus ingresos, han comparado con IRPF 2023, han visto que en 2024 fueron más (según Hacienda, OJO, porque según tú IRPF no lo han visto en esta revisión) y te has beneficiado de dicho asunto por lo que te han bonificado X euros por dicha historia... ¿está bien? ¿está mal? pues para la Seguridad Social no según las cifras que han obtenido de Hacienda, pero recuerda que esto que han hecho es algo PROVISIONAL con datos provisionales, no con el IRPF que puedas tener realizado y entregado desde el primer día que se abrió la campaña... ¿qué cuando te miren con el IRPF verán que no tuviste ingresos en 2024 (porque los pusiste a cero tú)? pues no te aplicarán bonificación en el concepto "incentivo al empleo" pero tampoco te computarán ingresos a descontarte del IMV... quiero decir, monta tanto, tanto monta en tu caso, pero no significa que a los demás les ocurra igual.

¿Lo quieres más resumido para tu caso?, según esta revisión, la Seguridad Social te imputa como ingresos todo lo que realmente percibiste en 2024 (menos el IMV) y como respecto a IRPF 2023 son más ingresos y te pueden aplicar el sistema de cálculos del incentivo al empleo, pues te bonifican lo que corresponda bonificar, así que te quedas con as gallinas que salen por las que entran...  en la revisión "buena" de dentro de unos meses, verán con tu IRPF 2024 presentado en Hacienda que no hay ingresos y no tendrán nada que descontarte ni tampoco bonificación a realizarte como "incentivo al empleo"... así de sencillo.

#101

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Hola ritekg5 no sé si te estoy interpretando mal yo a ti o tú a mí, seguramente seré yo.

Pero creo que aquí hay que aclarar algo....cuando dije que en la casilla de la declaración de la renta puse un cero 0 en vez de lo que había cobrado de RAI, eso fue en la declaración presentada en Junio del año pasado con ingresos del 2023.

Este año aún no he hecho la declaración, por lo tanto, sin hacer lo del año pasado de poner un cero 0 en la declaración de la renta porque NO HE HECHO AUN LA DECLARACION.....me vino la semana pasada una carta de la seguridad social donde con datos provisionales de hacienda me ponían como ingresos del 2024 el importe cobrado de la RAI y al lado me venía en negrita la frase " importe exento como incentivo al empleo "

El mismo importe de la RAI exento como incentivo al empleo de la carta....es el mismo importe que me viene como ingresos en el borrador de la declaración de la renta " ( y no he tenido más ingresos en 2024 que IMV y RAI )

Quiero decir con lo anterior que aquí no es el mismo caso que en la declaración de la renta del año pasado donde puse cero 0 y quité lo que me pagaron de RAI en 2023 ...... AQUI SON ELLOS LOS QUE SABEN LO QUE HE COBRADO DE RAI EN 2024 PORQUE ME LO DICEN EN LA CARTA, PERO TAMBIEN ME DICEN QUE ES UNA CANTIDAD EXENTA, YO CREO QUE EN MI MENSAJE ANTERIOR LO EXPLIQUÉ BIEN.

Tú dices que son datos provisionales porque aún no son datos oficiales porque muchos no hemos presentado el IRPF......pero es que en mi caso y en el de muchos coincide los datos que dice la carta de la seguridad social de ingresos recibidos en 2024 con los datos de ingresos recibidos en 2024 que vienen en el borrador de la declaración....entonces aunque la revisión definitiva del IMV la hagan a finales de 2025 ya con los datos de las declaraciones de la renta presentadas....en mi caso y en el de muchas otras personas, el hecho de no haber presentado aún la declaración no va a afectar porque los datos que tiene la seguridad social de ingresos recibidos coinciden con los del borrador, por tanto presentar la declaración en muchos casos será un trámite que hay que cumplir, pero ellos ya saben esos datos de hacienda en la seguridad social.

Es que en tu mensaje anterior hablas de RAI por VG ..... la RAI que yo he cobrado NO es por VG y en la propia carta me dejan claro que ese importe está exento....más claro creo que no puede quedar, pero bueno.

Quiero aclarar esto, porque cualquiera que lea tu mensaje puede pensar que es que no me computan los ingresos de la RAI y no me descuentan nada del IMV porque yo puse un cero 0 en la casilla de ingresos recibidos de la declaración de la renta....REPITO que eso fue en la declaración de la renta que hice en 2024 con los ingresos del 2023....

ESTE AÑO AUN NO HE HECHO LA DECLARACION DE LA RENTA CON INGRESOS DE 2024....POR TANTO NO HE PODIDO HACER NADA AUN DE PONER NINGUN CERO EN LA CASILLA DE INGRESOS RECIBIDOS DE 2024

Y si la seguridad social hace una semana me manda una carta, y ellos mismos ya saben lo que he cobrado de RAI en 2024 y aún así ELLOS MISMOS ME DICEN QUE ESE IMPORTE NO COMPUTA COMO INGRESOS PARA QUE ME BAJEN EL IMPORTE A COBRAR DEL IMV......aquí ya no me hace falta poner ningún cero en la casilla de ingresos de la declaración porque ellos mismos me están diciendo desde la seguridad social por carta que saben lo que he cobrado de RAI en 2024 pero que está exento por ser incentivo al empleo, y que voy a mantener el mismo importe de IMV si en la declaración no pongo más ingresos recibidos, que obviamente no los voy a poner porque no he tenido más ingresos que la RAI y el IMV en 2024.

