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Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

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Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
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Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
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#2237

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Hola buenas tardes. Si alguien me puede ayudar solicite la vital con  el complemento a la infancia estoy cobrando subsidio de 463 y una ayuda de la xunta por discapacidad de la niña soy madre soltera con 3 hijos pequeños mi pregunta es ¿si miran los ingresos que tengo la ayuda de la discapacidad de la niña también la cuentan ?
#2238

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital


Hola, tengo aprobada la ayuda desde agosto pero no me a llegado carta ni sms. Cobrare este mes o no? 
#2239

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Las nóminas las cierran entre 10-12 de cada mes.

Desconozco más, pero en principio te la deben haber aprobado día o días después del cierre de nóminas.

En principio sí es así este mes cobras sin ninguna duda.
#2240

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Hay que mirar todo, pero yo creo que por este asunto incluso cobrarías más.

En la ley ha hecho incapie en mujeres víctimas de malos tratos y discapacidad de tu niña.

a) En el caso de una persona beneficiaria individual, la cuantía mensual de renta garantizada ascenderá al 100 por ciento del importe anual de las pensiones no contributivas fijadas anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, dividido por doce.

A esta cantidad se sumará un complemento equivalente a un 22 por ciento en el supuesto de que el beneficiario individual tenga un grado de discapacidad reconocido igual o superior al sesenta y cinco por ciento.

b) En el caso de una unidad de convivencia la cuantía mensual de la letra a) se incrementará en un 30 por ciento por miembro adicional a partir del segundo hasta un máximo del 220 por ciento.



#2241

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Gracias por la información 
#2242

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Pero asesorate mejor en servicios sociales, y este tipo organismos ya que tienes tus propios datos y demás y eso es más privado que ponerlos aquí. Un saludo. 
#2243

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Esta es la tabla ,de la cantidad que no te puedes pasar verdad??en la renta
#2244

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Entre comillas porque ahí no aparece el 15% que ha subido desde mazrzo y que tendrán que actualizar a finales año.

eso es lo previsto para este año.
#2245

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Me ha surgido otra duda.
Para reclamar relleno la hoja que facilitan y luego en los documentos que he aportado ya. Puedo poner allí el número del DNI una vez que lo haga?.

#2246

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Hola Sonia. 
Muchas gracias por responder.
Pero el certificado que debe poner? Eso donde se pide?
Hay es que me pierdo, no entiendo porque me piden eso.


#2247

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Gracias por contestar, pero te pregunto cómo tendría que salir cuando te consultan lo de la renta?
#2248

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Puede ser por que puse en  A efectos de notificación otra dirección distinta a mi empadronamiento? 
Puse ay otra dirección por que en 1 mes nos mudamos y  pensé que tardaban en contestar, así me llegaba la notificación a la nueva dirección.
Como puedo arreglar eso ?
#2249

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

En todos los barrios o localidades hay un centro de servicios sociales tienes que mirar cual corresponde a tu zona y allí es donde tienes que pedir que te hagan un certificado lleva la carta aunque ahora los servicios sociales están poniendo problemas para emitir certificados
#2250

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Pues ese puede ser el problema que les consta 2 direcciones pues tendrás que pedir cita porque además para que te aprueben el IMV debes llevar empadronada al menos 6 meses en el domicilio