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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#2705

Re: Rellenando el Modelo 720

Y una pregunta sencilla que entiendo no tiene importancia, pero por saber: a veces en el propio documento de resumen fiscal de Rasin aparece como 'Raisin GmbH' y otras como 'Raisin Bank AG'. Las dos en relación a la misma cuenta de origen. A qu  se debe? 

Entiendo que no tiene más importancia, pero por saber.



#2706

Re: Rellenando el Modelo 720

"Raisin GmbH" es la empresa principal que hace todo y que se dedica a vender a los clientes las cuentas y depósitos de los bancos colaboradores. Usaba cuentas corrientes en otros bancos como nodrizas para los clientes.

En 2019 compró un banco llamado "MHB Bank AG" y le cambió el nombre a "Raisin Bank AG" para aprovechar y dar soporte a las cuentas corrientes nodriza de los clientes. Por eso el banco Raisin tiene el BIC del antiguo banco: MHBF DEFFXXX.

Nuestro contrato es con "Raisin GmbH". Con "Raisin Bank AG" sólo hay contrato para la cuenta corriente sin más.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#2708

Re: Rellenando el Modelo 720

Yo entiendo que en el 720  sólo se declaran los datos de la cuenta corriente en Raisin Bank AG porque es el banco que tiene tu capital antes de pasar a cualquier otro producto contratado,aunque muchas veces en la info fiscal aparezca la empresa asociada Raisin Gmbh porque ésta última no es un banco sino una empresa y por lo tanto no se declara
#2709

Re: Rellenando el Modelo 720

Así es como bien dices. En el 720 se declara la entidad bancaria en que reside la cuenta bancaria, en este caso "Raisin Bank AG".

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#2710

Re: Rellenando el Modelo 720

Muchas gracias a todos por el hilo. Como siempre, Rankia y su comunidad al rescate!

Me he leído unas cuentas páginas pero todavía tengo algunas dudas estúpidas y agradecería vuestros comentarios (probablemente hayan sido aclaradas antes pero el buscador de rankia es... muy mejorable).

  1. Si dispones de más de 50k en diferentes valores, tienes que declarar todos aunque no se llegue a 50k en valores específicos, ¿cierto?
  2.  ¿Habría que rellenarlo para participaciones en fondos de inversión y ETFs?
  3. Si se superan los 50k en valores pero no encuentras corrientes, ¿es necesario declarar las cuentas corrientes en el extranjero igualmente? (y viceversa, si se superan los 50k en cuentas pero no en valores, ¿habría que declarar los valores?)
  4.  Pongamos ahora que se superan los 50k en cuentas en el extranjero. ¿Habría que declarar todas las cuentas en el extranjero aunque el saldo en alguna de ellas sea cero o apenas unos céntimos ?
  5. Si lo entiendo bien, la Agencia Tributaria indica que hay que volver a rellenar el 720 en años sucesivos si el patrimonio en el extranjero se incrementa en 20k pero ¿qué sucede si decrementa? (e.g. decrementos menores a 20k y mayores a 20k).
  6. Si por alguna razón el saldo baja y ya no supera los 50k. ¿Hay que seguir informando a Hacienda de las cuentas cada año?
  7. Si hay cambios en algunas de las cuentas o valores (e.g. cierre de cuentas), ¿de verdad hay que volver a hacer el 720? @monillo ha respondido a esto algunas páginas atrás pero me cuesta creerlo :\
  8. ¿Hay alguna forma de conocer las cuentas abiertas en el extranjero? Sé que suena estúpido pero todos los años se me muestra un aviso de cuentas en el extranjero en la declaración de la renta y me gustaría saber cuál es. La Agencia Tributaria no me ayuda y si tengo que consignar el 720 y no incluyo algo que desconozco pero ellos saben, puedo tener problemas...

Mil gracias. ¡Un saludo!
#2711

Re: Rellenando el Modelo 720

1.- Si pasas de 50k en valores el 31dic estás obligado a presentar el 720 por 1ª vez y declarar todos los valores.
2.- No lo sé. Soy el chico depósitos. Imagino que sí para el bloque de valores.
3.- Hay 3 bloques: cuentas, valores e inmuebles, cada uno con su límite de 50k. Si se superan los 50k en un bloque sólo obliga a declarar todo ese bloque.
4.- Siempre que se supera un bloque se declara todo lo de ese bloque aunque sean cuentas sin saldo.
5.- Se presenta de nuevo si se incrementa en más de 20k respecto a la última presentación, no al año anterior.
6.- Se informa si los saldos se incrementan en más de 20k respecto de la última presentación. En cualquier otra circustancia no se presenta.
7.- Si una cuenta o depósito se declaró antes y se cierra o vence, hay que volver a presentar el 720 con todas las cuentas y depósitos. Sólo hay que importar el del año anterior, modificar y volver a enviar.
8.- No hay forma de saber lo que tienes en el extranjero de forma centralizada como si fueran los datos fiscales de Hacienda. Cada entidad te debe dar un informe fiscal por separado.

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#2712

Re: Rellenando el Modelo 720

Ojo a todos los que tengan en XTB, creo que su hoja informativa de cómo rellenar el apartado de cuenta es erróneo.
Ellos dicen que hay identificar al banco dónde tienen la cuenta, en este caso el JP Morgan, pero me parece haber leído que no, que hay que identificar al Broker.
"
 Finalmente, en relación con el modo de incluir en la declaración informativa la cuenta ómnibus del bróker extranjero, únicamente procede identificar la cuenta que se mantiene con el bróker y sólo deberá identificarse al bróker (sin que exista obligación de identificar los bancos extranjeros ni las cuentas abiertas en ellos por el bróker). 
"