Posdata....alguien puede estar pensando que ¿¿ como digo que he cobrado RAI en 2023 y 2024 si hay que dejar 12 meses entre solicitudes....si no es una RAI por un supuesto especial de los que no hay que dejar 12 meses entre que dejas de cobrar y puedes solicitarla otra vez ?? 

Pues porque puedes terminar de cobrar en Mayo/Junio de 2023 y solicitarla en Junio/Julio de 2024 por tanto has cobrado RAI en dos años seguidos, el primer semestre de 2023 y el segundo semestre de 2024

PARA TERMINAR ACLARO LO ANTERIOR....PARA QUIEN ESTE DANDO POR SUPUESTO QUE NO ME HAN COMPUTADO LOS INGRESOS DE LA RAI PORQUE SEA UNA RAI POR ALGUN SUPUESTO ESPECIAL.....NO, NO ES NINGUN SUPUESTO ESPECIAL.....ES UNA RAI " NORMAL " , DE LAS QUE TIENES QUE ESPERAR UN AÑO ENTRE QUE DEJAS DE COBRAR Y LA PUEDES VOLVER A SOLICITAR.

Por lo tanto ¿ aclarado ya que la RAI NO COMPUTA ?  Y si computa que alguien me explique porque a mí me vienen en una carta ese ingreso de RAI como exento por incentivo al empleo....., y eso de que es porque los datos definitivos son después de hacer la declaración de la renta y que después van a variar los calculos....no tienen porqué variar si los ingresos que pongas en la declaración de la renta coinciden con los del importe que dicen en la carta.

Claro, evidentemente si en la carta de la seguridad social  me dicen que he ingresado por la RAI en 2024 entre 3 mil y 4 mil euros , y me dicen que son ingresos exentos por incentivo al empleo.....y también me dicen QUE VOY A COBRAR EL MISMO IMPORTE DE RAI LO QUE QUEDA DE ESTE AÑO Y PROBABLEMENTE EL AÑO QUE VIENE, y que es prácticamente el máximo que puede cobrar un adulto solo.....pues obviamente en la declaración de la renta de este año no voy a ser tan tonto de poner un cero 0 en la casilla de ingresos de la declaración de la renta, porque aunque deje el importe que he cobrado de la RAI ya me han dicho por carta que está exento.

¿ ENTENDIDO ? Te lo digo con cariño ritekg5 , es que veo que en la parte que te referías a mi caso concreto has dicho que si lo de poner un cero en el apartado ingresos de la declaracion.....o me dices que la RAI por VG no computa, y la RAI que yo he cobrado no es por VG.








#102

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Pues si el caso es como comentas,poco hay que añadir.
Hasta ahora,esto es lo que se sabía sobre la Rai y el imv ( datos sacados de Lambide,pero que aunque lo gestione para el país vasco,los requisitos para el imv son iguales para toda España).

#103

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Mira la tabla que te viene en tu notificación, ¿qué ingresos te imputan del 2024? ¿que importe exento de los ingresos por incentivo al empleo? ¿a que es la misma cantidad? pues eso.

Más concretamente en tu caso:
>>> ingresos IRPF 2023 = CERO (porque lo pusiste así en tu declaración)

>>> ingresos IRPF 2024 IMPUTADOS PROVISIONALMENTE facilitados por Hacienda = lo que sea (seguro te pone una cifra que supera los 2000€ pero es inferior a 6000€)

>>> ¿se te puede aplicar el sistema de calculos del incentivo al empleo?: SI, porque tus ingresos 2024 PROVISIONALES superan 2000 euros y son mayores que tus ingresos del 2023 DECLARADOS en IRPF 2023 (que era la RAI normal pero le pusiste cero)... ¿cuanto dinero? pues la resta de de tus ingresos PROVISIONALES 2024 menos tus ingresos IRPF 2023 que son cero, lo que arroja la misma cifra de ingresos PROVISIONALES 2024 imputados que tampoco llegan a superar ciertos limites que define el proceso de calculo, ya que si fuese así seria menos de la cantidad imputada como ingresos de 2024.

¿Es o no es así?

Si en tu IRPF 2024 vuelves a poner cero en tus ingresos 2024 (quitas la RAI), en la notificación de la revisión de octubre te vendrá "ingresos cero" e "incentivo al empleo cero", de la misma forma que si pones en tu IRPF 2024 "ingresos 9000€" te pondría como incentivo al empleo una cifra cercana a la 5000€ tras dicha revisión de octubre.
#104

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

Pero los ingresos imputados de 2024 ,para aplicarle el incentivo serán dichos ingresos restándole 2000.
Es decir si sus ingresos fuesen por ejemplo 4000 euros, habría que restar 2000 y quedaría como incentivo solo 2000.
Eso sí consideran válido el haber puesto cero en la renta del 2023, que si eran ingresos por la Rai,no lo veo yo muy claro.
Aunque se lo hayan aceptado como válido por ahora,tienen 4 años para revocar dicha decisión.

#105

Re: Incentivo de trabajo - Ingreso mínimo vital

El límite económico del incentivo que le podrían aplicar son ingresos de 2024 menos ingresos de 2023 (que son cero porque así dice que lo indicó en su IRPF) y siempre que los del 2024 superen 2000 euros (o mejor dicho, que tenga "alguna cifra" en su casilla 0022 si son rendimientos del trabajo) con los considerandos que se aplican tramos y porcentajes para dilucidar que importe real le bonificarían como incentivo al empleo real (si la diferencia fuesen quince mil euros ni de coña te van a aplicar ese total como incentivo al empleo, como mucho entre siete o nueve mil euros, habría que calcularlo más en detalle)... en su caso no creo que supere 5000 euros como bonificación de incentivo al empleo del IMV.

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